ESPAÑA - Residencia por arraigo social
Toda la informacion del arraigo social
Instruccion oficial vigente en Formato PDF
Residencia por Arraigo Social - Instrucciones del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000<
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder acogerse al arraigo social?
•Permanencia en España continuada mínima de tres años.
•No tener antecedentes penales ni en España, ni en el país de origen.
•Tener un contrato de trabajo de un año.;
•Certificado de empadronamiento (no es necesario antigüedad, puede ser; empadronamiento actual).
•No tener expediente de expulsión.;
•Encontrarse en uno de estos dos supuestos:
o Acreditar la existencia de vínculos familiares con otros extranjeros residentes con situación documental irregular (cónyuges, padres o hijos).;
o Acreditar la inserción social con la presentación de un informe hecho por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual. sin volver al país de origen?;
Ante la Subdelegación de Gobierno, o, en el caso de que exista, en la Oficina Única de Extranjeros de tu provincia. Tratándose de menores o incapaces la solicitud puede presentarla el representante legal.;
é documentos son necesarios para cursar la solicitud<
•Pasaporte vigente, (con vigencia mínima de cuatro meses) o Cédula de Inscripción de extranjeros en vigor (documento que expide la policía a los que carecen de pasaporte).
•Contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud, que tenga por lo menos un año de duración.
•Certificado de antecedentes penales en los países donde haya residido durante los cinco años anteriores (el de España lo tramita la propia Administración).
•Demostrar que se ha permanecido en España un mínimo de tres años, acreditándolo con todos los medios de prueba disponibles, por ejemplo sello de entrada en el pasaporte, empadronamiento, tarjeta sanitaria…
•Vínculos familiares (certificados de nacimiento, matrimonio, etc.) y; autorizaciones de residencia en España de estos familiares.
•Informe de inserción social emitido por el ayuntamiento (si se carece de familiares directos residiendo legalmente en España). Este deberá contener:
o El tiempo de permanencia del interesado en su domicilio.
o Qué conocimiento de la lengua castellana tiene.
o Especificar en qué actividades participa dentro de su entorno.
o Exponer si ha participado en algún programa de inserción sociolaboral realizado por instituciones públicas o privadas.;
o Especificar los medios de vida con que la persona cuenta.
Excepcionalmente, el ayuntamiento puede recomendar que no sea necesario el requisito de presentación del contrato de trabajo, siempre que conste con medios de vida suficientes.
Los documentos del país de origen deberán estar debidamente legalizados y en su caso, traducidos al español.;
Importante: se podrán requerir otros documentos que justifiquen los motivos de la solicitud así como pedir que la persona extranjera comparezca a una entrevista personal.
Concesióesolución se notifica por carta al domicilio indicado. Está condicionada a la afiliación y alta del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución favorable al solicitante. El solicitante debe solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Comisaría, en la Subdelegación de Gobierno o en la Oficina de Extranjeros de su provincia en el plazo de un mes desde del alta en la Seguridad Social.
Este permiso conlleva automáticamente una autorización para trabajar sin ningún tipo de restricción, ni geográfica, ni de actividad laboral. Si se dispone de medios de vida (por ejemplo tu pareja trabaja) y no se tiene contrato, el ayuntamiento en el informe de arraigo puede recomendar que no se exija ese requisito.
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393 Comentarios on “ESPAÑA - Residencia por arraigo social”
requisitos de documentacion de aaraigo para un menor de edad de 8 años para obtener trgeta de recidencia
Juan Carlos: recomiendo que consultes en Extranjeria para mas exactitud ya que las cosas cambian siempre y segun donde te encuentre … igualmente ante lo que me planteas tu te debes guiar por lo que dice el
Art. 94 Real Decreto 2393/2004 (BOE 07/01/2005)
Extranjeros menores edad o incapacitados no nacidos en España hijos de españoles o de extranjeros residentes legales en España o sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano o institución españoles o de un extranjero residente legal. Siempre y cuando acrediten su permanencia continuada en España durante un mínimo de 2 años.
Solicitante: El ciudadano extranjero o los padres.
Lugar de presentacion: Oficina de Extranjeros con cita previa.
Documentación necesaria
1. Solicitud Modelo Oficial EX-00 (Original y 3 copias)
2. Pasaporte completo, título de viaje en vigor reconocido como válido en España, o en su caso Cédula de Inscripción en vigor. (Original y Copia)
3. Dos fotografías tamaño carnet con fondo blanco.
4. Autorización (tarjeta) de residencia y/o trabajo del padre y/o madre, o D.N.I /tarjeta de residencia de los representantes legales del menor. (Original y Copia)
5. Certificado de nacimiento del menor debidamente legalizado, y traducido (éste también debidamente legalizado) en su caso, o tutela con ciudadano o institución (Original y Copia)
6. Acreditación de la patria potestad, tutela o representación legal, en su caso:
A) Si sólo uno de los padres es residente, documentación, debidamente LEGALIZADA, acreditativa de que éste ejerce en solitario la patria potestad o se le haya otorgado la custodia y esté efectivamente a su cargo. Servirá, a estos efectos, que este extremo se acredite con la certifiación del Servicio de Protección de Menores del país de origen, debidamente LEGALIZADO y TRADUCIDO en su caso.
En otro caso, autorización, del padre/ madre que se encuentre en el extranjero, VALIDADA por la Oficina Consular Española, para que el menor resida en territorio español con el otro cónyuge.
Si los dos padres están en España, uno es residente legal y el otro está en situación irregular, esta autorización deberá ser firmada ante el funcionario público de la Oficina de Extranjeros o mediante acta notarial.
B) Si están sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano o institución española o de un extranjero residente legal en España, deben acreditar que dicha tutela reúne los elementos necesarios para producir efectos en España (Si la Documentación está expedida en el país de origen deberá estar debidamente LEGALIZADA y traducida, en su caso, por intérprete jurado o Consulado).
C) En el supuesto de hijos adoptivos deberá acreditarse que la resolución por la que se acordó la adopción reúne los elementos necesarios para producir efecto en España (Documentación debidamente LEGALIZADA y traducida, en su caso, por intérprete jurado o Consulado).
7. Acreditación de la permanencia continuada en España del menor durante un mínimo de dos años mediante cualquier documento y/o certificado oficial expedido o registrado por una Administración Pública. (Por ejemplo, Empadronamientos, etc… ) (Original)
8. Acreditación de medios de vida de la unidad familiar: última declaración de la renta o seis últimas nóminas.
SI ES EMPLEADA DE HOGAR: certificación bancaria de la cantidad, procedencia y periodicidad de ingresos o certificación de cada empleador que especifique la cantidad con la que contribuye al empleado mensualmente, con fotocopia de su DNI y última declaración de la renta. (Origina y copia)
9. Seguro privado que cubra la asistencia sanitaria en España. (Original y copia)
10. Si el menor se encuentra en edad escolar obligatoria (de 6 a 16 años): Certificado/s acreditativo/s de haber estado matriculado en un centro de enseñanza y asistido regularmente a clase durante la permanencia en España. (Original)
11. Informe del Ayuntamiento del lugar de residencia del menor que acredite la disponibilidad de una vivienda adecuada para atender las necesidades de toda la familia, o bien, en el caso de no haber procedido el Ayuntamiento a emitir el informe en el plazo de 15 días desde la solicitud (acreditando copia de la solicitud del Informe), también podrá justificarse mediante acta notarial mixta de presencia y manifestaciones que, en todo caso, debe hacer referencia a: título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento. (Original)
12. Certificado de empadronamiento de la unidad familiar (Original).
Legalización de documentos en el extranjero (ver anexo)
soy un estudiante marroqui y llevo aqui en españa tres años ,y hecho un cambio desde la residencia de estudiante al de trabajo pero me han denegado,por un mal aprovechamiento de los tres años y queriq saber si tengo el derecho para pedir el permiso de trabajo con arraigo social mientras tengo la resdencia de estudiante . gracias
Si debes ir a Extranjeria y asesorarte los requisitos, ten en cuenta que antes un negativa siempre ! podes recurrirla.
Mucha suerte
Hola, en Marzo me entregan la primera tarjeta de residencia de 1 año por arraigo, estoy trabajando desde enero y cotizando a la seguridad social
Tengo mi hijo de 6 años que lleva aqui conmigo 3 años y medio, mi consulta es si puedo realizar el tramite de residencia de menor de edad con esta mi tarjeta? ó es necesario la segunda tarjeta? . Tambien mi esposo esta aqui el mismo tiempo irregular y no tiene contrato de trabajo para hacer el tramite de arraigo, le puedo ayudar con mi tarjeta para realizar el tramite de residencia sin un contrato de trabajo? Mil gracias por tu ayuda. Espero tu respuesta. Saludos / Ruth
Ruth, lo mas recomendable sera que plantees tu caso en Extranjeria ya que es algo compleja la situacion. En principio tu hijo estaria inscripto en tu tarjeta sin problemas.
En cuanto a tu esposo… cuanto tiempo hace que esta aca ??,ya que contrato precisa si solo lleva 2 años Arraigo laboral, pero si lleva 3 años seria Arraigo social y en ese caso no precisa contrato de trabajo.
Al ser familiar directo si estan casados legalmente y tu hijo inscripto, pueden optar por la via de reagrupacion familiar.
Actualizacion 06/02/2009 Perdon por el error, rectifico las dos opciones por arraigo, porque quizas no se entendio bien.
Arraigo laboral 2 años Pide contrato y la Ley dice textualmente que se debe: “… demostrar la existencia de relaciones laborales en España cuya duración no sea inferior a un año….”. Esto es un contrato de al menos un año.
Arraigo social 3 años Pide contrato pero la Ley dice textualmente que: “.. El Ayuntamiento correspondiente podrá recomendar que se exima al extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo, siempre y cuando acredite que cuenta con medios de vida suficientes…”.
Esto ocurre en la mayoria de los casos, por lo cual no es necesario el contrato. Esto te lo diran exactamente en Extranjeria, ya que varia en cada Comunidad.
Hola Nicolas, gracias por tu respuesta referente al tema de mi espos somos casados legalmente en Bolivia y mi hijo nacio en Bolivia tambien. Los tres estamos 3 años y medio aqui en España he visto que dentro de los requisitos por arraigo social esta el contrato de trabajo por un año con lo cual eso me pone en duda ya que tu me indicas que no es necesario el contrato de trabajo. Espero tu respuesta gracias por tu ayuda y consejos.
Ruth … quizas no se entendio bien, por eso en comentario anterior inclui ahora una Aclaracion.
De todas formas me doy cuenta que la informacion puede sembrar dudas, por lo cual me comprometo que en breve, voy a publicar los textos integros, para una mayor comprension.
Por otro lado te comento que de estar casados fuera de España deben legalizar su matrimonio, sino no tiene validez en España. Para esto deben ir al Registro Civil, entregar la documentacion debidamente legalizada en Bolivia.
Es fundamental para la residencia por arraigo social presentar un contrato de trabajo . Ademas no puede ser cualquier contrato, sino uno a tiempo completo y por el periodo minimo de un año. Sin eso no tenes posibilidades. Sè de varios casos que han tenido este mismo problema. Tambien tener en cuenta que la empresa que pretende contratarte debe estar al dia con la seguridad social y con hacienda, de lo contrario tampoco te darian el permiso.
Para complementar este post le dejo las dos Instrucciones oficiales vigentes al dia de hoy, para que puedan descargarlas en Formato PDF.
Residencia por Arraigo Social - Instrucciones del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000
Residencia por Arraigo Laboral - Instrucciones del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000
Estas dos instrucciones estan vigentes.
Hola, si yo realizé el tramite por arraigo social y presente un contrato de trabajo por un año y me concedieron la residencia, la respuesta fue muy rapida solo demoro 1 mes, Ahora empezaremos con los tramites de mi hijo y mi esposo ,lo comentare para que sirva de ayuda a otras personas en situaciones similares. Muchas gracias a Nicolás y Heber por vuestra respuesta.
Saludos / Ruth.
Bueno ..mucha suerte y espero que luego nos relates tu experiencia para que la publiquemos… Un saludo
Hola soy chileno viviendo en espana desde el 22 de junio del 2006, no tengo timbre de entrada porque vine desde Chile a Suecia y no hubo ningun timbre, si estoy empadronado desde el 8 de Agosto del 2006, tarjeta sanitaria, etc… actualmente trabajo en los trixis de bcn, mi pregunta es siendo extranjero, puedo optar a la condicion de autonomo directamente o no es posible debido a que soy extranjero “irregular”.
Ademas me gustaria saber si puedo trabajar solo en Espana o dentro de la comunidad Europea si tengo una oferta de trabajo posterior a la obtencion a mi tarjeta de residente. Si no es asi, que debo hacer para realizarlo.
De antemano gracias.
Hans Seith
Hans, como extranjero irregular debes de conseguir tu documentacion primero para poder residir y trabajar en España y luego para poder hacerte “autonomo”.
Los permisos inicialmente casi siempre estan limitados en territorios (comunidades ) dentro de España y para oficios tambien.
Luego de tener la tarjeta si podrias desplazarte a otro pais, mas aun con una oferta de trabajo.
Lo que te recomiendo es que te acojas al arraigo social de ser posible, luego paso a paso con lo demas. Pero deberias de iniciar los tramites para el arraigo ya que el 22 de Junio de este año cumples los tres años en España y a partir de esa fecha podras acojerte a este plan de arraigo. Un saludo.
Hola
Soy Dominicana, Ingeniera Civil (con titulo homologado de Ingeniera Técnica de Obras Publicas en España) y en septiembre cumplo tres años viviendo en España, estudiando dos master en la Universidad de Barcelona. Me he casado ahora en Mayo de 2009 con un Español y quiero cambiar mi condición legal de residente por estudios para poder trabajar no solo por prácticas como lo he venido haciendo desde que he llegado.
Cuál es la forma más rápida para hacerlo: Puede ser por arraigo social? o por matrimonio?. Por favor, estoy realmente interesada.
Ing. Haudy Gonzalez De Oleo
Haudy, yo te recomendaria el matrimonio, aparte de ser un tramite mas rapido y menos complejo, lo fundamental que obtienes tu N.I.E. en Regimen Comunitario a diferencia que el arraigo, lo que te brinda mas posibilidades, ya que no estan regulados de la misma manera.
Mucha suerte y un saludo
hola me llamo yesenia y tengo una hija que a nacido en españa y quiero saber si por medio de mi hija yo podria tener la residencia, tengo tres años de estar en españa pero no puedo meter el permiso de residencia por arraigo labral por que no estoy trabajando y no tengo quien me haga un contrato, que alguien me responda por que nesecito saber que puedo haser
Yesenia, es muy muy dificil que te los apruebne pero podria hacer el intento, nunca esta demascon intentarlo, mientras no consigas un contrato de trabajo para hacer tus papeles por arraigo. Un saludo y mucha suerte.
Hola, me llamo Rosmeri, soy Brasileña y llevo 5 años en España, sin papeles, tengo aqui conmigo una niña de 11 que lleva estudiando todo este tiempo, y otra de 4 años que ha nacido aqui y és Española, trabajo de limpiadora en várias casas y no tengo una especificamente que cobre 50.000,00 euros anuales para darme el contrato de trabajo, o que queria saber és, si con 5 años en España poderia intentar el arraigo social sin contrato de trabajo, me han dicho hoy que sí, pero tengo dudas…..
agradeço desde ya su atención….
NICOLAS: por internet, me han RESUELTO FAVORABLE, la Renovación de la Taarjeta, fecha: 17/04/2009. Sin embargo, hasta la fecha no me ha llegado la NOTIFICACION a efectos de pago de tasa y donde me indicaría la fecha de presentación para retirar la NUEVA TARJETA.
1- ¿tiene caducidad, y por cuanato tiempo la fecha de 17/04 saeñalado más arriba?
2- ¿hasta cuanto tiempo puede tardar en llegarme la NOTIFICACION CORRESPONDIENTE?. Gracias
Tomas, la fecha y esas cosas siempre varian porque no todas las administraciones se manejan igual. Algunas estan mas desbordadas que otras en cuanto al trabajo.
Lo mejor seria que consultaras directamente a Extranjeria. que sn los unicos que te podrian informar.
Un saludo
Hola, me llamo Rosmeri, soy Brasileña y llevo 5 años en España, sin papeles, tengo aqui conmigo una niña de 11 que lleva estudiando todo este tiempo, y otra de 4 años que ha nacido aqui y és Española, trabajo de limpiadora en várias casas y no tengo una especificamente que cobre 50.000,00 euros anuales para darme el contrato de trabajo, o que queria saber és, si con 5 años en España poderia intentar el arraigo social sin contrato de trabajo, me han dicho hoy que sí, pero tengo dudas…..
agradeço desde ya su atención….
Rosmeri, no se de donde te han dicho eso.
Lo delos 50.000 eso no existe !!! … solo se pide un contrato de trabajo por un año. Mucha suerte y un saludo
Hola, soy Clara llevo 3 años en España y no tengo papeles. Quiero pedir la residencia por arraigo social y tengo una duda respecto al contrato. Trabajo en 2 casas, 20 horas en cada una, así que tengo el total de 40horas y dicen que me harían un contrato. Pero que tipo de contrato puedo hacer para pedir el arraigo? El de Empleada del hogar discontinuo sería válido? O bien tengo que tener un solo contrato de 40 horas con un solo empleador?
Gracias por tu respuesta.
Clara,el contrato a presentar debe de ser por un año, debe de estar firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud, que tenga por lo menos un año de duración. La posibilidad de hacerlo como “trabajadora de hogar discontinuo”, es para renovaciones en el caso que no tengas trabajo. Mucha suerte y un saludo
Muchas gracias. Solo una aclaración, el contrato me lo harían por 1 año, en eso no hay problema, lo de pagarme yo la seguridad social, tampoco hay problema, pero es que me han dicho que para solicitar el arraigo social no se puede presentar un contrato de “trabajadora de hogar discontinuo”, ha de ser un contrato con un solo empleador, y aquí esta el problema, que yo trabajo en dos casas. Y no entiendo lo de “al momento de renovar” porque todavía no tengo papeles. Disculpa si no me he explicado bien.
Clara… haber son cosas diferentes… tenes dos opciones:
1-Conseguir un contrato por un año ( si ya lo tenes … ya esta ! )
2- La posibilidad de hacerlo como “trabajadora de hogar discontinuo”, exige que te pagues vos misma la Seguridad Social,unos 150 € mensuales.
Ultimamente eso de la trabajadora de hogar funcionaba, es como una pequeña trampita pero va bien…. Donde te dijieron que no ???
Lo del “momento de renovar ” … es solo para que lo sepas…. qu para la renovacion no deberas de presentar un nuevo contrato… sino bastara con que presentes el certificado de vida laboral.
Espero que ahora quede mas claro… de todas maneras te recoemndaria el post que he publicado hoy sobre ” ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería” … ahi podras consultar asesoria especializada y de forma totalmente gratuita. Un saludo
hola yo soy boliviana y tengo una niña q nacio en españa y tiene la documentacion y me dijeron q por ella nos pueden dar la documentacion eso es cierto ???? ninguno de los dos tenemos la documentacion la niña si y ya estamos 3 años porfa quiero saber algo en q me favorece o nos favorece a mi marido y a mi gacias adiosssss
Carla, ese mecanismo era hace unos años, ahora mismo ya no es valido.
La unica via que creo posible para que puedan regularizarse es el “Arraigo Laboral o Social“. Mucha suerte y un saludo
IMPORTANTE: A partir de hoy se unido a la Web Anna Sáez Quevedo, Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y directora de Bufete ASQ Abogados de la ciudad de Barcelona.
Nos acompañara con columnas semanales en la resolución de dudas y asesoramiento legal respecto a temas de extranjería y asesoramiento en otros asuntos legales de actualidad e interés para todos los Uruguayos que residimos en España.
Visiten el siguiente post y sugieran temas para tratar en la web: http://losyoruguas.com/nueva-incorporacion-al-equipo-de-losyoruguascom/
Hola ,tenia la residencia por reagrupacion familiar desde el 2006,tenia que renovar una vez aprobada la de mi marido,me a caducado a finales de 2008 y a mi marido hace un mes le a llegado la carta de aprobacion para la residencia permanente,en mi caso en febrero al no llegar la carta de mi marido presente mis papeles pero habian caducado por una semana,la funcionaria me aconcejo hacerlos por arraigo social ya que llevo 7 años en españa ,he estudiado y mi marido tiene la residencia permanente y la renovacion me la podian rechazar por estar caducados,he reunido todos los papeles,los he presentado y al cabo de 2 meses me a llegado una carta ,la cual me pedia una nueva aprobacion mas clara del ayuntamiento para eximirme de trabajar,ya que vivo del sueldo de mi marido ,el ayuntamiento me modifico el papel poniendo claramente q me eximia de trabajar ya que tengo los medios de vida suficientes,me los han aceptado y tengo q esperar a la carta de aprobacion o denegacion,mi pregunta es ,si me lo llegan a denegar,tendria que hacerlo por reagrupacion familiar? suele tardar mucho? de momento sigo utilizando mi nie,no he tenido problemas pero me sabe mal llevarle caducado porque conduzco,le he hecho por arraigo social porque me han recomendado q era la via mas rapida,y una vez arreglado esto pretendo hacerme autonoma,tendria que volver a hacer todo otra vez? o ya son otros pasos a seguir,me recomendais abogado para realizar los tramites de autonoma? muchas gracias por vuestro tiempo ,espero q me hayais entendido
Hola, mi pregunta es, tengo ya casi 4 años residiendo en España, pero no me he empadronado, pues siempre tuve la duda de regresarme a mi pais Peru y volver con un contrato, por ello no queria dejar huellas, pero ahora me he decidido por el arraigo social, que posibilidades tendria de obtenerlo si mi empadronamiento es reciente, y para demostrar los 3 anos (en realidad 4) cuento con mi boleto de avion y un ademas un boleto de avion que airmadrid me regalo por compensación porque se retrasaron (boleto de avion de regalo que nunca fue utilizado prueba que no volvi,pues nadie podria desperdiciar un pasaje de avion gratis asi nomas). Por el trabajo, pienso tomar un traspaso de locutorio,negocio propio; familiares directos, solo tengo una hermana. Me gustaria mucho saber si tendria posibilidades de obtener el arraigo con los datos que he dado,muchas gracias por la respuesta,necesito tomar una desicion,gracias
Lena, realmente creo que el empadronamiento es fundamental… tednrias que ir con todas las pruebas que mencionas haber si te permite presentar el arraigo, pero una de las cosas fundamentales es el empadronamiento. Intentalo, mucha suerte y un saludo
gracias por tu rapida respuesta. La verdad yo me pienso empadronar, ahora, y de aqui a que reuna los otros requisitos, certificado de antecedentes penales etc.sera a 3 meses que me presentare para el arraigo. Claro que tendre empadronamiento, pero ese no sera desde que llegue,sino reciente. Ahi mi duda
Lena, si ese es el tema… que al ser reciente,pueden complicarse las cosas. Mucha suerte.
hola llevo 3 años en españa como comprobante tengo el pasaporte el empadronamiento y unos envios de dinero a mi nombre es suficiente ?? cuanto puede tardar hasta que me lo den ¿??¿ gracias
Marcelo si debes presentar todo y ellos son los que determinaran si es suficiente…. yo diria que si.
El tiempo varia porque no todas las administraciones demoran lo mismo, dependen muhco de la demanda que tengan y la cantidad de funcionarios, por ejemplo ahora al ser verano todo se demora mas.
Suerte y un saludo.-
Marcelo: puede que sea suficiente para demostrar tu estadia en España pero no queda claro si vas a presentar solamente esa documentacion para demostrar arraigo. En todo caso es bastante mas complicado, pero si te interesan mas detalles podes escribirme al siguiente correo gatolucas33@hotmail.com y si me contas la documentacion que tenés te puedo decir mas o menos lo que sé del tema, que creo que es bastante dado que he pasado por la misma situacion.
hola alguien me puede ajudar tengo una duda y no se lo que hacer, me case hace un mes y tengo una carta de expulson queria saber se puedo ir a la comisaria para tramitar mi permiso de residencia o tengo que ir a uno abogado antes por favor me ajuden gracias. ha soy brasileña
Sirlene con una carta de Expulsion sera complicado realizar el tramite. Debes asesorarte bien y tratar de recurrirla. Te recomiendo que leas estos post:
ESPAÑA - Guía sobre Sanciones, devolución, expulsión, retorno y salida obligatoria
ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería
Nueva Incorporación al equipo de LosYoruguas.Com
Un saludo y mucha suerte.
hola que tal gracias por la informacion, yo voy a presentar como comprobante de los 3 años continuos el pasaporte, el empadronamiento, envios de dinero a mi nombre, alguno boleta de dentista y medico. tengo a mi hermano que es español y mi madre que tiene residencia.ya tengo el contrato de trabajo y los antedecentes penales.esta bien ¿??¿ me falta algo ?¿?¿ cuanto me tardara si me la dan, desde ya mucha gracias
Marcelo, para mi esta bien con eso … El tiempo como te edcia antes, varia porque no todas las administraciones demoran lo mismo, dependen mucho de la demanda que tengan y la cantidad de funcionarios, por ejemplo ahora al ser verano todo se demora mas.
Suerte y un saludo.-
Hola! quiero explicar mi caso y a ver si me ayudais por que la verdad es que me seriais de gran ayuda. Tengo 21 años llevo seis años en españa de los cuales he recidido legalmente dos…por problemas familiares perdi el permiso de residencia, hoy cuatro años despues y gracias al esfuerzo de mi madre hemos iniciado la tramitacion por arraigo social a mi y a mi hermana de 18 años. como nuestra madre nos mantiene no presentamos contrato de trabajo por que declaramos medios suficientes para subsistir, la resolucion llego hace dos semanas pero no pone si es solo residencia o si de lo contrario tambien podre trabajar. mi hermana se informo y no estamos dadas de alta a la seguridad social esto por que? porque no presentamos contrato? solo nos saldra con residencia? desde ya muchas grcias!
Ayelen… tengo entendido que el alta se efectua cuando tenes un contrato. Hasta que no tengas uno no te daran de alta.
Si puede ser que solo autorizen residencia … y no trabajo por lo que comentas de tu madre , pero realmente no te podria confirmar.
Tendras que esperar haber que dice la resolución, de momento no desesperar y luego llegado el caso podrias recurrir.
Muchas suerte y un saludo.
hola nicolas soy uruguaya y vivo aca hace un año, mi pregunta es sobre mi pareja el lleva tres y unos pocos mese mas , lo q pasa es esto en la empresa donde trabaja el le hicieron el contrato de trabajo y todo ,el ya tenia todo para presentar , pero como la empresa debe seguridad social no los pudo presentar . esto seria por arraigo laboral no? lo q yo queria saber si puede haber otra manera de pedir su documentacion ? DESDE YA MUCHAS GRACIAS
Tamara… para el arraigo precisa contrato. Suele pasar eso con las empresas,si tienen irregularidades son rechazadas.
Deberia de volver a intentarlo si la epresa esta al dia o buscar alguna otra empresa que lo pueda contratar. Un saludo y suerte.
Buenas tardes,
tengo ya 4 años residiendo en España con un permiso temporal (renovandolo cada que es necesario). Estoy casado con una Española, los trámites para validar el matrimonio aquí en España todavía no estan listos (me casé en México) desde hacer un año.
Mi problema es que quiero pedir una hipoteca, pero por tener el estatus de residente temporal, los bancos a los que he acudido no me conceden la hipoteca. Hay algo que pueda hacer, para no tener que esperar un año para que me den la residencia permanente? De antemano, gracias!
Ramiro, lamentablemente eso pasa … a mi y a mi esposa nos ha pasado.
De momento no te queda otra que esperar a poder tener el NIE por estar casado con una española. No desesperes …. un saludo y mucha suerte.
Hola, soy maria y obtuve por la ley de nietos la nacionalidad española, quisiera saber en el caso de querer ir a vivir a españa, que debería hacer mi pareja con la cual tengo 2 hijas, para residir allá sin problemas. gracias
María … este post habla sobre la residencia por arraigo … que nada tiene que vercon tu caso.
Según con loque me comentas, debes de hacer las respectivas insripciones en el Consulado español, legalizar tu matrimonio y hacerle el pasaporte a tus hijas, asi ninguno tendra problemas.
Si tienen pensado venir definitivamente, no olviden, inscribir el Matrimonio y de darte la baja consular tu antes de partir…. ya que mucha gente no lo hace y luego da demasiados problemas. A veces no lo dicen en el Consulado y no hacer eso podria complicar la legaliizacion de tu esposo en España.
Mucha suerte y un saludo
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PD: Desde que se inicio estamos entre los 10 primeros en la Categoría: SOLIDARIO
La fase de votación se cierra el 17 de septiembre de 2009.
hola queria saber un poco mas sobre el contrato de un año, se dice que tiene que estar firmado en el “momento de la solicitud” esto quiere decir? que el contratante tiene que estar presente en el momento que yo vaya dejar toda la documentacion?? y que fecha tiene que indicar en el contrato , si nisiquiera sabe el contratante a partir de que dia exactamente podria darme de alta etc etc , se sabe que desde que aceptan la tarjeta tienes un mes para q te den de alta pero no se sabe cuaando aceptaran la resolusion ,y otra cosa si yo vivo en valencia pero el contrato me lo harian en barcelona , por eso decia si el contratante tiene que estar presente o basta con que me envie el contrato por correo firmdo y luego lo firme yo y presentrlo, bueno espero que se haya entendido saludos
Lesly, por lo general lo que se solicita es una oferta de empleo y no propiamente un contrato, se presenta un contrato firmado por las partes pero que se hará de nuevo con fecha de ser aceptada la solicitud peresentada por el ciudadanos extranjero y no tendrá ninguna validez hasta que no se de de alta en la seguridad social.
Por lo general el contratador no tiene que desplazarse en la mayoría de trámites, pero tienes que atender a las normas de tu procedimiento concreto.
Por último entiendo que trabajarías para una empresa con sede central en Barcelona pero centro de trabajo en Valencia, acredita bien ese extremo, ya que sonaría muy raro que vives en Valencia y vas a ir a trabajar cada día a Barcelona (tampoco nos dices de que es el contrato de trabajo), si te vas a desplazar a vivir en Barcelona entonces planteate presentar tu solicitud en esta ciudad.Un saludo
hola soy venezolana tengo 3 años y medio en españa convivo con un español desde q llegue pero no estoy casada y quisiera saber si me puedo acojer al arraigo social, e hecho muchos cursos pero no tengo todavia un contrato de trabajo que debo hacer……???????
Merced, necesitas indefectiblemente un contrato de trabajo.
hola, en octubre de este año cumplo 2 años aqui en españa, puedo ya realizar los tramites para arraigo social?
Diana, no cumplis con los requisitos de este post, para el arraigo social no, pero para “Arraigo Laboral”, con dos años si podrias, siempre y cuando cumplas con los demas requisitos que se mencionan en este post: http://losyoruguas.com/espana-residencia-por-arraigo-laboral
Un saludo.
hola soy una peruano con el nie de estudiante, que llevo mas de años y estoy haciendo el doctorado, actualmente me cuesta encontrar practicas, me gustaria saber si puedo pedir un arraigo laboral o social, ya que me interesa para entrar en una empresa con mas facilidad. y tener una economia suficiente para poder ir viviendo.
gracias
Gustavo, con dos años, solo tienes posibilidad del arraigo laboral.
Lo dificil es que para esto debes de conseguir un contrato de trabajo y demostrar que ya has trabajado con una relación laboral al menos un año.
El problema sumado que tenes que demostrarlo, ya que hay que conseguir una sentencia del juzgado confirmada de la inspección de trabajo, cosas muy difíciles de obtener puesto que es complicado probar que se tiene una relación laboral sin ningún papel de por medio. En cualquier caso consulta esto último con un abogado especialista en la materia laboral, te aconsejo que mires estos dos post: ” Asesoria gratis ” y ” Asq Abogados ”
Un saludo y suerte
muchas gracias nicolas, pero se me ha olvidado decirte que este año he trabajado durante seis meses y el año pasado tambien.
gracias por la contestacion saludos
Hola, se que mi consulta no tiene mucho que ver con los solicitar la residencia, pero no se con quien consultarlo..La cosa es que habiamos planeado un viaje a francia con mi novio en enero pero el no tiene papeles hasta marzo, es imposible ir no? en tren cambia algo? al volver los problemas serian mas grandes todavia no?
muchas gracias!
Julia, sin documentacion te recoemndaria no moverte mas ahora que esta todo tan complicado. Esperen despes de que el tenga ladocumentación. Un saludo
Hola, para Arraigo Laboral, es necessario demonstrar un relaccion laboral de jornada completa o parcial? Gracias.
Er, completa mejor. Un Saludo
Hola, una pregunta mas.
Soy estudiante, y hago las practicas en various empresas. En dos anos pienso que acumulare 12 meses de practicas. Puede usar los contratos de practicas para demonstrar relaccion laboral? Y otra cosa mas - en el reglamento oficial se dice que no es obligatorio mantener trabajo en la misma empresa durante un ano para arraigo laboral, es verdad, o lo ha cambiado.
Muchas gracias.
Er, si te servira, aunque de aca a dos años todo puede cambiar mucho, asi que te diria que no te preocupes con tanta anticipación.
Sobre lo de la empresa, depende en las condiciones que te otorguen el NIE , hay muchos factores, mas ahora que las CC.AA. tienen competencias.
Un saludo
Hola!soy uruguaya,hace dos años y medio que vivimos en España,estoy esperando haga los tres para poder iniciar todo para el arraigo socia.Estoy preocupada por la reforma de ley de extranjeria,si se aprovara en cuanto tiempo comienza a regir? Tendre problema para hacer mi arraigo social o seria para la gente que aun no esta empadronada? Me gustaria me contesten lo antes posible estoy bastante preocupada,ya que dice que no van a poder ser escolarizados los niños y yo tengo un pequeño de 8 años.Desde ya muchas gracias!!!!
Leticia, la reformas estan presentadas, si se aprueban casi siempre es de un dia para el siguiente. Por otro lado, donde leiste lo de: “… no van a poder ser escolarizados los niños… ” ??? Un saludo
HOLA,MI CONSULTA ES PARA HACERLE LA RESIDENCIA A MI MADRE.YO TENGO PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO EN 1ª RENOVACION.MI MADRE VIVE CONMIGO HACE 5 AÑOS Y ESTA EMPADRONADA DESDE ENTONCES.
ME HABIAN RECOMENDADO HACERLE LA RESIDENCIA POR ARRAIGO,ELLA TIENE 72 AÑOS,ES POSIBLE? O SI HAY OTRA MANERA ME GUSTARIA SABERLO.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS
Ana yo creo que tambien podrias darle un vistazo a la Reagrupacion Familiar, podes ver mas informacion aca: http://losyoruguas.com/tag/reagrupacion-familiar/
Ahora mismo esta todo muy dificil, por lo cual te recomendaria que consultaras algun especialista para ver cual puede ser mas viable.
En este post podras encontrar telefonos para realizar consultas gratuitas telefonicas o con cita concertada: http://losyoruguas.com/espana-asesoria-gratuita-en-materia-de-extranjeria
Un saludo y mucha suerte
Hola, es cierto que la residencia, concedida por arraigo social -con contrato laboral por un ano- incluye, en el DNI el oficio del cuidadano?…& es ese oficio limitativo?, por ejemplo: una persona con contrato laboral con cargo de auxiliar administrativo
A) aparece el cargo registrado en el DNI ? B) permiso de residencia solo te autoriza a trabajar como auxiliar administrativo?. Tambien, es cierto que no puedes cambiar de empleador por al menos 6 meses?
Mi pregunta es la sigueinte :
Por motivos personales y por falta de dinero para poder renovar el pàsaporte no he podido retirar la tarjeta de residencia renovada , he ido un par de veces y al tener el pasaporte vencido no me la han querido entregar , ahora si lo tengo en vigor y no se cuales podran ser las consecuencias , me entregaran la tarjeta ???? la dbeeria haber retirado en marzo de este año
Gracias
Maria, haber son muchas cuestiones todo depende como y donde lo pidas, a veces si van reestricciones y a veces no. Si se dan limitaciones geograficas y de rubro en muchas ocasiones. Un saludo
Leticia, realmente yo no se que decirte, nose de ningun caso similar, … tendrias que ir y ahi saldremos de dudas. Supongo que te la daran sin mas. Suerte y un saludo
Hola Nicolás.
Soy de Perú, llegué a España el 20 de Octubre de 2006, con visa de estudiante para realizar un Master, la que he venido renovando durante estos años, para estudios de doctorado.
Este mes cumplo los 3 años y deseo cambiar a residencia y trabajo.Vine sin beca, habiéndome financiado yo mismo el Master, posteriormente (2007) me contrató una Asociación(Madrid) dedicada a temas de educación rural acá en España, dentro de esta tienen el área de la ONGD (cooperación internacional), en la cual vengo laborando desde esa fecha, ante la imposibilidad de contar yo en ese momento con un contrato de trabajo por ser estudiante, firmamos un Convenio de Beca. Ahora ellos están dispuestos a hacerme un contrato de trabajo. Esta Asociación tiene 7 federaciones en España, que actúan en forma independiente, pero aportan económicamnete a la misma para su mantenimiento. Tiene contratada solo a una persona (española) a tiempo parcial para las labores administrativas y yo sería la otra persona a contratarse(a tiempo completo) para la parte de lo que es la ONG. Está al día en Hacienda y Seguridad Social y tiene una antiguedad de más de 30 años.
¿Hay riesgo de rechazo del contrato al no tener más personal contratado?.
¿A diferencia de las empresas, que documentos debe aportar esta asociación-ONGD para el expediente a presentar?.
¿No me sirve el tiempo acumulado con visa de estudiante para optar a la ciudadanía?
Mil gracias por la respuesta que pudieras darme.
Un abrazo
Adolfo
Hola, soy Ema, soy estudiante extranjera no comunitaria y estoy escribiendo la tesis doctoral aquí en España, en Universidad Autónoma de Madrid. Ya llevo 3 años en Madrid (legalmente) y acaban de ofrecerme un contrato laboral de un año en una escuela de idiomas, para ser profesora de inglés, pero es un contrato de 20 horas semanales, de media jornada porque para mi como estudiante extranjero con NIE de estudiante (que ya lo he renovado 3 veces) me es permitido trabajar sólo media jornada. No tengo ningún pariente en España (padre, madre, hermano o cónyuge)
Mis preguntas eran:
1.¿ El hecho de que el contrato es de 20 horas semanales me impide aplicarme por residencia de arraigo social? ¿Tiene que ser el contrato de jornada completa?
2. ¿De qué importancia es el hecho de que no tengo parientes en España?
3. ¿Qué tarjeta obtengo después de aplicarme por la residencia por arraigo social? ¿Es la tarjeta comunitaria de duración de 5 años con derecho a trabajo de 40 horas laborales?
Graciás en adelante y perdonen por las molestias.
También quería preguntar por mi marido, él vive aquí ilegalmente por 3 años y creo que ya puede pedir residencia por arraigo social porque tiene un hermano aquí en España con residencia legal. Sin embargo, no tiene contrato de trabajo ofrecido, puesto que su trabajo es a través de Internet (es autónomo, diseña páginas de web). No obstante, tiene mucho dinero en la cuenta bancaria, algo como 8 ó 10 000 euros-es lo que hemos ahorrado en estos 3 años, me interesa si lo podría adjuntar como prueba de suficiencia de medios económicos y si contrato de trabajo es imprescindible en su caso o muestra de la cuenta de banco es suficiente.
Graciás otra vez.
Adolfo, creo que no tendras inconvenientes, en cuanto a tus preguntas, yo creo que:
1- No lo sera
2- Es muy similar eso te lo informaran en Extranjería.
3- Eso realmente no lo se con certeza, pero creo que si porque has residido de forma legal, en todo caso, dale un vistazo a este post y Anna te podra ayudar: ” ESPAÑA - Adquisición de la Nacionalidad Española por Residencia “:
Un saludo y mucha suerte
Ema, en referenacia tus preguntas , yo creo que:
1- Depende tambien de otros factores, como demanda de ese puesto, comunidad, etc. Esto te lo aclararan mejor en Extranjería.
2- Ninguno no te preocupes, como dice el post:
“…. Encontrarse en uno de estos dos supuestos:
o Acreditar la existencia de vínculos familiares con otros extranjeros residentes con situación documental irregular (cónyuges, padres o hijos).;
o Acreditar la inserción social con la presentación de un informe hecho por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual. sin volver al país de origen … ” Osea que pides el papel en el Ayuntamiento y ya esta.
3- Esta tambien depende de lo anterior. Pero no sera tarjeta comunitaria. ya que no eres comunitaria.
-> En cuanto a lo de tu marido: el contrato de trabajo es imprescindible.
Un saludo y suerte
hola mi nombre es marcela y me ha llegado un mail que me ofrece el arraigo sin contrato de trabajo son unos abogados de barcelona me parece algo rraro pero me gustaria ver su respuesta . estoy cansada ya de que se burlen de nosotros y no somos sin papels somos personas en cituacion irregular un saludo compatriotas
Relamente, desconozco que se pueda realizar sin contrato, al menos eso dice la ley. Un saludo
Hola, el 13 de diciembre de 2009 cumpliré 3 años de estar en españa de manera contínua e ilegal, Teniendo en cuenta que soy de un país no comunitario, te rogaría que me aclarases las siguientes dudas:
1.- En el pasaporte sólo tengo el sello de migración de salida de mi país, y no así el sello de migración de entrada a españa ¿Me perjudicaría realizar el trámite de arraigo social?
2.- Me empadroné 2 meses despues de pisar territorio español ¿El tiempo cuenta desde que hice migración en españa (NO ME SELLARON EL PASAPORTE) ó desde que estoy empadronado?
3.- Mi madre tiene NIE (2da renovación), ¿Me favorece en algo?
4.- Tengo el contrato de trabajo.
MUCHAS GRACIAS——!
Marquiño, paso a contestar tus consultas:
1- No, porque lo que importa es el empadronamiento.
2- Desde que te empadronaste.
3- No estoy seguro, pero no es determinante creo.
4- Perfecto … adelante… y mucha suerte. Un saludo
Muchas gracias, pero me faltó preguntarte lo más importante, ¿puedo presentar la documentación para realizar éste trámite 3 meses antes de cumplir los 3 años de estar empadronado?, o necesariamente tiene que ser a partir de los 3 años??? Un saludo……!
Marquino, debe de ser con los tres años cumplidos. Un saludo y suerte
hola nicolas tengo una duda y espero que usted pueda ayudarme me han aprobado el arraigo social y me han dado una mes para darme de alta con la empresa que me hiso el contrato mi problema es el siguiente me surgido una mejor oferta de trabajo con otra empresa puedo yo darme de alta por unos dias con la empresa que me hiso el contrato por arraigo y luego el mismo empresario me daria de baja a los dias por no superar el perido de prueva y pudiera darme de alta con la otra empresa sin que me causara problema a la hora de presentarme a la policia para presentar el alta y tomarme las huellas tendria problema con el cambio de empresa aunque me hubiese dado de alta con la empresa anterior gracias
Zuramy, realmente no se si es conveniente y si traera problemas o no, en teoria tenes que permanecer en la empresa que te adjudica el contrato por un año, segun tengo entendido. Pero no estoy seguro. Un saludo
Hola mi nombre es Diego Saltos, tengo 22 años y llevo en España 8 años. Yo tenía el permiso de residencia y trabajo en España, pero cuando quise renovar en el 2008, me lo denegaron porque cometí una infracción, con lo cual tengo antecendetes penales, que me han dicho que tardaran dos años en quitarse. Han pasado tres años y los antecedentes siguen allí, fuí a preguntar, y me dijeron que en realidad son 4 años. Bueno entonces yo tenía un papel en el cual yo alegaba que estaba recurriendo, pero un día olvide ese papel y me detuvo la policía y me llevo a Aluche donde estuve un día encerradom luego fue mi abogado y me soltaron, pero con esa carta que te dan, que no es la de expulsión pero que si no envias una serie de requisitos pues te dan la verdadera carta de expulsión antes de 48 horas. La verdad es que estoy muy liado con esta situación. Mi novia tiene la nacionalidad española, y me ha dicho que podríamos casarnos para así resolver de una vez por todas esta situación, entonces quería preguntar eso, que si es posible de esta manera que me den la residencia o no?… Si no es posible de esta manera por arraigo se que no me la pueden dar porque me aparecen los antecedentes penales. Quisiera saber entonces si puedo ntentarlo por medio de la universidad, ya que, yo soy estudiante de Economía en la Universidad Complutense de Madrid. Solo quería saber eso, antes de hacer nada. Un saludo y muchas gracias.
Diego tu situación es bastante compleja, debes de asesorarte con un buen abogado ya que deben estudiar tu caso. En este post podras encontrar lugares donde te podran orientar de forma gratuita ” ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería ” , asi mismo quizas te convenga buscar una abogado y gastarte un dinero. Un saludo y suerte.
hola llegue a españa hace tres años. como hago para tener los papeles por arraigo para mi hija y para mi sino tengo contrato de trabajo, como hago para los papeles de mi hija que tiene 13 años . gracias
Geny, el contrato es indispensable, luego de que tu te regules podras empezar con los tramites para tu hija. Un saludo
pero disen que que como trabajadora de hogar no continuo puedo hacer los papeles.
Geny, eso es para renovaciones.. ya esta explicado en la web y es una posibilidad…
“….el contrato a presentar debe de ser por un año, debe de estar firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud, que tenga por lo menos un año de duración. La posibilidad de hacerlo como “trabajadora de hogar discontinuo”, exige que te pagues vos misma la Seguridad Social.
-> Esta figura legal permite que sea uno mismo quien se pague la cuota de la seguridad social. Necesitará rellenar un impreso (se consigue en las tesorerías de la Seguridad Social) y adjuntar copia del NIE o DNI de al menos dos personas que actuarán como contratantes. Eso sí, no olvide reservar alrededor de 150 euros al final de cada mes, en concepto de cotización. Al momento de renovar, el certificado de vida laboral lo eximirá de presentar un contrato de trabajo….” Mucha suerte y un saludo
hola y muchas gracias por la informacion que DIOS los bendiga y sigan colaborando con este medio.
Buenas noches. Es posible consultar mediante internet el estado de un exp de extranjería que se ha hehco mediante oferta de trabajo al país de origen? Dispongo de un num de exp + una fecha de presentación pero en la web se me indica que hay un error. Alguien me puede ayudar? Un saludo.
voy a complir 3 anños en 1 de junio
.pregunto tende suirte a pedir lo a 3 años.o como me han dicho le van a cambiar 5 años hasta junio 2012
Isabel, si da error deberas consultar en la administracion directamente. Un saludo
Meryem, de los 5 años de momento no hay nada. Un saludo
de 5 años me lo dijo una chica que trabaja en ceaas .dice ella tiene una amiga trabaja en extranjeria y ella dijo eso .tengo otra pregunta sobre la certificado de empadronamieto la nueva ley dic los extranjeros queno tienen autorizacion de resider en españano pueden empadronarse.nos vamosa cambiar la cas en enro y eso mepreocupa tanto.que dice usted?y por la ulta de 10 000Epara quien que coje unapersona iligal a su casa esosolopara el resedente que invite un persona a visitar le(carta de invitacion) o a que?
porfavorpudes decirme qual es el articlo que habla de posibilidad de empadonarse alas personas extranjeras(illigales) en españa en la ley organica4/2000 y en proyecto nuevo de la refrma-( que dice la nueva reforma sobre este asunto:persona illigales podran o no podran empadronarse?)
Tania, el tema del empadronamiento no le compete la Ley de Extranjeria. Sobra la reforma en este aspecto no hay cambios.
gracias pararesponder mi
-perolohe leido en el periodico.a la provacion de la reforma que ya esta abrobada e y esta en el senador dice que la persona illigal no puede enpadronarse en el padron municipal
unaamiga mia trabaja en servicios sosciales dijo que su amiga que trabaja en extranjeria hadicho que arraigo deste el prencipio del año que viene sera de 5 años ,y ahora estan haciendo los modulos
entonces¿que compete el tema de empadronamiento?
Tania, yo no tengo informacion de eso, si tenes una fuente oficial de eso, enviala por mail por favor. Un saludo
Meryen, rumores hay muchos como siempre, pero que yo sepa hasta al momento no se a modificado los años en el arraigo. Un saludo
Cabe aclarar, que las “famosas” ,multas a quienes faciliten el empadronamiento de personas extranjeras ’sin papeles’, con multas que pueden llegar hasta los 10.000 euros son para lo que podria ser un llamado” piso patera”, pero en cualquier caso si alguien se empadrona en el piso que alquila o que comparte. No lo van a sancionar. Al gobierno le interesa el empadronameinto, lo que no quiere es mafias.
por favor puedes dicer en que edicas?
No entiendo tu pregunta Tania ….
que es el real decreto 2393/2004?
Nad, es La Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Un saludo
-> Porque utilizas nombre diferentes siempre?? nad, tania y meryem, usa siempre el mismo y de ser posible el real. Gracias
por que somos diferentes———-pues en este real decreto que se habla de arraigo sosial y laboral te hemos preguntado en que dedicas porque saves mucho de la tema
-> Son 9 comentarios desde la misma direccion Ip.
Yo como ya lo he aclarado otras veces, no soy ni abogado ni experto en estos temas. Trabajo como comercial, solo que en mis ratos libres administro esta web, por estar en contacto si con cientos de inmigrantes y en permanente contacto con abogados, usuarios, asociaciones, etc…. quizas sepa un poco mas. Tambien esta aclardo al pie de la web:
“…IMPORTANTE: LosYoruguas.com no se hace responsable por los post, ni comentarios vertidos por los colaboradores ni usuarios, los cuales asumen toda la responsabilidad por las opiniones que realicen….. Esta Web y sus autores no garantizan que la informacion contenida en el sitio o en los links, esten libres de errores ni debidamente actualizados. Debe considerarse la informacion obtenida, como orientativa. Se recomienda consultar la informacion de fuentes oficiales….“
vale nos vamosa quidar con un
nomobre-pero nos gustaria saver que es tu trabajo porque saves mucho de a tema y queremos confiar en usted .ya sabes con el crisi que hay no tenemos dinero para pagar todas las consultas
Nad, en todo caso las consultas sobre temas exclusivamente sobre la legislación en España, podes realizarselas a nuestra colaboradora Anna Saez Quevedo del buffette ASQ ABOGADOS. En referencia a los últimos cambios de la Ley de Extranjeria ha publicado recientemente el post: ” España - Congreso aprueba reforma que endurece la Ley de Extranjería ” Un saludo y gracias por quedarte con solo un nombre ! , :-) ,.. asi no se plantean confusiones.
muy bien a hora todo esta claro- como tienes tanto contacto con abogados,usuarios,asociaciones…mi haces el favor de preguntar por la tema de empadronamiento de loa lrregulares? y losiento por las molistias
Nad, preguntale tu misma en el post que te recomende anteriormente.
Nad o como sea el nombre real … te sugiero que interpretes lo que se te dice y lo que dicen las leyes….. si no te da confianza, hacelo con un profesional. Porque veo que si tenes un buen contacto con tu amiga en Ceaas, servicios sociales y extranjeria, mas confianza te daran ellos quizas. Nicolas ofrece la informacion que tiene al igual que los demas columnistas de la web, pero ninguna verdad es absoluta, mas ahora que esta malditas leyes cambian tanto y los jueces las interpretan como quieren.
Por dios que desconfianza… tomalo o dejalo… y listo
Nicolas una pregunta mas.
si elgobierno hasta hora no dijo nada sobre arraigo(excepto de las mujeres victimas de violencia de genero),como se puede dicer que le van a cambiar de 3 a 5 años .me pareace muy raro.estoy tanto confusa
una cosa mas ¿en la extranjeria que hcen para comprovan las pruevas que presenta alguin?
Nad, como ya te lo he comentado, realmente no se lo de ese cambio de 3 a 5 años. En cuanto a la segunda pregunta, Extranjeria comprueba los requisitos con la documentaicon que te solicitan ademas que tienen los mecanismos necesarios para comprobar que todos los datos sean veraces.
hola. yo cumplo los 3 años en noviembre . quisiera saber si luego de aceptado el tramite en extranjeria con todos los requisitos pedidos una vez que tenga el mes que dan para asegurarse a la seg. social yo puedo inscribirme por mi cuenta a la seg. social y no el empleador que en este caso es en el servicio domestico osea pagarme yo la seguridad y no el empleador..Para que luego mas adelante si cambio de trabajo no estar haciendo todos los tramites para cambiar de empleador
Cesar, debes de respetar el contrato de trabajo que te da derecho al arraigo. Un saludo
Hola Nicolas como estas??, queria hacer una consulta, acabo de ser papá de un bebé que nacio aqui en España, quiero sáber si puedo hacerle la nacionalidad Española, creo que debo pedir algunos certificados en el consulado Uruguayo es mas o menos asi??? Uruguay trasmite la nacionalidad a hijos de padres Uruguayos en el exterior???
gracias. saludos.
Ale, primero que nada felicidades …..
Si claro la nacionalidad la tendra , porque ustedes los dos uruguayos no?… un saludo
Una ultima pregunta…los requisitos para sacar el arraigo social son diferentes en cada comunidad autonoma o es una sola pra todo el pais…
Cesar las leyes son a nivel nacional pero cada comunidad tambien tiene sus propias competencias. Realmente he conocido muchos casos practicamente iguales que en una comunidad son denegados y aprobados en otra. Es todo muy extraño lamentablemente. Un saludo
Nad, por favor si lees este mensaje… enviame un mail a info@losyoruguas.com ya que te he escrito al mail que dejaste en tus comentarios, pero los mails son rebotados. Un saludo. Muchas gracias.
yo no lo he visto me lo dijo un chico
Nad, como ya te lo comento Anna Saez - nuestra abogada y yo, no hay cambios en lo de arraigo. No hay absolutamente NINGUNA INFORMACION OFICIAL al respecto.
hola nicolas! te agraderia enormemente si me pudieras aclarar la siguiente duda . tengo todos los requisitos para ttramitar el arraigo social, el proximo 12 de noviembre tengo la cita para entregar toda la documentacion, pero el comentario de un amigo me dice que me pueden denegar los papeles por que el contrato es con un autonomo que lleva lleva 5 meses en funcionamiento y solo cuenta con el ultimo trimestre del iva y del irpf .
de antemano muchas gracias por la atencion prestada
Antonio, si realmente es muy reciente, pero te quedan muy pocos dias, asi que no queda otra que presentarte y tener fe. Mucha suerte y un saludo
hola tengo la tarjeta de residencia renovada 3 veces ya me tocaria en enero la de 5 años,pero estoy cobrando subsidio hace ya casi 1 año mi pregunta es me renovaran por 5 años ?y otra duda con la tarjeta de residencia de 5 años se puede poner un negocio propio sin presentar proyecto y todo eso que te piden con la otra tarjeta??? gracias por todo.
tengo una empleada de hogar a horas (3 diarias) estamos ayudandola a
arreglar su permiso de trabajo en España, le han informado que la unica
manera en estos momentos es por arraigo laboral, demostrar que ha rabajado para mi al menos un año e interponerme una demanda en la inspeccion de trabajo. Que consecuencias puede tener para mi, me pueden sancionar????
Gracias
Ester, Debes de presentar la documentación para la renovación si o si, se valoran muchos aspectos y con los ultimos cambios es dificil asegurar una renovación. Esta pasando de todo.
Sobre lo de montar un negocio por tu cuenta, debes de presentar obviamente lo que te piden. Un saludo
Josefina, deduzco que solo lleva dos años en España por eso solo puede hacerlo de esa forma. Denunciando si podrias tener sancion.
Lo mejor es que espere un año mas, que no debera denunciar, solo presentar contrato de trabajo. Un saludo
buenas noches, mi pregunta es la siguiente… tengo tarjeta de residencia sim permiso de trabajo, he conseguido quien me haga la oferta de empleo y me gustaria saber si la persona que hace la oferta esta obligada hacer el contrato de trabajo? la oferta me la haria una empresa de limpieza.
Maria, si claro ! la oferta debe de realizarte un contrato. Un saludo
gracias…. entonces entiendo que la persona que me va hacer el favor de hacerme la oferta de trabajo para que me cambien la tarjeta de residencia por residencia y trabajo, esta obligada hacerme un contrato. osea que solo con la oferta no cambian la tarjeta. tengo otra duda tengo todos los documentos que piden para hacer ell cambio lo unico que me falta es el tc2 es indispensable? gracias y saludos.
Maria, exacto debe de realizarte el contrato, pagar los paortes etc,etc. Todo como lo indica la ley. Todos los requisitos son indispensables siempre que correspondan. Segun se, el TC2 es: ” es la relación nominal de trabajadodres. En el aparecen desglosados todos los trabajadores de una cuenta de cotización, las bases de cotización, el tipo de contrato y las deducciones o compensaciones si las tuviera. ” Un saludo
ATENCIÓN: sobre los numeros rumores que algun comentan …. sin bases solidas sobre que el Arraigo pasara a 5 años.
Esta informacion es contundente:
Respuesta 05/11/2009
Aportada por: Cristina Castilla Marquina - Abogada especialista en Trabajo. Cruz Roja Española. Burgos
En el Boletín de las Cortes Generales del día 30 de Octubre, se publica el informe elaborado por la ponencia encargada de estudiar el texto de la nueva ley de extranjería y en relación al arraigo no concreta plazos, el texto es el siguiente
Art. 31.3. La Administración podrá conceder una autorización de residencia temporal por situación de arraigo, así como por razones humanitarias, de colaboración con la Justicia u otras circunstancias excepcionales que se determinen reglamentariamente.
En estos supuestos no será exigible el visado
Este texto será posteriormente estudiado por una comisión y de ahi pasará al pleno del Congreso, después de aprobado pasará al Senado. En todos estos pasos se pueden introducir cambios. Yo no te puedo decir ahora qué plazo van a exigir, cuando ni siquiera lo recoge el texto que se está estudiando en las Cortes.
hola nicolas , en el conjunto de documentos que tengo que presentar para cambiar mi targeta de recidencia a targeta de trabajo, me piden la memoria descriptiva,sabes si existe un formato especial y como puedo conseguirlo?
Maria , la memoria descriptiva es sobre la Empresa …. las actividades de la empresa y del puesto de trabajo que cubriras. Un saludo
Hola nicolas, no renove a tiempo mi carnet de de estufante en españa, por tanto para no regrersar a españa, me dijero los de misma extrajeria q podia pedir la ley de arraigo, pero los fucnionarios me dijeron q en mi calidad de stufiante con permiso de estancia no se me consideraba, es eso cierto, es caso de que no haya proble,ma con este carnet podria perder mi beca aki.?
gracias
Erika, por favor trata de explicarme nuevamente la situacion… porque realmente no entiendo tu situacion. gracias. Un saludo
gracias por atenderme, vivo en toledo desde hace 3 años y medio presente el 9 de octubre de este año la documentacion por arraigo social, en la pagina del map veo que sigue en tramite, cuanto tarda mas o menos en salir la resolucion?, y con el resguardo que me dieron con un numero de nie pero pone Y4587699G me dijeron que es provisional,quisiera que me expliqueis que es ese numero por favor,y si la policia me pillara (que por cierto nunca en estos 3 años lo hicieron) podria afectar en la resolucion el que me pillaran y si lo hicieran el resguardo me serviria como excusa?, te lo digo por que en estos 3 años vivo como aislada en mi casa,salgo lo necesario por miedo a que me cojan, y no quisiera estropear todo el esfuerzo hecho hasta ahora, espero vuestra ayuda.gracias.
Danitza, los tramites demoran y no tienen un tiempo fijo siempre depende de la demanda que tengan, vacaciones de personal y todas esas cosas.
Si ya tenes el resguardo no te preocupes tanto y la verdad no entiendo porque te aislaste tanto…. España no es Usa como para esconderse tanto, menos en Toledo. Asi que te diria que te quedes tranquila y esaperes que ya te queda poco y no te puede pasar nada. Un slaudo
Hola nicolás,
Una pregunta.. Estoy legalmente en españa, tengo la residencia permanente.. no se porque motivo.. dejadez quiza.. me arrepiento ahora.. no pedi la nacionalidad.. ahora la estoy solicitando.. pero quiero casarme con un hombre de nacionalidad argentina.. la pregunta es.. al casarme con el podria el acceder a la residencia legal en españa? tenemos una empresa y he pensando en hacerle una oferta de trabajo pero dicen que esto es solo valido cuando el esta en el pais de origen.. pero el esta aqui.. q puedo hacer?
Bibi, tener la ciudadania española te dara tranquilidad pero como supongo que sabras el tramite demora … y mucho !. En cuanto al casamiento, siendo ciudadano si podes otorgalre a tu pareja, el derecho de solicitar su NIE en regimen de familiar de comunitario. El en que situacion esta ?, hace cuanto tiempo que esta en España ? Porque con 3 años + contrato podria conseguir su documentacion,.. eso si … no recomiendo que se lo hagas vos, porque si estan juntos, apareceran los dos en la misma direccion de empadronamiento. Y lo de vivir con tu jefe…. jejje … puede dar problemas. Un saludo
Hola Nicolás, somos Mónica y Alejandro en un tiempo atrás fuimos padrinos de la web, queremos agradecerte por la información y el apoyo que siempre nos das, sinceramente valoramos muchisimo lo que haces por todos nosotros.
Simplemente hoy queriamos expresar nuestro agradecimiento, un fuerte abrazo, Mónica y Ale.
Hemos sido papás de un hermoso bebé, hasta pronto.
Ale y Monica, gracias por el saludo y por seguir por aca.
Siempre, siempre los recuerdo porque han sido realmente los primeros y unicos “padrinos de la web”.
Esa inicitativa, nació y murió… jejeje.. ya que nadie visita la Sub-Pagina ” Ayúdanos “… vamos remando con alguna publicidad que logramos meter, pero cada vez cuesta mas. La “crisis” debe ser !!!! cuando no !
Me alegro saber que ya tenemos un nuevo yorugua por estas tierras y espero que sigan adelante y sigamos en contacto.
Un abrazo gigante para ustedes….
Hola nicolas soy nad
¿saves cual son los pasos para aprobar un nuevo reglamento? de verdad muchismas gracias por la fuersas que haces para ayudarnos
y por la imprtancia que nas das.
gracias y saludo
Nad, hay que esperar… las modificaciones van presentandose, luego vienen las enmiendas y luego las aprobaciones. No hay tiempos fijos.
NICOLAS SOS UNA GRAN PERSONA SIEMPRE ESTAS AHI TODO NOS DESIS TODO LO SOLUCIONAS COMO PODES ESO ES MUCHO SABES HERES GENIAL Y DESEO AGRADECERTE MUCHO TODO Y POR TODOS GUAPO SIGUE ASI Y TRIUNFARAS MAS , BESITOSSS ,CUIDATE,
ALE Y MONICA DESEO LO MEJOR Y GRAN AMOR Y FUTURO PARA ESE HERMOSO BEBE ,MIL FELICITACIONES PAPIS QUE SEAN LOS PAPIS MAS FELICES CON VUESTRO HIJO BESITOS ,
¿presentarán en congreso y en el senado como la ley?
Mabel, Muchas gracias por tu mensaje. Un gran saludo.
Nad, no entiendo tu pregunta !
Hol de nuevo ¿Quiria decir presentarán el anteproyecto de el reglamento en el congreso y en el senado tambien?
Nad, si ya esta presentado el 30 de Octubre. Un saludo
Nad, aqui esta el “Texto del Proyecto de Ley de la Nueva Ley de Extranjería”
auque recordemos que se hará un reglamento de desarollo que será lo que se aplicará de modo práctico que por el momento no esta hecho. (digamos que está aprobado pero aun no se aplica en el día a día). Un saludo
Desde hace tiempo y en estos últimos meses se han acentuado las consultas sobre la nueva reforma de la Ley de Extranjería y en especial sobre el empadronamiento y el arraigo, ya que han surgido FALSAS VERSIONES sobre cambios inminentes en la Ley, como por ejemplo: “… que el empadronamiento no se les permitirá a los inmigrantes indocumentados…” o “…que el arraigo pasara de tres a cinco años…”
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Por eso como citamos al final de cada pagina de esta web: “… Debe considerarse la informacion obtenida, como orientativa. Se recomienda consultar la informacion de fuentes oficiales …”.
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Estas falsas informaciones, hoy por hoy quedan totalmente descartadas, y como prueba de ellos, a continuación ofrecemos:
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1- Las palabras de Celestino Corbacho - Ministro de Trabajo e Inmigración que en sus ultimas declaraciones a la prensa despejo rotundamente estas dudas, clasificándolas como “falsedades” del empadronamiento.
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2- Un excelente archivo para descargarse en formato PDF, con la comparación del texto de la Ley de Extranjería que entraría en vigor y de la vigente al día de hoy. Un documento elaborado por ( ABEDIE ) - Asociación de Abogados Europeos de Inmigración y Extranjería.
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Todo esto despeja rotundamente las mentiras que circulan ya que no se menciona ni el empadronamiento ni variaciones en los años en el arraigo, entre otros temas de importancia.
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Haz click aqui para ver la información completa de ” ESPAÑA - La Nueva Ley de Extranjería ” - Nov. 2009
Hola, una consultita: El arraigo social sin contrato de trabajo, presentando contrato y nóminas de mi marido, es posible? Cuáles son mis posibilidades? Un saludo y felicitaciones por el pase a Sudáfrica!!
SIlvia, de esa forma es imposible. Un saludo
hola! un saludo a todos mis compatriotas !! buen dia ! aqui en esta españa que tanto nos da la espalda ,y pensar lo bien que viven alli en nuestro paisito los españolitos!!
,entre mate y mate estoy leyendo comentarios y consultas de diferentes tramites ,yo aconsejo basandome en mi experiencia ir a alguna “”ong “”,especialmente para inmigrantes que ellos tienen abogados “”gratis “”y saben dirigirte e incluso llevarte a las oficinas generalmente en todos lados estan por ej, yo voy aqui donde vivo a “”Cordoba Acoge,”" hay otra “Apic” tambie en muchas ciudades ,ademas tienen bolsa de empleo y tambien dan cursos no les importa si sos legal lo que sea,,hay que acercarse orientan bien,! yo estoy muy conforme y tenia muy complicado algunos papeles de mi familia.
chauuuu
Zully, comentarte que lo de Asesoria gratis entra en nuestros “Imprescindibles” siempre. En este post tienes diferentes posibilidades ” ESPAÑA - Asesoria gratuita ”
Aunque tambien hay que decir como dijo en estos dias el propio Ministro Corbacho que no siempre actuan bien, ya que quedo demostrado que en algunas ocasiones informan “falsedades”. Es lamentable pero es real.
En este post podes leer las declaraciones de Celestino Corbacho - Ministro de Trabajo e Inmigración. Un saludo
hola nicolas,mi pregunta es la siguiente :llevo tres años en españa,y solicitar una residencia por arraigo social,tengo toda la documentacion requerida,pero no tengo un contrato de trabajo dado que mi intencion es instalar una empresa de confeccion texil con mis hijos que de por si son españoles,tenemos infraestructura,capital,y un proyecto viable,quisiera saver si presentando dicho proyecto en vez de un contrato de trabajo me concederian la residencia,muchas gracias.
Marcos, es indispensable el contrato. El arraigo hoy por hoy no contempla la obtención por instalación de una empresa propia. Eso tendrias que hacerlo luego de tener tu permiso para trabaja por cuenta ajena.
Luego del primer año podes solicitar el permiso por cuenta propia, el gobierno tiene en cuenta, la incidencia de la actividad en la economía, cantidad a invertir, cualificación profesional del que solicita el permiso, las autorizaciones necesarias para la apertura del negocio. Es causa de denegación del permiso, la falta real de la inversión proyectada, falta de solicitud de las licencias para ejercerla. El sistema de tramitación normal es el siguiente: se presenta en la delegación del gobierno, la solicitud de permiso por cuenta propia. Tiene que ir acompañado de un proyecto de inversión, memoria explicativa del negocio, posibilidad de creación de puestos de trabajo para españoles, y hay que ir con cuidado, por que lo que pongamos en el proyecto o lo cumplimos o te denegarán el permiso. Un saludo
Hola NIcolas
he visto la dclaracion de el ministro de imigracion y pareace no dice nada sobre arraigo
Nad, exactamente …. como ya te hemos dicho las palabras de Celestino Corbacho comprueban que no se habla … nada de nada del arraigo…, osea todo lo que te han dicho queda demostrado que son MENTIRAS. No esta ni previsto los cambios en “Arraigo” el no lo menciona, porque no hay cambios !!!!!
Y ademas el mismo afirmo y puso en tela de juicio el funcionamiento de a algunas organizaciones.
Cito sus palabras textuales: “Esto nunca estuvo en ningún proyecto de ley. Algunas organizaciones dijeron falsedades, no sé si por desconocimiento o por mala fe. Salieron diciendo que se iba a modificar el empadronamiento, pero eran falsedades. Mintieron”.
Un saludo
hola nico,queria hacerte una pregunta,te habia preguntado en otra ocacion por el arraigo social,y te dije que lo que no tenia es un contrato de trabajo,pero si el resto de la documentacion requerida,resulta que una persona esta interesada en iniciar una empresa en el rubro en el cual yo me dedico que es la confeccion,la pregunta mia es la siguiente,si esta persona iniciando la empresa me puede ofertar trabajo ,mucha gracias
Marcos, es muy dificil porque la empresa le exigen antiguedad , de aunque sea un año. Con una empresa nueva no te lo aprobarian. Un saludo
hola nicolas “Esto nunca estuvo en ningún proyecto de ley. Algunas organizaciones dijeron falsedades, no sé si por desconocimiento o por mala fe. Salieron diciendo que se iba a modificar el empadronamiento, pero eran falsedades. Mintieron”.esa declaraciones del ministro se habla de empadronamiento de sin papeles pero de arraigo no dic nada al respecto ni de 5 ni de 3 años saludo
Nad, por eso mismo !!! lo del empadronamiento es mentira. Y del arraigo no se habla porque no hay nada de nada, no lo menciona porque no hay nada definido para el arraigo en la reforma.
Si queres consulta Descarga este archivo PDF que da una comparación del texto de la Ley de Extranjería que entraría en vigor y de la vigente al día de hoy - Elaborado por ( ABEDIE ) - Asociación de Abogados Europeos de Inmigración y Extranjería.
Espero que no continues preguntando lo mismo, pòrque si no hay informaciones oficiales no vamos a publicar, ni divulgar “rumores”, ni nada. Cuando salga algo oficial sera publicado y seguramente explicado en la web por nuestra abogada Anna Saez. Un saludo
hola soy extranjera sin papeles viní con un visado de tourista .complo 3 años en 1-06-2009 (sello de entrada en españa)me empadroni hasta 19 diciembre del mismo año,en fevreo pasado perdi el pasaporte y hasta ahora sigo sin el,pregunte al servisio social y dijeron que a la hora de solicitar arraigo me van a pedir la copia de interior y esa tieneque estar compulsado,fui al ayuntamiento para pedir un copia pero no quiren dar mi la copia ni la copia normal ni compulsada porque icen no tengo l original(porciero en consulado de mi pais notiene mis datos ni la copia de pasaporte).ahora estoy perdida no sé que haria—-y me dijeron tambien que la entrada con visado a españa y no volever al pais origin causára problemas para las personas que peden arraigo¿es verdad?
Maria, lo normal es sacar el pasaporte nuevamente en el Consulado. Lleva una denuncia de extravio y te lo tienen que tramitar !!! De que país sos ??…. Sobre tu ultima pregunta ! … pensa ! … si fuera asi … nadie conseguiria el arraigo ya que todos las personas que lo tramitan, es porque entraron como turistas.
gracias por entender mitan rapido.soy de marruecos,¿si el pasaporte nuevo no causara problrmas?
Maria, no para mi no tendras ningún tipo de problemas.
hola, cumplo tres años en febrero del 2010 quisiera saber si ya puedo empezar a realizar los tramites como el certificado de antecedentes penales de mi pais o el documento de la insercion en el ayuntamiento , para asi apersonarme con todos los papeles en la fecha que corresponda. gracias
Bertha, si has esperado tres años, te recomendaria que esperaras hasta Febrero y tener cumplidos los tres años en España, ya que los documentos tienen vencimientos en muhcos casos y no sea que tengas que hacer el mismo tramite dos veces. Suerte y un saludo
hola, quisiera saber si es verdad que las normativas de arraigo social van a cambiar y cuales serian los cambios si esto es sierto y tambien si me puedes informar sobre el tiempo que uno tiene que tener con residencia para hacer reagrupacion familiar. gracias
Leticia, no es verdad, …. ya lo hemos dicho muchisimas veces ( lo podras leer mas arriba ) no creas rumores, hay que basarse en la informacion oficial.
La ley no dice absolutamente nada sobre cambios en el arraigo de momento.
La reagrupación depende de muchos factores eso si esta con algunos cambios, pero si aun estas por el arraigo, te aconsejo a que esperes.
Podras encontrar mas información en la Web. Un saludo
hola a todos
soy de brasil
e me llamo roberto
e me gustaria
saber con cuantos dias
puedo saber se aprobaron
mi arraigo social y muchas gracias
se lo me contestara…
se alguno sabe algo sobre iso
ayuda me gracias….
Roberto, no hay un plazo fijo y siempre varia segun el trabjo que tenga la administraciones, vacacione sy bajas del personas y 100000 etc.
Armate de paciencia porque ahora mismo con las navidades todo se retrasa mas aun. Lamentablemente no puedo decirte una fecha yq eu algunos le demora un mes y a otros le a llegado a demorar seis meses. Un saludo
gracias nicolás
que pase un buen dia
oye con este numero de
N.I.E la policia puede me correr
gracias.,.,.,
Roberto, no entiendo tu pregunta. …
nicolás yo lo de entrada en los papeles
y ellos me pasaron el numero del
N.I.E y yo te lo pregunto
si yo con ese numero tendere poblemas con la policia
o tengo que estar todavia escondendo de ellos gracias.,.,
hola tengo la nacionalidad española . como hago para traer a mis padres.
puesto que ya lo hise como regrupacion familiar y en colombia les deniegan el visado por ser ya español . disen que debo pedirlos como comunitario y aqui en la delegacion disen que no,que tiene que ser regimen general . la abogada en colombia dise que tiene que ser rgimen comunitario . aunque aqui disen que cuando entran a españa ya seles da la tarjeta comunitaria .
entonces que hago para poder traerlos gracias .
Roberto, el numero de N.I.E. solo lo tendras cuando te den la resolución, no cuando se presentan la documentación. Con la resolución ya no tendras problema alguno, porque la resolución dira que ya tenes adjudicado tus N.I.E. En cambio si solo los presentaste no acredita nada. Un saludo
German, relmente no sabria decirte tu caso es algo extraño y ademas por lo que veo en todos los lugares te dicen cosas diferentes. Yo creo que debes reagruparlos, como comunitario que sos, pero la ley esta bastante complicada ahora mismo. Te recomendaria que consultaras con profesionales. En este post podras encontrar lugares donde te asesoraran de forma gratuita ” ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería ” . Un saludo
gracias nicolás
hola quisiera saber con a nuva ley de extranjeria los permisos para arraigo son con limitacion de geografica y de actividad o no?
Omar, la nueva modificacion de la Ley no habla NADA del Arraigo.
En lo que respecta a los permisos en la Ley, que podras consultarla en este post: ” ESPAÑA - Entra en vigor la nueva Ley Orgánica de Extranjería 2/2009 ” , se establece que:
Artículo 38. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
7. A partir de la primera concesión, las autorizaciones se concederán sin limitación alguna de ámbito geográfico u ocupación.
8. La concesión de la autorización inicial de trabajo, en necesaria coordinación con la que corresponde al Estado en materia de residencia,
corresponderá a las Comunidades Autónomas de acuerdo con las competencias asumidas en los correspondientes Estatutos.
DA 1ª ap.3 (NUEVO)
Las solicitudes de modificación de la limitación territorial o de ocupación de las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo se resolverán y
notificarán por la administración autonómica o estatal competente en el plazo máximo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la
Administración haya dado respuesta expresa, se entenderá que la solicitud ha sido concedida.
Ademas recuerda que ahora las Comunidades Autonomas tienen competencias en la acreditaciones de los permisos. Un saludo
Hola Nico mis preguntas son las siguientes: Presente el 11/12/2009 los papeles por arraigo en madrid, leyendo los post me da un poco de miedo lo de la antiguedad de la empresa ya que lleva constituida 4 meses, actualmente esta al corriente del pago con la ss y hacienda y todo en orden.
Presenté un contrato indefinido con el sueldo que voy a cobrar y los anexos de entrada en vigor del contrato y la necesidad de contratacion por parte de la empresa, la chica q me atendio me dijo que estaba muy bien, que estaba como debia, pero me asusta lo de la antiguedad de la empresa ya que nunca me lo han hecho saber los abogados y si hay posibilidad de que me lo acepten.
Muchas gracias
Victor, a mi me asusta lo mismo que a ti, la antiguedad en muchas ocasiones es causa de una denegación. Pero bueno si esta todo presentado solo resta esperar. Animo !!!
Un saludo
A prenderle velas a los santos entonces!!! muchas gracias.
hola me llego la carta para renovar en noviembre y mi tarjeta se vence en enero y m e diceq si tengo hijos reagrupados tambien tengo llevar papeles para ella es una niña de 11 años yo queria enviarlos por correo pero ahora no se q papeles de ella tendre q adjuntar gracias
hola nicolas.un agrado!!!!!! de partida soy extranjero llevo mas de 3 años en españa lo cual presente mi solicitud de tramites por arraigo:presente antescedentes penales timbrados y actualizados ,copias del passaporte,presente informe de la asistente social del ayuntamiento del pueblo donde vivo todo era a favor,vivo con mis padres y presente una copia de que pertenece a la junta de vecino por motivo de agrupacion , contrato de trabajo (tuve problema con mi empleador porque debia en hacienda y ya eso era un fracaso tuve que cambiar de empleador con otro contrato de trabajo para que saliera satisfactoriamente en los tramites. hace 2 dias atras por internet averigue que se podia ver los procedimientos de evaluacion de tus tramites y me salian en tramites .ahora salen resueltos no favorables y mi pregunta del millon que hago ahora???? seria un agrado que me respondieras con tu profesionalismo que debes de tener te lo agradesco sergy.
por si acaso los cotrato de trabajo estan todo bien timbrados por el empleador etc…
RESPUESTA A MARCOS: Como precisamente dicen aca, la ley NO CONTEMPLA la autorizacion por cuenta propia a efectos del arraigo, pero como sigo manteniendo, cada caso es PARTICULAR y se estudia, por mi conocimiento y por lo informado por EXTRANJERIA en la provincia de LA CORUÑA se han aprobado 3 solicitudes de ARRAIGO por CUENTA PROPIA, deberias de averiguar en la oficina de extranjeria y si te deniegan esa información, acude alguna de las ONGs que tratan dichos temas.Saludos
Andrea, que raro que no te los hayan indicado. Normalmente los documentos son:
de renovación:
1. Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
2. Autorización de residencia del reagrupado que se pretende renovar.
3. Autorización de residencia o residencia y trabajo del reagrupante.
4. Documentación acreditativa de empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
5. Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria, en el supuesto de no estar cubierta por la Seguridad Social.
Igualmente te recomendaria que preguntes bien no sea cosa que luego falte algo. Un saludo
Segy, haber profesional no soy, simplemente administro la web y por estar en contacto a diario y leer las leyes se un poco mas. Pero como he aclarado muchas veces, no soy profesional en esto, ni abogado, ni nada.
En mi opinion la denegacion pudo haber venido por otros factores que es dificil saberlo ( aunque lo unico que podria complicar tu presentacion es la situacion de la empresa )… menos de un año de creacion, deudas, o simplemente que tu oferta e trabajao no encajara en lo que quiere la comunidad donde estas.
Cuando te llegue la resolución, asesorate que podes recurrir la solicitud. En Este post: ” Asesoria gratuita en materia de Extranjería” tenes muchos lugares que te asesoran grastuitamente.
Un saludo
Gustavo, gracias por tu aporte.. hace tiempo que no tenia constancia que hubiera salido alguna solicitud asi. Es muy bueno saberlo. Gracias y un saludo
hola
,no entiendo que qyuieres dicer que ahora las Comunidades Autonomas tienen competencias en la acreditaciones de los permisos
saludo
Omar, las Comunides de Cataluña y Andalucia tambien controlan las solicitudes , por lo cual ellas sino lo creen valido o necesario, simplemente pueden denegarlo.
hola nicolas
estoy perdido más,¿como controlan las solicitude y como sino lo creen valido o necesario, simplemente pueden denegarlo?
pos vale nicolas por tu consejos vere que podre hacer…. apesar de urgencia por motivo de que trabajo ahora a esperar que solucion ventajoza tendre y haber la psicologia de mi jefe haber si me apoya a seguir…..tengo amigos españoles y se averguenzan de la situacion de tal como fue planteada pos na un placer ya vere que hago con mi abogado .
te felicito por tu amabilidad que tienes.
HOLA NICOLAS PERDONA ES SOLO UNA CONSULTA YO ESTOY EN ESPAÑA HACE MAS DE 8 AÑOS Y QUIERO REGRESAR A URUGUAY Y LLEVAR MIS COSAS AUTO Y COSAS DE LA CASA Y MI SEÑORA QUIERE LLEVARSE LA MOTO EL TEMA ES Q LA MOTO AUN NO ESTA EN CONDICIONES Y TENEMOS MUCHAS PIEZAS DEL MOTOR PARA ARREGLARLA EN CONDICIONES PERO AHORA EN ESTE MOMENTO NO PODEMOS EL TEMA ES SI NOS PODEMOS LLEVAR LA MOTO Y EL RESTO DE RESPUESTOS Q TENEMOS O SI ME PODES FACITAR ALGUN OTRO LADO DONDE AVERIGUAR YA Q POR RAZONES VARIAS NO PUEDO IR ALA ENBAJADA A AVERIGUARLO DESDE YA MUCHAS GRACIAS
Omar, haber es algo que todavia no esta muy claro que digamos y lo que es la reglamentacion de esto tampoco se encuentra. Segun lo que es la Ley de Extranjería estas dos comunidades tienen competencias osea , algo asi como que gestionan junto al Estado, pero en definitiva yo creo que tienen peso en la decision final segun crean o no valida la solicitud.
Ejemplo es que las comunidades con competencias son quienes informen sobre la integración del extranjero, entendiendo como parte de la misma el “conocimiento suficiente” de las lenguas cooficiales, en la concesión de la regularización por arraigo. Osea si no te creen integrado simplemente te negarian el arraigo. Asi de raro es esto lamentablmente. Un saludo.
Fernando, sobre el retorno te aconsejo ver la seccion de: “Retornar al Uruguay” y en todo caso veras los post de la Abogada Rossana Cabrera la cual podra orientarte mejor sobre esos temas. Un saludo
Omar, el texto del Articulo 68.3 dice:
“ Con carácter previo a la concesión de autorizaciones por arraigo, las Comunidades Autónomas o, en su caso, los Ayuntamientos, emitirán un informe sobre la integración social del extranjero cuyo domicilio habitual se encuentre en su territorio. Reglamentariamente se determinarán los contenidos de dicho informe. En todo caso, el informe tendrá en cuenta el periodo de permanencia, la posibilidad de contar con vivienda y medios de vida, los vínculos con familiares residentes en España, y los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.”
Podes descargarte la Ley actual, haciendo click AQUI. Un abrazo
Hola ! me llamo Ana , hoy mi arraigo social ha sido favorable ( gracias a Dios !!!!! ), pero tengo 2 preguntas :
en la solicitud mi contrato de trabajo es de empleada del hogar, pero resulta que en realidade tendran que asegurarme en su comercio, pues tambiem voy trabajar alli, mi pregunta es si se puede hacer eso ??
e otra pregunta es si cuando yo vaya hacer el dni, com el resguardo puedo ir a Brasil ( mi pais) , o tengo que esperar la targeta mismo ??
muchas gracias !!
um saludo !!!
Ana Mara, enhorabuena !!! … haber respecto a tus preguntas:
1- No, debes de hacer como lo solicitaste sino te pueden negar la proxima renovación, hace todo como lo solicitaste y en algunnos meses solicita un cambio haber si te lo permiten.
2- primero que nada no es D.N.I. ( Documento Nacional de Identidad ) lo que te van a dar sino es N.I.E. ( Numero de Identificacion de Extranjeros )
….. y No con resguardo no podes viajar, debes de tener tu N.I.E, deberias de pedir un permiso especial para hacerlo y solo lo hacen en raras excepciones por situaciones extremas. Te recomiendo esperar.
Un saludo
Ana, primero felicitarte por tus Papeles !!!! y como dice Nicolás, no creo que te den la autorización excepcional para viajar, y ahora me pregunto, después de esperar tanto tiempo,………….. que cuesta un poco más hasta tener todo en regla?????. Saludos
hola nicola,soy fadi de libano ,tengo mas 3 anos en españa pero problema que no tengo nigun justifecante por este 3 anos ni contrato de trabajo y estoy casado ahora , me esposa tiene papales .la pregunta es como hago par tener arraigo social y peudo tener residencia si estoy casado aqui en registro civil de madrid ,dime como hago,muchas gracias
muchas gracias Nicolas y Gustavo !!! Teneis razon, despues de esperar tanto , no cuesta nada esperar um poco mas…
muchissimas gracias, estoy super feliz…
um saludo.
bye
Sana, haber … tu esposa es es española?
hola nicolas!! yo tengo un caso parecido al tuyo y es q, estoy enamorada de un uruguuayo jejeje por cierto es tocayo tuyo jejeje bueno estamos enamorados y queremos vivir juntos en españa, y necesitamos casarnos para q pueda encontrar trabajo y estar tranquilos en ese aspecto de q no tendra q volverse a su pais por motivos de laburo, en fin tu me entiendes no? supongo, el caso es q el ahora mismo esta en uruguay, estamos mirando el tema de los papeles y no sabemos q acer si sacarle los papeles desde alli desde uruguay o sacarselos una vez aqui, y el tema de la residancia de los dos ultimos años esta complicado, me podrias explicar un poquito mas todo, por favor …
Carla, este post es sobre arraigo social, tenes que consultar este post encontraras todo explicado: ” Tramites para casamiento de ciudadano español con uruguaya residente Indocumentada ” Un saludo
Atención para los que esten interesados informarse de primera mano sobre el ARRAIGO SOCIAL.
El próximo viernes, 18 de diciembre, a las 18,00 horas, habra una charla, de una hora y media de duración, un abogado experto explicará de forma sencilla y clara el procedimiento para solicitar una autorización de residencia por arraigo social o una autorización de residencia y trabajo por el régimen general.
Más información en: Centro Hispano Centro Americano.
Nicolás gracias por la dedicación……………..
Planteo mi duda, es posible tramitar el arraigo social con un contrato en practicas (que no sea inferior a un año), habiendo cursado un modulo de formacion de grado profesional de grado superior subvencionado por el gobierno vasco ?- que por los demas requisitos no tendria problemas.
Everth, que yo sepa, con un contrato para practicas no te aprobarian el arraigo. Consultatlo por las dudas. Un saludo
Hola, nicolas, te explico mi caso llevo 2 años y medio viviendo en España sin papeles ya que entre con visa turista, travajo desde tiempo como limpiadora hogar, pero sin contrato, aora me qieren hacer contrato como limpiadora de hogar para un año sin problemas. por esto qiero pedir permiso residencia pro arraigo laboral y mi pregunta es: tengo que demostrar que estoy un Año trabajando o es suficiente con el contrato que me qieren hacer?
Gracias por todo.
Natahsa, primero aclararte porque creo que estas algo confundida.
Con dos años y medio podes hacer “Arraigo Laboral“, pero con esto tendrias que denunciar a quien te da trabajo ahora mismo, y esperar el proceso de denuncia.
Porque el reglamento dice que tenes que presentar la prueba de que han existido las relaciones laborales. Para demostrarlas debe presentar el interesado una sentencia que la reconozca o la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
Lo tuyo seria esperar a los 3 años en España y tramitar “Arraigo Social” , esto te exige presentar un contrato para un año, a lo que podrias presentar el contrato que mencionas que te estan ofreciendo.
En definitiva es:
- No tener antecedentes penales ni en España, ni en el país de origen.
- Tener un contrato de trabajo de un año.
- Certificado de empadronamiento (no es necesario antigüedad, puede ser; empadronamiento actual)
- No tener expediente de expulsión.
- Encontrarse en uno de estos dos supuestos
- Acreditar la existencia de vínculos familiares con otros extranjeros residentes con situación documental irregular (cónyuges, padres o hijos).
- Acreditar la inserción social con la presentación de un informe hecho por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual. sin volver al país de origen.
Presentando ese contrato y los demas requisitos que estan en este mismo post podras tramitarlo sin problemas. Un saludo
Nicolás me gustaria aclarar una question sobre arraigo social.8 de enero cumplo 3años de empadronamiento ,hace 2 semanas solicité el informe de Ayuntamiento ,me dijeron que me van a llamar dentro de 1 mes, 1 mes y medio,luego tengo que recibir en estas fechas sertificado de antecedentes penales ya traducido y todo. Pregunta: hay dirección electronica arraigo.barcelona@ap.mpr.es a donde se manda nombre,apellido,se indica NIE o num PASAPORTE,si es mayor de 18 copia de antecedentes penales (Traducida en Español) y indicar el tramite(Arraigo sociál en mi caso) puedo enviarles ya solicitud? cuando tardaran en responder.puede decir algo sobre este teme .no quero obtener sita en extranjeria aun no teniendo expediente de parte de Ayuntamiento…péro estoy muy limitado por el tiempo.Y otra pregunta mas :empresario me puede hacer la oferta de un año y la jornada completa y despues cuando aprueben y habra que hacer nuevo contrato y dar de alta en Seguridad Social hacerme otro contrato a tiempo parcial 5-6 horas.no creo que puedo conseguir contrato de jornada completa (casi imposible) con tal como van las cosas. Muchas gracias Nicolás.
tengo una hija de 16 añoshace el 3 de enero se fue a perú y ahora quiero saber si para viajar necesita la autorización de su padre . de el no se nada. mi hija tiene el pasaporte vigente y el dni español vigente.solo es necesario mi autorizacion o tambien de su padre. gracias
Amparo, desconozco la Ley de Perú. En el Consulado te lo podrian informar mejor. Un saludo.
hola nicolás ,
mi prengunta es esta , si yo vivo en españia e tengo uno contrato de trabajo ,
y me caso com un mujer que no tienes papeles ella tendera problemas con la policia o no gracias por me contestar …
Beto, interpeto que tenes NIE .. siendo asi… solo por casarte con ella no va a adquirir la residencia, después de casarte deberíais tramitar una regrupación familiar, en este deberían solicitar un visado de residencia. Un saludo
hola… tengo una curiosidad… soy cautoriana q vivo en españa ya desde 8años y ya tengo la permanencia y tramitando la nacionalidad , mi problema es que va ha venir una hermana q tiene 17 años con visa de tres meses pero ella quiere qedarse a vivir aqui en barcelona españa … para tramitar su residencia permanente aqui … q me aconseja porq al ser menor de edad y no ser hija mia y no poder estudiar aqui y ser ilegal del todo …. alguna posibilidad tengo para ayudarla para q pueda regulalizarse, cumple 18años en jjunio 2010. gracias.
Susana, por lo que veo tu hermana tendra que esperar a cumplir los 3 años y tramitar el arrraigo social. Segun como esta la ley ahora seria la unica posibilidad. Siempre y cuando no cambie la Ley mas adelante. Un saludo
Ella quiere estudiar en la U. de Barcelona tienes alguna información para obtener el visado de estudiante… desde aqui en españa… que tengo q hacer ..?
Susana el tema visa para estudiante es dificil pero no imposible, lo mejor es informarse por la propia web tanto de la U. de Barcleona como en las demas.
Siempre publican en sus webs las posibilidades de becas y todos los pasos a seguir, requerimientos, etc.. Un saludo
TENDRIAS QUE PREGUNTAR EN LA UNIVERSIDAD DIRECTAMENTE. A LO MEJOR TIENEN UNA OFICINA PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS (COMO TIENEN AQUI EN ITALIA.) RECUERDA SIEMPRE UNA COSA, PARA PEDIR UN VISADO POR ESTUDIOS, TIENES QUE DEMOSTRAR SIEMPRE TUS INTENCIONES DE ESTUDIAR, POR ESO, TIENES QUE COSEGUIR TODOS LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIO QUE TENGA TU HERMANA, Y HACERLOS SELLAR EN MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, Y DE RELACIONES EXTERIORES DE ECUADOR, Y DESPUES EN EL CONSULADO DE ESPAÑA, PORQUE SINO CUANDO LLEGAN A EUROPA AL SER DE UN PAIS FUERA DE LA COMUNIDAD EUROPEA, SON CONSIDERADOS SIMPLEMENTE PAPELES. ANTES DE VENIR A ITALIA, MI ESPOSO Y YO PENSABAMOS IR A ESPAÑA, Y POR ESO YO HICE TODOS LOS CERTIFICADOS PARA NO TENER PROBLEMAS . ADEMAS DESPUES MANDAR A PEDIR TODO UNA VEZ QUE ESTAS ALLI, ES MAS CARO, Y SE PIERDE MUCHO TIEMPO, POR ESO ES MEJOR VENIR SIEMPRE PREPARADO, DILE TAMBIEN QUE SE CONSIGA UN CERTIFICADO DE BUENA CONDUCTA, QUE NO SE COMO SE LLAMA EN ECUADOR.POR SUPUESTO NO SE COMO SE HACE EN ESPAÑA, POR ESO TE ACONSEJO QUE PREGUNTES EN LA UNIVERSIDAD.RECUERDA QUE SIEMPRE UNO TIENE QUE ESTAR UN PASITO ADELANTE, ANTES QUE TE PIDAN UN PAPEL, TENERLO PRONTO. TE LO DICE UNA QUE HA CAMINADO MUCHO POR LOS PAPELES DE ESTUDIO Y RESIDENCIA Y TODAS ESAS COSAS. DE TRAMITES ESTOY HASTA LAS OREJAS.POR OTRA PARTE, PIENSO QUE NICOLAS TIENE RAZON, INFORMATE SOBRE LAS BECAS Y TODO ESO ES MUY IMPORTANTE. MUCHA SUERTE PARA LAS DOS.
SUSANA, ESTABA MIRANDO UN POQUITO EN LA WEB, SI EN GOOGLE ESCRIBES : UNIVERSIDAD DE BARCELONA OFICINA DE EXTRANJEROS, ENCONTRARAS UN SITIO DONDE TE DA INFORMACION. EL SITIO ES: http://www.ub.edu/acad/es/acceso/internacionales/index.htm ESTO PARA EMPEZAR, PERO PIENSO QUE SERIA MEJOR IR DE PERSONA. ESPERO QUE ESTA INFORMACION TE PUEDA SERVIR.
NICOLAS, SI ALGUIEN QUIERE SABER ALGO DE COMO SE HACE PARA RECONOCER LOS TITULOS DE ESTUDIO/ESTUDIAR EN LA UNIVERSIDAD EN ITALIA, ME PONGO A TU DISPOSICION, PORQUE YO PASE POR TODO ESO. ACLARO QUE NO SE COMO SE TRAMITAN LAS BECAS, PERO SI SE LOS PASOS QUE TIENEN QUE DAR EN URUGUAY Y ADEMAS TENGO LA DIRECCION DE LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE LA UNIVERSITA DEGLI STUDI DI MILANO, POR DONDE HE PASADO. HASTA LUEGO.
Adriana, muchas gracias por tu valiosa información, te pase un mail porque estaria muy bueno que publiques esa información en la Web.
Bueno espero tu respuesta…. un saludo
Muchas gracias!! todo sirve de ayuda!!!
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Hola a tod@s
Soy Julio de Venezuela 23 años de edad.
querria saber si podeis decirme algunos tips
para el arraigo social. el 22 de febrero se cumplen los 3 años,
ahora necesito que me tramiten el documento de antecedentes penales en venezuela luego que me lo envies ak a sevilla me PREGUNTABA si necesito algun otro documento legalizado desde venezuela que me haga falta ak en sevilla.
Documentos de prueba: tengo el pasaporte con el sello 2 empadronamientos 1 tarjeta sanitaria y facturas de mercadona online y de ortodoncia y papeles de anteriores de plaza españa.
y otros…
para la oferta de empleo necesitaria tambien certificados de que la empresa no es morosa con la junta ni con la seguridad social.
cuanto tiempo tardaria en tramitarse hasta la confirmacion de la resolucion.
y bueno que otras cosas me podrian indicar para que sea favorable.
Muchas Gracias
Julio
Un Saludo
otra cosilla mas.
me han dicho conocidos que, practicamente esta parado cualquier arraigo o solicitud que haga un extranjero por la crisis…???
Julio, los tramites y las demoras depende de cada administración, nunca es fijo. Según lo que me comentas veo que mas o menos tenes casi todo controlado. Por otro lado eso de que esta parado, no es verdad … se estan haciendo solo que lo controlan mas y en algunas comunidades ( Cataluña y Aragon ) ahora las Comunidades tambien tienen parte de la decisión y directamente si no quieren autorizarte no lo hacen.
Pero en Sevilla no tendrias problemas, solo que como todo tramite hay que tener paciencia, informarse bien y guiarte siempre por las cosas oficiales y por lo que te informen en Extranjería.
Mucha suerte y un saludo.
hola, soy uruguaya, hace 3 1/2 años que me encuentro en españa, no tengo residencia, vine por paseo y estaba embarazada sin saberlo. tengo dos hijos, uno ya tiene la documentacion española por simple presuncion(tiene casi 3 años), y al otro (de casi un año) todavia no se la gestione. soy casada con un uruguayo, que ya tiene 3 años aqui, el padre es español por opcion. que posibilidades tenemos para gestionar la residencia legal, he consultado a varios abogados desde que estoy en españa y todos me han dicho cosas distintas. espero contestacion. gracias desde ya
UN TIRONCITO DE OREJAS: NOSOTROS LOS INMIGRANTES A MENUDO TENEMOS LA COSTUMBRE DE GUIARNOS POR “LO QUE ME DIJO UNO, O ME DIJO OTRO”, Y ESO A LOS INMIGRANTES NOS MATA. NO TENEMOS QUE TENER MIEDO DE PREGUNTAR LAS COSAS A LAS PERSONAS JUSTAS. NO NOS QUEDEMOS CON LO QUE NOS DIJO UNO. TENEMOS QUE IR A LA FUENTE DE LAS COSAS QUE NOS INTERESAN. CONOZCO GENTE QUE SE QUEDO SIN HACER LOS PAPELES POR ESPERAR A QUE UNO LE AVISARA CUANDO PODIA TRAMITARLOS, Y DESPUES SE TUVIERON QUE VOLVER. POR ESO CUANDO TENEMOS UNA DUDA SOBRE COMO VAN NUESTROS PAPELES O LO QUE NECESITAMOS PARA TRAMITARLOS, LA MEJOR MANERA NO ES IR A PREGUNTARLE AL VECINO, SINO DIRECTAMENTE INFORMARSE EN LAS OFICINAS COMPETENTES. NO TENGAMOS MIEDO A QUE SIEMPRE NOS DIGAN QUE NO, O A QUE NOS PIDAN MUCHAS COSAS, A VECES NOS PODEMOS LLEVAR LA SORPRESA DE QUE NO ERA TAN DIFICIL, Y SI NOS PIDEN MUCHAS COSAS, ESTAMOS SEGUROS DE QUE NOS LAS PIDIERON ELLOS. POR OTRA PARTE NUESTRO CASO, PUEDE SER DIFERENTE AL DE OTRO.Y COMO DICE NICOLAS, TODO DEPENDE DE CADA ADMINISTRACION.YO HE APRENDIDO QUE: “VOX POPULI” TE GUIA, PERO NO ES LA VERDAD ABSOLUTA. SERA QUE TODOS ESTOS AÑOS ENTRE TRAMITES, TRADUCCIONES, LEGALIZACIONES, OFICINAS Y FIRMAS, ME HAN CURADO DE ESPANTO, COMO DECIA MI ABUELA.GRACIAS, MUCHA SUERTE PARA TODOS Y HASTA LUEGO. (AH…VOX POPULI, LA VOZ DEL PUEBLO, A VECES MUY SABIA, PERO A VECES LE ERRA, EN EL FONDO SOMOS TODOS HUMANOS)
Claudia, que raro que varios profesionales te digan cosas distintas. Yo simplemente creo que lo unica posibilidad que tenes es solicitar tu documentación por “Arraigo Social” como lo indica este post. que sera la mejor forma. Un saludo.
Adriana, tenes toda la razón… Muchas gracias por tu comentario en el cual lo comparto al 100 %. Un saludo.
hola nicolas :
a mi me toca pedir el permiso de trabajo por arraigo ya cumpli los tres años y lo q yo puedo presentar ahora es el contrato discontinuo me han dicho q no lo ven muy viable y no se como esta la situacion, en si si me van a rechazar el permiso por ser el contrato disconinuo, mi papá esta en situacion regular no se si esto podria ayudarme y tambien cuales son los documentos q debo de pedir a mis empleadores , muchas gracias
Ximena, realmente no entiendo a que te referis con un “contrato discontinuo” … en cuanto a lo de tu padre, no lo creo. Mucha suerte y un saludo
Hola Nicolas
mi pregunta es la siguiente, ya llevo tres años y dos meses como estudiante en España y me van a hacer un contrato de trabajo; pero lo que he leído es que la solicitud del cambio de “estancia” a “residencia y trabajo” se debe hacer 3 meses antes de que caduque la tarjeta. En mi caso no lo puedo hacer así ya que hace un par de meses la renové como estudiante y me dieron NIE por 1 año más, porque en ese momento no tenía la oferta de trabajo, y ahora mi temor es que no se si me la aprueben o no. Lo de los tres meses es obligatorio??
Yenny debes de consultarlo en Extranjería, haber si te pueden dar una solución. Un saludo
Gracias Nicolas, lo consultaré en Extranjeria.
Un saludo
HOLA NICOLAS:
MI PREGUNTA ES LO SIGUIENTES: YO ESTOY RESIDIENDO LEGALMENTE EN ESPAÑA DESDE HACE 1 AÑO AHORA EN MARZO TENGO Q RENOVAR MI TARJETA PERO HACE 3 AÑOS Y 4 MESES Q VIVIMOS AQUI SOMOS CASADO
TENGO A MI MUJER Y UN HIJO Q NACIO AQUI,,,, MI PREGUNTA ES: QUE MI MUJER YA CUMPLIO LOS 3 AÑOS PARA REALIZAR LOS TRAMITES DE ARRAIGO SOCIAL PERO NO TIENE CONTRATO, EN QUE LE PUEDO AYUDAR YO YA QUE SOMOS CASADO EN NUESTRO PAIS Q ES PARAGUAY Y TENIENDO UN HIJO ESPAÑOL
OTRA PREGUNTA : El Ayuntamiento correspondiente podrá recomendar que se exima al extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo, siempre y cuando acredite que cuenta con medios de vida suficientes…”.
ESTO ME IMAGINO QUE HAY QUE TENER ALGO EN LA CUENTAS BANCARIAS Y DE CUANTOS € APROXIMADAMENTE YA Q TENGO ALGO AHORRADO,,,
DESDE YA MUCHAS GRACIAS,,,Y EXITOS,,,,
Juan Ramon, la posibilidad que podria haber es no presentar el contrato pero ella tendra que presentar la documentaicon suficiente para que demostrar que tu puedes mantenerla. Y no cuenta dinero ahorrado creo. Sino tu tipo de contrato y cuanto ganas en nomina. Pregunta en Extranjería. un saludo
hola ,estaba leyendo el comentario de ADRIANA , lo comparto por supuesto es asi ,,como ella tan clramente lo explica,tambien pienso,que desde esta pagina dar siempre fuerza a los nuestros, tambien pensar o por lo menos a mi me desanimaba ir a las oficinas ,que te tratan amargamente tambien temor si andamos sin papeles justo nos pregunten ,o nos descubran,,, la situacion de ilegalidad da muchisima inseguridad,
despues que madure esto; me salio el indio, y voy donde sea ,pregunto,,utilizo nuestra educacion aqui se valora eso,mucho, y tambien el aspecto personal
voy sencilla y prolija a todas las oficinas,,
saludos desde Cordoba España
Gracias Zully: es cierto, nosotros no teniamos casi nada cuando llegamos aqui, solo 2 valijas con algunas cosas que habiamos traido para subsistir los primeros tiempos, pero a todos lados tratabamos de ir prolijos, y con los papeles adentro de una carpeta y en orden. Una vez fui a alquilar una casa yo sola, porque mi esposo estaba trabajando,me presente con una sonrisa, (aunque el corazon me latia a mil por hora y el estomago me daba vueltas) y hable con mi escaso italiano con la dueña, le dije la verdad ,que mi esposo trabajaba de hacia pocos dias y yo estaba tratando de hacer econocer mis (titulos que le hice ver) y sin mas me dijo que fuera el dia despues con mi esposo a firmar el contrato que la casa era nuestra. No me pidio ni siquiera una garantia, ni recibo de sueldo, solo obviamente el dinero, y si algun mes me atrasaba, le hablaba y nunca me hizo problemas. Al tiempo, cuando por motivos de trabajo cambiamos de ciudad, esta señora nos dijo asi: “yo les alquile enseguida porque me llamo la atencion su señora, que se presento con todos los documentos ordenados en una carpeta, no como otras personas que no saben ni donde tienen los papeles, y me di cuenta enseguida que me estaba diciendo la verdad” Yo me conmovi, realmente. En todo este tiempo encontre gente mala, y gente buena, pero siempre me senti muy integrada en la sociedad, y creanme que esta no es una sociedad facil. No tenemos que tener miedo, las armas las tenemos, somos un pueblo educado, capaz de ponerse a la altura de todo el mundo. No hay que olvidarse que el miedo paraliza, y no nos lleva a ninguna parte.Como dijo Artigas: “nada podemos esperar sino de nosotros mismos” Para reflexionar, no?
Quiero añadir una información breve para todos los uruguayos que están residiendo en España en situación regular o irregular.-
Existe una página web llamada Migrar.org que es una de las mejores pág de asesoramiento gratuito “on line” atendida por numerosos abogados de la Cruz Roja,donde se evacúan consultas de todo los tipos sobre regularizaciones ,aspectos relacionados con extranjería,reglamentaciones,nacionalidad,residencias iniciales,permanentes,comunitarias,visados. Esta pág. elabora un boletín quincenal con las respuestas a las consultas efectuadas,que previo registro te envían a tu correo electrónico.-
Estos abogados(figuran sus nombres y fotografías) son sumamente competentes,y brindan información veraz y actualizada.De hecho reciben consultas de todo el conjunto de países latinoamericanos,e inclusive de ciudadanos residentes en otros países de la unión e inclusive de nacionales que no están en el tratado Schegen( Reino Unido ,Noruega,Islandia.
Es gratuito.
Es una ong directamente vinculada a la Cruz Roja Española.-
Suerte…ojalá les sirva para resolver cosas y un abrazo desde Madrid
hola tengo una duda, el 28 de enero de 2010 se me vence mi tarjeta de residencia. la obtuve por arraigo social. Mi contrato de trabajo también se me vence pero no me lo van a renovar ya he firmado el termino de contrato, quiero saber que requisitos se necesita para renovar el permiso de residencia por arraigo social, habrá algún problema si después de la fecha no cotizo más a la seguridad social?
Adri, para mas datos podes consultar los post sobre las renovaciones de N.I.E. .. no influye como lo obtuviste. Si has trabajo el ultimo año y mientras no hayas firmado “la renuncia” que te quedarias sin paro no tendras mayores problemas. Un saludo
Pedro Alberto, gracias por el aporte. La gente de Migrar.Org es excelente siempre los hemos recomendado,a demas que nos mantenemos en contacto con ellos.
Algunos post:
ESPAÑA - Los Yoruguas, recomendamos las Excelentes Guías elaboradas por MigrarOrg
ESPAÑA - Preguntas y Respuestas de Extranjería
ESPAÑA – Modelos de solicitudes de la Administración General del Estado
ESPAÑA – Banco de Recursos
ESPAÑA - Normativa y legislación
Un saludo
Hola a todos, Feliz 2010, quería preguntar, si puedo obtener el NIF sin residir en España, soy uruguaya, y resido en argentina, pero tengo ciudadanía española y también tengo el pasaporte español vigente. Nunca tuve documento de identidad español, siempre el pasaporte. Si puedo obtener el nif ¿debo pagar algo?. Mi esposo es uruguayo (con ciudadanía italiana) y como vivió en italia y tiene codice fiscal. Gracias y un abrazo a todos mis hermanos
Silvana
Silvana, no tendras ningun problema para obtener tu D.N.I., simplemente si pensas residir debes de ir al Consulado para notificar que vendras a vivir a España. Completaras la baja consular y con ese papel al llegar + tu pasaporte español te tramitaran el D.N.I. que demora unos 30 dias. Cuesta unos pocos euros, creo que seran menos de 20 €.
Lo de tu esposo es similar solo que lo tendra que hacer en el Consulado italiano y a el le daran un N.I.E. como ciudadano comunitario. Un saludo
hola, mi cuesion es la siguiente: llevaba 4 años en españa de fomra ilegal, aunque durante todo ese tiempo estuve haciendo papeles para obtener la residencia mediante arraigo x que mi abuela es española, pero siempre me la denegaron, cuando yo vine a españa era menor de edad, a los dos años de estar aqui conoci a un chico español y hemos sido novios durane dos años y medio, vivo con el y el dia 14 de enero de ese año nos hemos casado, y nos dieron el libro de familia, mi pregunta es que debo hacer ahora para obtener la residencia, tambien me gustaria saber si el matrimonio ya es valido o si hay que registrarlo en algun sitio antes de iniciar los tramites, y que papeles piden para obtener la residencia de esta forma y si todo esto tarda mucho.
por favor si sabes de alguna pagina de internet o si tu lo sabes oriename un poquito que no que pasos debo seguir, muchas gracias.
p.d.: vivo en la comunidad valenciana lo digo por si implica en algo el lugra de españa en el que vivas,
Miry, lo tenes muy facil … aca podes leer mi experiencia ” Tramites para casamiento de ciudadano español con uruguaya residente Indocumentada“… aunque ya estas casada asi que lo que te queda es poco. Te dejo el fragmento donde mi acutal esposa comenta lo que tuvo que hacer.
RELATO DE EXPERIENCIA PERSONAL - Natalia Ledesma
Para obtención del N.I.E. – Tarjeta de Permiso de Residencia y Trabajo.
Importante: luego de finalizado el casamiento, pedir certificado de matrimonio. ( No es la libreta de matrimonio ) es una partida como las de nacimiento con sello y firma del registro civil donde te casas.
Nota previa: en algunas ciudades para presentarte con la documentación requerida para dicho trámite, es necesario pedir cita Previa. Es decir, acordar fecha y hora telefónicamente.
PASO Nº 1 – OFICINA DE EXTRANJERIA
Documentos a presentar en la Oficina de Extranjería:
*. Certificado de Matrimonio - Original y Copia.
*. Certificado de Empadronamiento de ambos - Original y Copia.
*. Solicitud de Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ( Modelo de solicitud EX 16 ) – Original y Copia - Debidamente cumplimentado, para descargarlo. Haz Click AQUÍ.
En el caso de no llevarlo o conseguirlo. En Extranjería te lo proporcionaran y lo podrás completar en el momento.
*. D.N.I. del ciudadano comunitario – Original y Copia.
*. Pasaporte del no comunitario – Original y Copia.
Luego de haber realizado este trámite se deberá esperar a que llegue en el domicilio la resolución del expediente.
Tiempo: Entre 20 y 45 días – Variable según ciudad.
Una vez que, tenga en su poder la Resolución, se Debra concurrir a la Comisaría de Policía (División: Extranjería) con las tasa que le indica la Resolución que debe pagar. Pago en Caja de cualquier Banco.
PASO Nº 2 – COMISARIA DE POLICIA – DIVISION EXTRANJERIA
Documentos a presentar en la Comisaría de Policía – División Extranjería:
*. Carta de la Resolución del expediente.
*. Comprobante de pago de la tasa. ( descripta en el paso anterior) Igualmente en ese momento podrán solicitar el pago de otra tasa.
*. Dos foto carne – ( Fondo blanco )
* En el momento de presentada esta documentación, te toman los datos personales, te toman la huella digital y te dan un resguardo.
* El resguardo es: una pequeña “tirita” de papel, con tus Datos y tu numero otorgado de N.I.E.
* En el momento te informaran de cuando podrás ir a retirar la Tarjeta con tu Foto. ( Te cambiaran la “tirita” por el plástico ) . Aproximadamente 45 días.
* Al momento de retirar la Tarjeta, deberán presentar el resguardo = la “tirita” y el pasaporte.
NOTAS FINALES:
* En el momento de poseer el resguardo ya eres legal y podrás realizar muchos trámites, aunque para alguno de ellos te pedirán la Tarjeta con la foto.
* Algo que debes hacer al tener el resguardo es: Darte de alta en la Seguridad Social, donde se te otorgara un Número que te lo pedirán a la hora de hacerte un contrato de trabajo.
Un saludo
Hola,
Ante todo gracias por tener activa esta web tan interesante.
Me gustaria saber si puedo conseguir papeles en España.
Soy Cubana y en unos meses tendré los 3 años de empadronamiento en Barcelona.
Mi situación es diferente a la mayoria de los casos que he leido en vuestra web.Yo llegue como viuda de un Español que me case en Cuba,aunque España no accepto este matrimonio por convenencia si me paga una pension de viudedad que paga España a mi persona.
No entiendo porque no me dan la residencia,no aceptan mi matrimonio en España no y en Cuba si….y me pagan la viudedad de un Español???
Podria tener mas ventajas para tener papeles en este caso?
Espero el arraigo sin tener en cuenta la viudedad reconocida por España?
gracias por su interes.
Yirsi
Yirsi, realmente tu caso es algo extraño creo que debes de consultar con profesionales o en Extranjeriá Este post podra ayudarte: ” ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería ” . Un saludo
quiero saber si es verda que hay una nueva ley que dise el que denga residencia puede trabajar hoy en dia disque salio en dicimbre mi tarjeda es de residencia por reagrupacion
Luis supongo que a lo que te referis a la ultima reforma de la Ley de Extranjería, la cual podes consultar en este post: ” Ley Orgánica de Extranjería 2/2009 ” y lo de la reagrupación, debe ser …. lo de: ” Conyuge e hijos reagrupados están autorizados a residir y a trabajar ” Un saludo
hola nicolas vera soy denice tengo 57 años y vine a montevideo uruguay a tramitar la juvilacion por convenio con españa la cual me fue negada desde españa hasta que cumpla los 65 años de edad aca si me juvilan los años son menos pero yo me quiero juvilar por convenio bueno la pregunta es yo entre a uruguay el 21 de junio del 2009 y quiero volver a españa con mi marido en marzo el nie lo tengo vigente tendre algun problema en entrar de nuevo yo vivo en tenerife norte espero su respuesta gracias
Denice si tenes tu permiso vigente podras entrar sin problema a España- Un saludo
Hola nicolas,tengo 30 años y hace dos que estoy en barcelona yo no trabajo solo quisiera saber si casandome con mi pareja puedo obtener el permiso de residencia.Mi pareja es uruguayo y hace años esta aqui,el tiene el permiso de residencia y trabajo y ahora en mayo le dan la permanente,agradezco tu respuesta.
Patricia, no solo si fuera español, deberas regularizarte por Arraigo. Un saludo
Estimado señor, mi nombre es Atif y estoy de Pakistán. Acabo de recibir mis papeles en araigo 3 días antes y lo hice mi contrato con el empleador i adjunta contrato cuando solicité araigo. de sus 40 horas de contrato. hasta ahora no he recibir tarjeta. puedo hacer otro contrato de 20 horas mas en otra empresa antes de recibir mi tarjeta. por favor, responda. Salud.
Atif, no termino de entender tu situación, de todas formas sera mejor que consultes en Extranjería. Un saludo
hola queria pedirte de favor q me sacaras de una duda , ya cumpli los 3 años para el arraigo social , q pasa si al estar trabajando dos meses encuentro un trabajo mejor y no cumplo el año de contrato , por favor asesorame.
Giovanni,deberas comprobar si tu arraigo esta limitado o no , en algunas provincias suele salir limitado,en el caso de que no lo esté podrías cambiar de trabajo pero ten en cuenta que para renovar esa autorización necesitas seis meses cotizados a la seguridad social y un contrato para renovar.
Sino tendras que pedir autorización para realizar el cambio. Un saludo
HOLA EL 03 DE MAYO CUMPLO MIS .3 AÑOS DE VIVIR EN ESPAÑA …PARA OPTAR MI PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR ARRAIGO ESO ESTA CLARO AHORA TENGO UNA DUDA ¿ PUEDE MI HERMANA Q HACE 1 AÑO Y MEDIO ES COMUNITARIA Y AHORA POSEE SU PROPIA EMPRESA , PUEDE ELLA HACERME EL CONTRATO DE TRABAJO ?
AGRADEZCO TU RESPUESTA
Paola, no se permite la contratación en una empresa familiar. Se prestaria para los fraudes. Podras presentarlo pero creo que te lo denegaran. Un saludo
Hola estoy por cumplir los tres años y la duda que me esta quedando en el momento es si el contrato de trabajo el cual es de un año debe ser por 8 horas o puede se por 4 horas diarias, eso seria para saber ya que en caso de muchos que queremos pagar nuestras propia seguridad social y asi tener una idea del monto y si es posible que sea por 4 horitas nada mas
Alex, debe de ser un contrato a tiempo completo duración es de un año y con 40 horas semanales minimo. Un saludo
Hola Nicolas, me gustaria de una informacion. llevo 2 años y 7 meses en españa y me gustaria de dar entrada en los papeles por ley de arraigo, seria possible empezar los tranmites antes de cocluir los 3 años, o es obligatorio esperar que complete para empezar..
Y una otra duda seria, mi novio corrio la tarjeta atraves da ley de arraigo y ahora recebio una oferta de trabajo en Francia es possible cambiar con esta misma tarjeta¿ Y desde ja, muchas gracias….
Gracias Nicolas Vera
hola una preguntita ,es q yo pedi el informe social por un contrato ,pero ese contrato no me sirve y quiero cambiarlo por otro ,q tengo q hacer ,pedir otro informe por el contrato nuevo gracias
Cristina, debes esperar a los 3 años para inicicar los tramites. SObre tu segunda consulta de lo de tu novio, el NIE permite trabajar en España, para Francia debe de tramitarla en Francia de acuerdo a las leyes francesas. Un saludo
Sofi, debes de solicitarlo nuevamente. Un saludo
muchas gracias nicolas por la informacion
A ver otra pregunta.. podrian indicarme el monto aproximado que se paga de seguridad social por jornada de 40 horas semanales por ejemplo como monitor de Gym, tambien como empleado de un local de comida rapida sigo pensando que tengo que conseguir algo donde me pueda pagar yo la seguridad esto esta muy chungo, desde ya gracias
Alex, no tengo ni idea de lo que se paga eso solo se lo peude informar en la Seguridad Social. Ademas que supongo que varia por comuinidades.Un saludo
Muchas gracias Nicolas
Hola ! estoy con una duda, a ver se puede ayudarme: tengo el permisso de trabajo y residencia por arraigo, y me gustaria traer mi marido por reagrupacion cuando cumpla un año, pero hay un pequeño problema, el tiene antecendentes.su abogado dijo que se puede limpiar el nonbre dentro de dos años, entonces ya no va constar nada… mi pregunta es : si se puede hacer la reagrupacion, o es mejor esperar que pase los dos años. Pues tengo miedo de hacer ahora y le denegarem, y se dentro se dos años intento hacer otra vez conste que fue por eso que le denegaron.
no se que es mejor. por favor aguardo resposta !!!
gracias
Carla, tal como te han dicho tenes que esperar a que no tenga antecedentes sino saldra denegada. Un saludo
hola! mi consulta es :hoy me ha llegado la carta con la concesión del arraigo social favorable y por lo que veo no esta limitada, este contrato de trabajo que presenté y me salió aprobado es de la empresa del mismo empresario que me habían dicho que debía presentar otro porque tiene deudas con la seguridad social y hacienda, como esta otra empresa de el esta en orden me lo aprobaron, pero yo necesito trabajar en la empresa la cual el tiene las deudas ya que estoy trabajando en ella hace 2 años, mi pregunta es:¿cuanto tengo que cotizar en la empresa que me salió favorable para poder darme de alta en la que trabajo actualmente? me puedo hacer un contrato de media jornada en la que trabajo y tiene deudas con la seguridad social y sigo manteniendo un contrato de 40 horas semanales en el que me lo aprobaron? o me tiene que despedir y poder hacer con la otra empresa que me interesa un contrato único? al hacer esto si el no aporta la seguridad social de ningún empleado y tampoco la mía a la hora de renovar es como que no estoy cotizando no cierto? … muchas gracias y espero me puedas ayudar y perdón por extenderme tanto.
gabriel.
Gabriel, tenes que permanecer al menos un año en la misma empresa con la cual se te concedio tu tarjeta, no es posible esos cambios que planteas, creo que tendras problemas si lo intentas, pero puedes consultarlo en Extranjería. Un saludo
Hola Buenas tardes, soy Rachid Serroukh hos quiero comentar un problema que tengo haver si ustedes me puedes ayudar o darme algunos consejos para solucionarlo.
Bueno, el problema esque me han expulsado de Espana despues de estar 19 anos vivendo en espana, tengo 15 anos Cotizados en la S.S y estoy casado y con tres ninos menores de edad nacidos en Toledo y en el dia 05 de mayo de este ano me han expulsado de Espana dejando a mi esposa con los tres ninos alli, y mi esposa sola no puede sacar los ninos adelante.
bueno yo he estado legalmente en Espana de 1992 hasta 2006 es cuando me han denegado el permiso de residencia y en de 2006 hasta mayo de 2009 he estado de manera ilegal hasta cuando me han detenido y me pasaron a la disposicion de el Juez de Toledo el que ordino me intenamento e(C.I.E) de Malaga alli me han dejado 17 dias y luego me han expulsado a marruecos
Hos quiero decir tambien que tengo un abogado que me lleva este caso en toledo , ha presentado 2 Recursos de Reformpa pero no le han contestado todavia y segun el abogado dice que se han equivocado conmigo. y que me han hecho una expolcion ilegal.bueno me gustaria por favor que me ayuden o darme algunos consejos para poder revocar esta expulcion y puder vuelver con mi Familia ya que tengo tres ninos menores alli , tambien hos quiero decir si necesitan cual quel documentacio de la expulcion del la comisaria o del juzgado y los recursos que ha hecho mi abugado se las puedo mandar por E-mail y asi pueden estudiar mi situacion mejor. espero vuestra contestacion y un cordial saludo .
Muchas gracias..
Muy buenas, mi consulta es la siguiente he metido en noviembre del 2009 los papeles para la primera renovación de la tarjeta de residencia, pero en enero a mediados eh consultando por Internet me sale en la respuesta solo RESUELTO pero no me dice si favorable o no,han cambiado la norma para emitir los comunicados de los expedientes por que me ha dejado en duda esto.
Un saludo
Rachid, realmente si lo estas manejando con un abogado, mejor que el en este momento o hay nadie para aconsejarte y guiarte en el proceso.
Estas expulsiones son complicadas, se estudia cada caso y como sabras lleva mucha burocracia = tiempo. Mucha suerte y un saludo
Francisco, la reagrupacion lo unico que cambio es que ahora los conyuges pueden trabajar,si aparece como resuelto en breve recibiras la notificacion por correo. Ten un poco de paciencia ya que estan todas las adminsitraciones bastante colapsadas de trabajo. Un saludo
hola Nicolas, mi consulta es la siguiente, quiero abrir una cuenta en un banco aqui en españa las mismas me piden que firme una declaracion jurada de que no recido en españa mi pregunta es si me perjudicaria esa declaracion cuando meta los papeles por arraigo. espero tu respuesta gracias.
Leticia, los banco desde hace años estan haciendo cualquier cosa .. ya no saben que inventar. Yo no te recomendaria que firmes algo asi. Seguiria buscando algún banco que solo te abra la cuenta con tu pasaporte. Un saludo
Tengo otra consulta, ni mi esposa ni yo nos hemos hecho los papeles aun pero ella esta embarazada y con suerte para cuando nazca el niño yo ya la tendria pero ella aun no, mi duda es el niño de acuerdo a la ley uruguaya se le da la nacionalidad española o de uruguay, en caso que sea nacionalidad española le sirve a la madre para poder tramitar la residencia o nacionalidad, y si no le ha llegado la tarjeta de residencia a ella la pueden deportar en el supuesto caso que al niño se le diera la nacionalidad española.-
Alex, el niño tendra las dos nacionalidades, porque Uruguay reconoce los hijos nacidos fuera del territorio y al ser ustedes dos uruguayos puede tramitarla con Uruguay. En cuanto a España, al nacer en el territorio le pertenece la ciudadania y tendra su DNI pero no facilita ni cambia en nada en cuanto a la situación legal de ustedes. Ella sin documentación, obviamente pueden deportarla o lo que sea, pero siempre se reconsidera la situación cuando hay niños menores. Pero depende de cada caso, todo lleva tiempo y creo que no pueden perseguirse con pensar que va a pasar algo asi. Un saludo
Gracias
Hola nicolas,mi pregunta es la siguiente puedo obtener los papeles por arraigo social,si ya tuve hace tiempo la tarjeta y se perdio por no cotizar,llevo seis años en españa,no tengo antecedentes.no se si el hecho de haber perdido anteriormente el nie me vaya a perjudicar en este nuevo contrato.muchas gracias
Paola, realmente nose decirte con certeza, ya no e conocido algun caso igual, supongo que si cumplis los requisitos no tendras problemas igualmente te recomendaria consultaras en Extranjería o con un especialistas.
En este post podras encontrar “Asesoria gratuita en materia de Extranjería”
. Un saludo
Hola Nicolas . Brillante trabajo el vuestro. Queria haceros una consulta. La empleada del hogar que tengo 2 dias en semana nos dice que se ha hechado un novio por internet y que le está pagando a un abogado para que le arregle los papeles. Nos dice que le hace falta un contrato de trabajo porque presentó los papeles y le han dado 15 dias o la expulsan.
No se son seguridad pero hace unos años que trabaja con nosotros , por lo que lleva más de dos años y sus niños , de 8 y 5 años , están en el colegio público (Marbella). ¿Como es posible pedir su permiso de residencia para regularizar la situación? Ella es Chilena o Argentina , no estoy seguro. GRacias.
Pablo, a ver “arraigo” hay dos tipos, “social” y “laboral“.
Para el arraigo social es fundamental contar con tres años en España y un contrato entre otros requisitos.
Con solo dos años, puede hacer el arraigo laboral, por lo cual solo puede conseguirlo con la prueba de que han existido las relaciones laborales. Demostrar haber estado trabajando con el mismo empleador durante al menos un año. Para demostrarlas debe presentar una sentencia que la reconozca o la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
Si tiene orden de expulsión, supongo que ese abogado querra apelar y forzar una regularización por arraigo. Pero esto no le saldra en 15 dias.
Te recomendaria que le preguntaras bien todo, porque ni yo me aclaro. Un saludo.
EN AGOSTO HARA TRES AÑOS Q ESTOY EN ESPAÑA
ME INTERESA SABER CUAL ES EL TIEMPO QUE DEMORAN
LOS PAPELES POR ANTECEDENTES DESDE URUGUAY
AH ESPAÑA
Hola que tal, soy Nicolás y vivo en Gerona. Quisiera saber que es lo que debo de hacer, y los papeles que debo de presentar para obtener la residencia española. Mi situación es que hace poco me uní en matrimonio (me case) con una española “aquí en España”. Que es lo que debería de hacer para conseguir la residencia. Así podría empezar a trabajar legalmente.
Nicolas, este post nno habla sobre eso.. te recomeindo leer este post: http://losyoruguas.com/espana-tramites-para-casamiento-de-ciudadano-espanol-con-uruguaya-residente-indocumentada/, la mitad del trmaite que se explica ya lo tenes hecho. Un saludo
Daniela, las demoras depende de lo que demoren en sacartelos en Uruguay y en enviartelos, casi siempre dependemos del Correos y sus benditos paros. Un saludo
buenas tardes Nicolas, mi pregunta es la siguiente, yo soy reagrupada por mi madre ella esta casada con un español……. yo tengo la tarjeta de residencia sin permiso de trabajo y tengo a mi novio sin papeles que targeta le darian a el si nos casamos? le darian la misma que yo tengo????
gracias anticipadas y saludos
maria
Maria, no es posible que se regularize tu novio de esa forma. Un saludo
hola quisiera saber porque me aparece resuelto me expediente de arraigo pero no me dicen si es favorable o no y además no me aparece numero de nie
hoa saludos aver si me pueden ayudar hace 5 dias me ha llegado la respuestadel recurso de alzada que presentey me sale denegado q puedo hacer ahora para poder obtener nuevamente la residencia,ya que todo esto me ha pasado por falta de cotizacion y no se como proseder y me mandan a interponer un recurso contencioso administrativo y no se como puedo arreglar mi situacion ayudenme por favor
hola llevo 8 años en españa mi pareja tiene la tarjeta permanente y somos pareja de hecho, quiero sacar mi tarjeta por arraigo social, tengo todo los requisitos excepto pero me falta el contrato, presentando los ingresos de mi pareja podria tener una posibilidad q me la acepten, o necesito obligado el contrato.aparte tengo una nena de 4 años y es española. tendria mas puntos para q me la acepten. gracias
Paola, umm la verdad que sin contrato hoy por hoy… creo que saldría denegada. Un saludo.
Hola Nico, hice los tramites de arraigo en noviembre de 2009, sabés mas o menos cuanto están tardando para dar la respuesta, yo lo miro por la pag del map.es ( tengo el numero de NIE y el nº del tramite) Muchas Gracias!!!!
Hola Nico, sabes cuanto estan tardando mas o menos en madrid los tramites por arraigo, yo metí los papeles en diciembre 11 de 2009. Muchas gracias!!
Victor, los tramites siempre depende de cada administración y realmente son muy dispares ya que hay que contar vacacines del personal, demandas etcetc.
Ademas que ahora lo que en de Aragon y Cataluña se presentan atrasos ya que estas comunidades tienen competencias… pero lo han instrumentado bastante mal y causa mas retrasos. Un saludo
Hola Nicolás. Gracias por tratar de orientar a quienes lo necesitamos. Sabes qué significa que en internet mi expediente de arraigo social aparezca como resuelto y tenga asignado NIE?. No dice si es favorable o no, ya fui a extranjería y me dijeron que tenía que esperar a que me llegara la carta. Pero quiza por los casos que te comentan sepas si te asignan NIE es que es favorable.
Un saludo
Mary, entiendo como favorable, tendras que esperar que te llegue la carta a tu casa. Al tener numero de NIE asignado.. es favorable. Un saludo
Estimado Nicolás, necesito ayuda para mi amiga !!!
Ella ha venido de vacaciones desde Bcn a Uruguay con su esposo e hijo, ellos residen legalmente hace años en España , es más ya estan tramitando la nacionalidad.
Pero al llegar a Uruguay se ha dado cuenta que se le ha quedado el NIE en su casa, (y eso que ella es muy organizada)
Lo que no sabesmos es si a su regreso a España, en migraciones, le pidan que muestre su NIE, y que sucederá, en su pasaporte que aun es uruguayo, está impreso el priemr visado que tuvo, pporque luego ya le dieron el NIE, el miedo es que no la dejen pasar.
Ella no recuerda su num. de NIE, pero su esposo si, pero no se si lo aceptarán o ellos conel num pueden ver en su ordenador que ella está con residencia legal.
Tambien hemos pensado denunciarlo como extraviado, pero no se si en el consulado de España en Uruguay se lo solucionarian.
Desde ya agradezco me respondas pues es algo muy angustiante .
Mucha gracias
Cecilia, lamento la desagradable situación. Al ingresar seguramente si se lo pidan… extraño que no s elo hayan pedido a la ida. En el caso yo creo que hay dos posibilidades.
1- Que se lo envien desde aqui si alguien tiene forma de conSeguir el NIE.
2- Que lo denuncie como extraviado, en una comisaria en Uruguay y lleve ese papel, es algo que puede pasar asi que en todo caso los funcionarios tendran que tomarse la molestia de consultar sus ordenaodres para comprobar sus datos.
En el Consulado, no creo que le solucionen mucho.
Que no se amarguen y que disfruten … Un saludo
Muchas gracias Nicolás, no , no se lo pidieron al salir, y no, no tiene forma de que se lo envien pues , vino toda la flia. y creo que la segunda opcion va a ser la más segura, además como tu dices , eso puede ocurrir, y seguramente con que el esposo de ella les diga verbalmente el num de NIE , ellos podrán comprobarlo como tu dices , muchos saludos desde Uru.
Hola a todos! yo queria preguntar una cosita que me tiene loca ya, me han echo dar mas vueltas que una calesita” ^^
bueno, lo que queria preguntar es:
yo tengo mi nie caducado y ahora me han echo un contrato de un año y voy hacer un arraigo social ya que pasaron años desde que vencio mi nie, entonces, me pidieron el cerfiticado de antecedentes penales de uruguay y ya lo tengo, la cuestion es, que hace falta legalizarlo o no se que me dijeron que hay que ir a madrid, primero los del consulado de uruguay en sevilla me dijeron que tengo que ir al ministerio de asuntos exteriores :S llame ala embajada de uruguay y me dijeron que ese tramite se hace en el consulado de madrid, y yo digo porque no se puede hacer en el consulado de sevilla??? y que tipo de tramite tengo que hacer? es un sello o una firma supongo que tienen que poner ahi en el certificado de antecedentes penales, bueno si alguien sabe o le paso lo mismo que me aconseje gracias y que tengan un buen dia!!!!
otra pregunta, saben si hay alguna posibilidad de poner una queja al consulado?? no atienden el telefono ni ala de cien!!! para que estan entonces?? cobran una pasta y no hacen ni el huebo!!!!!!!! habria que hacer algo. te cobran 30 euros por una firma, luego 60 euros por poner las huellas, eso lo veis normal¿? esos precios quien los pone? esto es indignante!
Hola Nico, gracias por la respuesta anterior, yo cuando miro el estado del tramite me aparece como en tramite, pero ya tengo asignado un numero de NIE que me lo pone en la web, esta en tramite pero tengo NIE, me podrias decir que significa, si es que cuando te aisgnan el nie es favorable o es un nie provisional y te lo pueden denegar igual? Muchas gracias
Valeria, el primer error esta en que tendrias que haber legalizado ese certificado de antecedentes penales en Uruguay antes de que saliera para aca. ( tanto en el consulado español, como en el Ministerior de Relaciones Exteriores ).
Ahora bien, al no tenerlo hecho, segun lo que entiendo tenes que ir a legalizarlo, realmente el tramite es simple porque solo comprobarian que el documento no es falso y solo con un sello y una firma el documento quedaria legalizado.
Pero no se si realmente se hace asi. No conozco ningun caso igual.
Supongo que tendras que simplemente legalizarlo ( previo pago … obviamente ) Te recomendaria que trates de tomartelo con calma.
Siempre los Consulados tienen esas cosas, yo por la experiecnia y comentarios en la web y de la gente que me contacta, te diria que si hay muchas quejas en Consulados en España, pero en cambio en otras partes del Mundo funcionan muy bien y todos destacan la excleente atencion que siempre reciben.
Las quejas podes remitirla al ministerio de relaciones exteriores que en teoria que es el que tiene que hacer funcionar bien a estos Consulados.
Mucha suerte y un saludo.
Victor, yo interperto que esta aprobado, solo trancado el tramite por lo problemas burocraticos que te comentaban. No conozco ningun caso que le hayan dado numero de NIE y luego no se lo den. Un saludo
hola y antes que nada gracias por atenderme, quisera que me saqueis de una duda, ingrese los papeles para obtener permiso de residencia por arraigo social con fecha 10-10-2009 y a fecha 05-02-2010 salio la resolucion por internet pero veo el estado de la resolucion y veo que pone “RESUELTO”, no pone ni “favorable” ni “no favorable”, estoy con la duda si es positivo la resolucion o negativa no se que hacer y en cuanto tiempo me llega la carta de notificacion, quisiera que me indiqueis que debo hacer, gracias por vuestra ayuda.
hola soy carmen tengo la segunda tarjeta de reidencia desde el 2008 y actualmente trabajo tengo a mi hermana q ya lleva 2años y 9meses crees q aparte de los requisitos q piden seria bueno acreditar q estoy yo aqui con situacion regular creeis q eso ayude si o no espero q alguien me ayude por favor gracias ella cumple los tres años en mayo cuando podria ya meterlos
hola tengo una hija española de 14 años,….yo quisiera saber si puedo optar a la residencia por arraigo social y cuanto tardaria en darse si asi fuera
Danitza, deberas esperar la carta. ten paciencia. Un saludo
Carmen siempre ayuda tener algun familiar, porque es uno de los requisitos aunque es de los que menos peso tiene. Asi que lo comente cuando vaya a ingresar su documentacion. Un saludo
Hola Nico! Primero agradecerte todo el tiempo que nos brindas respondiendo a todas las dudas y preguntas de muchos inmigrantes en este país, yo quería hacerte una consulta, hace más de tres meses (a finales de octubre del 2009) que solicité el arraigo social y ayer en la página WEB me sale que el estado de resolución está resuelto pero no figura el NIE (dicho campo en blanco). La cosa está en que luego envié un sms al 27110 con el número del expediente de apertura, lo curioso es que en el sms me sale mi NIE y me dice que el estado está en trámite, me he quedado con las dudas de por qué no sale el NIE en la WEB, en cambio enviando un sms me dice el NIE. Es esto normal ?
Muchas gracias por su atención y tiempo.
HOLA SOY DE BRASIL VOY PRA TERCERA RENOVACION POR AUTONOMA AHORA ESTOOYPOR CUETA PROPRIA DESDE LA segunda renovacion la pregunta es que documentacion necessito presentar pra 3renovacion mi tarjeta vigora asturias pero canvie la direcion de padron aze 8meses a segovia en la policia nacionalablaram que no aze falta canbiar la tarjeta ya que esta cerca la renovacion es certo
veo que tiene mucho cariño com las perssonas que te buscan que dios sega te iluminando sienpre um saludo as.cristna
Cristina deberas de preguntar bien en Extranjería porque no entiendo al menos lo del cambio de domicilio. Un saludo
Mohhamed el sistema tanto web como de sms segun comentan varios presenta algunas irregularidades, espera a que te llegue la carta o podes ir personalmente a ver si te dicen algo. Un saludo
Si alguien podria aclararme esto por favor, hace meses empece mi tramite de arraigo social y al ver el estado de mi tramite en la pagina de extrangeria en la resolucion del tramite me sale RESUELTO pero la gran duda q tengo es q si es un resuelto favorable o no favorable por q solo pone resuelto y la carta aun no me a llegado no se si se a extraviado por favor alguien puede aclararme este asusto gracias.
Maria, hay muchos casos como el tuyo, hay mucho atraso en Extranjería y incluso se notan problemas en la propia Web.. Solo te queda esperar la carta. En caso de dudas dirigite personalmente a Extranjería. Un saludo
Hol, soy uruguayo, de canelones, y estoy en situación iirregular hace 2 años y 6 meses. Estoy esperando a “cumplir” los 3 años pero me llego un comentario de que se pueden presentar los papeles 3 meses antes de “cumplirlos”. En mi caso tengo el contrato y todos los documentos qque se me piden. ¿Es verdad eso de los 90 dias antes?
Espero que alguien enterado en la materia me pueda ayudar! Gracias!!
Jose, yo al menos creo que no, pero el mejor lugar para informarse es en la propia Extranjeria-. Un saludo
Nicolas, a ver si tenes idea de si entre propuesta laboral y contrato laboral hay alguna diferencia legal, ya que para el arraigo social algunos dicen que se nesecita una propuesta que no se en que consiste y afirman que no puede ser contrato ya que al no tener la tarjeta aun y como eso seria solo para el inicio de los tramites no te pueden ofrecer un contrato, a parte que por la demora que tiene la repuesta de la tarjeta uno no puede trabajar donde le han ofrecido el contrato o propuesta si es que tienen diferencia, creo que me lie.-
Alex, por lo que yo se … es mas o menos lo mismo contrato o propuesta lo que tiene que decir es claro y es que te van a contratar por un año a tiempo completo ( 40 hrs semanales ) y las condiciones, etc,etc. .. Un saludo
nicolas la inquitud grande y peocupante, estuve 7 años en españa y en el 2005 me dieron residencia, con contrato de trabajo pero la perdi porque el empleador no cotizo el tiempo suficiente.despues de tanto voltiar y luchar hice tres intentos de arraigo social,y me los denegaban por tener carta de expulsion, delicado de salud, me vine a mi pais colombia tambien por enfermedad de un hijo de 12 años que tenia leusemia, claro me vine sin papeles cansado de tanto esperar desde el 2008,, y ahora rersulta que me informa el abogado que me dieron por resuelto y tengo que ir a lo de los tramites, mi preocupacion nicolas es si podre entra con visa de turista o que me acoseja que haga deseo hoy mas que nunca optener esa residencia por la que tanto e luchado, en extrangeria no saben que estoy fuera, que hago por dios….. te rreuego me contestes a la brevedad posible al piso donde residia no me a llegado la resolucion que tiempo me dan para presentarme ayudenme por fabor en este caso,,, muchas gracias ,,
Para Alex. Tenés que presentar un contrato de trabajo que ponga que vas a trabajar 40 hs semanales a tiempo completo y que vas a trabajar como minimo 1 año en esa empresa. (en el contrato) Donde pone la fecha de inicio del contrato no se pone nada, ni donde pone NIE O DNI. Tiene que poner lo que vas a ganar (ej: 850 euros). En la segunda hoja del contrato donde pone ANEXO, tenes que poner que el contrato entrara en vigor cuando el trabajador obtenga su respectiva autorizacion para trabajar y residir legalmente.
En una hoja aparte entregá una carta que ponga que la empresa necesita contratarte por ejemplo por aumento del volumen de trabajo o porque tenes una cualificacion especial (esto lo tiene que hacer el empleador, o lo haces vos y que te lo firmen y te pongan el sello en todos los papeles que entregas). espero que te aclares un poco, un saludo y suerte.
Hola, necesito tramitar el DNI y pasaporte a mi bebe de 6 meses, segun tengo entendido esto se realiza en la comisaria y al no tener papeles me da temor hacerlo, que me sugieres?
Jazmin no te preocupes, todos los indocumentados que tienen hijos obviamente hacen el tramite ellos y no pasa nada. Yo nunca supe que alguien haya tenido problemas. Un saludo
hola nicolas tengo una pregunta yo como papa estoy en los tramites en argentina con la ley del anexo 1 pero me han dicho que mis hijos mayores de edad no pueden aplicar con esa ley
mi pregunta es que con la reagrupacion familiar yo tengo que vivir en españa por un año para pedirlos a ellos art.45.2.c
Gracias Victor
Hola Nicolas, pedi cita por internet para solicitar arraigo social el dia 14/2/2010, hoy a 20/2/2010 aun no he recibido contestacion, quiero saber si sabes de otros casos y mas o menos cuanto tardan en contestar.. En algunas de las preguntas
Hola Nicolas, el día 14 de febrero de 2010 solicite cita por internet para arraigo social, aun hoy 20 de febrero de 2010 no me han contestado dandome fecha . quiero saber si sabras mas o menos cuanto tardan? entiendo que me enviaran un correo a mi email. o es que debo revisar alguna pagina para este dato. tambien he visto en tu columna personas que hablan de una pagina donde chequean el estatus de sus papeles, si me pudieras dar esa direccion de pagina. Mil gracias por tu atencion.
hola otra ves, quisiera porfavor me saques de una duda, tengo que renovar en abril, tengo una denuncia penal por alcoholemia que fue juicio rapido 8 meses de retirado, 720 multa y trabajos sociales , del cual ya e realizado todo lo que me condenaron osea los trabajos sociales, ya tengo el carnet y ya pague la multa estoy procediendo a la cancelacion de los antecedentes con un abogado pero mi duda es que el abogado me indica que no hay que esperar los 2 años por el tiempo sin delinquir que es mi caso y que abra que esperar a la cancelacion e antecedentes presentados. es posible presentar la solicitud de cancelacion sin haber transcurrido los 2 años, si demora la cancelacion de la pena me quedare sin papeles y tengo solo hasta el 17 de julio. gracias
Jorge, realmente desconozco ese tema. :-( Un saludo
Leonor, esta información puede obtenerse en el teléfono 902.02.22.22 o por la webs OFICIAL:
» Consulta por número de expediente
» Consulta por número de identificación de extranjero (NIE)
Un saludo
hola nicolas es q cuando consulto por mi nie el estado de resolucion ,me sale resuelto el dia 08 de 02 de 2010 pero no me ha llegado la carta y cuando tarda mas o menos esa carta un saludo ,gracias
Sofi, los tiempos varian… depende de la adminsitración de correos, de muchos factores. Llama por telefono o acercate a una oficina por las dudas que haya algun problema con tu dirección o similar. Un saludo
¡Buenas tardes!
tengo una gran duda, se trata de que hace tres meses más o menos me pararon conduciendo una moto sin carnet y tuve que ir a jucio, y me declaré insolvente y de la sentencia sólo me quedan por pagar los 30 días de trabajo en servicio a la comunidad, la qüestión es que yo estoy en situación ilegal y ahora he comenzado a hacer los trámites para obtener la residencia por arraigo social, y me gustaría saber si me afectará o no, ese problema que tuve, yo soy de nacionalidad chilena y no tengo antecedentes en mi país.
Paulina, eso lo tendran en cuanta hasta que no llegue el momento imposible saber cuanto afectara. Un saludo
Hola, estoy realizando los trámites para residencia por arraigo, tengo una empresa que me quiere hacer contrato indefinido. He ido a una abogada para
realizar el trámite y me ha hecho un contrato por el término de 12 meses, la empresa me dice que no puede hacerme por el término de 12 meses, porque por convenio puede ser solo máximo 6 meses, que quieren hacerme contrato indefinido, pero la abogada me dice que indefinido no puede ser para iniciar el trámite, que tiene que ser esas condiciones: 12 meses. ¿ me pueden aclarar esto, por favor?
Muchas gracias
Andrea, si es raro pero asi es la ley debe de ser por un año. Un saludo
Felicitaciones Nico, por este espacio y el tiempo que das para responder las inquietudes de quienes pasan por este sitio, solo quiero aportar en este espacio lo siguiente.
Mi mujer ha estado tramitando los papeles para la reagrupacion, pero en la página web del http://www.map.es sale RESUELTO, pero eso no es favorable, a las personas que estan preguntando si RESUELTO es bueno… Pues no lo es, acerquensen a preguntar y no esten esperando porque a mi mujer le ha llegado la carta diciendo que tiene que cumplir otros requisitos.
Ahora la pregunta es…. Si una vez presentando nuevamente estos documentos toca esperar nuevamente 3 meses?? Porque ese es el tiempo que se han tomado en dar la respuesta que lastimosamente ha sido un poco triste para ambos ya que toca seguir esperando…
Si sabes algo muchas gracias Nicolás…. éxitos!!
Cristhian, buen aporte el tuyo, eso es asi ya que la resolucion es que esta terminaod el tramite pero obviamente no si es positivo o negativo.
Sobre tu pregunta si debes de esperar…. es asi de feo ..Un saludo
HOLA NICOLAS… MI PREGUNTA ES LA SIGIUENTE ..RESIDOEN LA COMUNIDAD DE MADRID Y ME HACE FALTA EL CONTRATO PARA EL ARRAIGO SOCIAL… TENGO UNA OFERTA DE UN EMPRESARIO DE CASTILLA Y LEON CON ESE CONTRATO PUEDO SOLICITAR EL TRAMITE EN LA COMUNIDAD DE MADRID O POR EL CONTRARIO DEBO HACERLO EN LA COMUNIDAD DONDE ESTA RADICADA LA EMPRESA….. GRACIAS POR LA ATENCION PRESTADA
Ricardo, por tema de lejania no seria creible que todos los dias te desplazes asi que empadronate en Castilla y tramite todo ahi. Un saludo
hola nicolas, he entrado a españa con un visado turista, en 01/06/2007 he qudado aqui y no he empadronado hasta el dia 17/12/2007 y quiero solicitar el arraigo social con visado que va a cumplir 3 años en 01/06/2010 claro con otras pruebas como western union. tarjeta de sanitaria, certifica de colegio, cuenta del banco facturas de compra alta de afiliados en un sandicato (ugt)… pero tengo duda que no me acceptaran el visado o me causara problemas, pero he preguntado gestoria y sandicato (ugt) y me han dicho puedes solicitar arraigo social. y no se que me digas nicolas?
Khalifa, si el arraigo lo puedes solicitar pero al empadronarte en Diciembre te recoemndaria que esperaras a esa fecha. Sino puede salir negativo. Un saludo
hola nicolas gracias al respuesta, pero si intentando con visado y me sale nigativo, y despues esprara hasta el diciembre y cambiara el pasaporte, me acceptaran o no? o me preguntan sobre la problema de visado que lo intentado con ella antes?
lelio:
Una vez que obtengas la nacionalidad por el Anexo 1, tus hijos mayores pueden obtener residencia legal por 1 año, artículo 45.2.c. No tiene nada que ver que residas en España. Son ellos lo que tienen que ingresar a España y pedir el arraigo familiar. El formulario se llama EX00. No precisan contrato de trabajo ni nada, solamente antecdentes penales del pais de origen.
Khalifa, realmente no te entiendo lo que me explicas …. :-(
Hola Nico, hoy mi tramite aparece como RESUELTO el dia 26/02/2010, y hoy han actualizado la web del map.es ya que hasta ayer aparecia como EN TRAMITE, sabes mas o menos cuanto tarda en llegar la carta, y si es probable que sea positivo porque me han dado un numero de nie en la web???
Un saludo y muchas gracias
Victor que este resuelto no quiere decir indefectiblemente que a sido aprobado. solo resta esperar porque los plazos varian. Suerte y un saludo.
Hola Nicolas, soy peruano, vivo mas de 3 años en españa, he tenido una hija que ya se le dio la nacionalidad por simple presuncion, soy medico y tengo permiso de estudiante, trabajo en un hospital publico a tiempo completo con un contrato laboral y de formacion, he presentado la documentacion necesaria para el arraigo social pero me piden que presente copia del DNI del empleador y de la titulacion necesaria para el ejercicio de la profesion, eso esta marcado en un papel impreso que segun la ley 4/1999 debo presentar en un plazo de 15 dias. El problema es q en el hospital no me quieren dar la copia del dni del director gerente que es quien figura como empleador. Crees q si no presento el dni no me aprueben el expediente?. Necesito un consejo, muchas gracias x anticipado
Ernesto si te lo piden es un requisito la no presentacion de ese documento si puede causar la anulacion de todo. Exige que lo presenten sino asesorate con un profesional porque tendrias que poder exigirle la presentación de lo que te estan pidiendo. Un saludo
Gracias x la rpta, un saludo
Hola quería ver si me podías orientar un poco ,,,soy uruguayo hace 4 años que estoy en Catalunya ,,en setiembre me presenté para que me den el permiso de trabajo, con un pre contrato que me hizo una empresaria, ,,bueno hace dos días me llegó una carta ,,,en la que decía que me tenía que presentar en extranjería con dicha carta y el contrato con al menos 40 horas y 1 año de vigencia en la carta que me llegó había un numero de NIE
Yo creí que ya me había salido el permiso. Pero cuando fui con el contrato me sellaron la carta ,y me dijeron que tenia que esperar otra carta con la resolución y estoy medio nervioso por ese tema ,,quería preguntarte cuanto demora tal resolución,, ,y si ojalá que no pero me puedan denegar igual el permiso ,,bueno un saludo y muchas gracias por todo
Carlos, como decimos siempre los tiempos varian…. ultimamente en Cataluña se estan presentando muchisimas demoras, asi que hay que esperar a ver si sale a favor o denegada. Un saludo
hola, llevo en españa 4 años sin papeles quisiera saber si puedo acceder a la universidad en esta situacion por favor si alguien sabe algo os lo agradeceria
Angi, yo creo que no, pero te recomendaria que fueras a una oficina de la Subdelegación de Gobierno y preguntaras por las dudas.
Yo he enviado mails pero no responden… Un saludo
Hola!!.. Llevó en España tres años y medio y tengo un hijo español, he solicitado mi arraigo y he cumplido con todos los requisitos.. Hace un mes recibí una carta donde me exigían que pagara unas tasas.. Eso es positivo?
ok gracias lo hare saludossss…….
Hola Nicolas, me acaban de denegar el permiso de residencia, que habia solicitado, por estar casada con un español, el motivo es que estamos empadronados en pueblos diferentes, aunque vivimos juntos desde hace 4 años, a mi marido, por motivos fiscales le interesa estar empadronado en otra localidad, y yo estoy empadronada donde trabajo, que es donde vivimos lod dos. me lo pueden denegar por este motivo. Para la declaracion de renta y para casarnos no fue este ningun impedimento porque para el permiso de residencia si lo es, gracias anticipadas
Eli, que ta haya llegaod la carta para pagar las tasas no significa nada, ya que igualmente puede salir denegada la solicitud. Un saludo
Beatriz, esa denegacion es valida. son tramites diferentes y cada uno tiene sus requisitos. Deberan estar los dos empadronados en la misma localidad. Un saludo
hola necesito informacion sobre la nacionalidad para un cubano en españa por arraigo y una carta de inscripcion consular que me piden para hacer la nacionalidad gracias
hola nicolas yo me voy a estudiar a españa mi pregunta es cuando uno es emigrante y estudia luego que consigue la residencia en españa los estudios son validos ? hay personas que me han dicho que no y ptros que si muchas grasias por tu respuesta kiara
Kiara, los estudios son validos, nose quien te pudo decir eso pero es ilogico. Un saludo
Yoseniel, no entiendo tu cuestion ya que la “nacionalidad” por “arraigo” eso no existe son cosas totalmente diferentes. Un saludo
Hola. Mi duda es…Si en la pagina de Map aparece mi expediente como resuelto pero no tiene numero de NIE..Entonces esque mi arraigo es no favorable?
Cesar, no tiene porque espera a que te llegue la carta antes de preocupoarte de mas. Un saludo