ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería

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Desde el inicio de este proyecto, nos volcamos en ayudar en todo lo que esta a nuestro alcance a todos los usuarios que requieran asesoramiento en materia de extranjería, papeles,etc. Situando especial cuidado en lo referente a España ya que es el País que desprende mas consultas ante sus extensas y controversiales leyes migratorias.

No obstante, como destacamos al pie de nuestras paginas “…Debe considerarse la información obtenida, como orientativa. Se recomienda consultar la información de fuentes oficiales…”.

Ante este hecho, hemos indagado en Internet para localizar que organizaciones y asociaciones ofrecen asesoria especializada de forma gratuita.

Aunque algunas no sean en tu localidad, igualmente te recomendamos que contactes para que te ayuden a localizar la mas cercana a tu lugar de residencia.

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.

FEDELATINA
Barcelona - C/ Nou de Sant Francesc 15
Tel. 93 192 4114
Miércoles y jueves de 10.00 a 14.00h / Lunes de 16.00 a 18.00 / Miércoles de 18.00 a 20.00h
Sin cita previa.

CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado)
Avd. General Perón 32 2ºD
C/Noviciado 5. (metro: Nuevos Ministerios)
Tel: 91-555 06 98 y 91-555 29 08
Valencia 963 162 477
Alicante 966 378 328

Iglesia Católica
Valencia: Lunes a viernes desde las 9:00 hasta las 13:00 horas en la plaza de Cisneros, 5.
Alicante: con cita previa en el teléfono 965 127 485.

Comisiones Obreras (CC.OO.)
En la centralita te indicarán la oficina que te corresponde por tu lugar de residencia.
Teléfono: 963 925 696.

Unión General de Trabajadores (U.G.T.)
En la centralita te indicarán la oficina que te corresponde por tu lugar de residencia.
Teléfono: 963 936 371.

Cruz Roja
Valencia: cita previa en el teléfono 963 802 244.
Alicante: cita previa en el teléfono 965 254 141.
Murcia: martes y jueves de 9:00 a 14:00 horas en la sede de la calle General San Martín, 3.

Colegio de Abogados de Valencia
Personalmente en Avenida del Saler, 14, en la Ciudad de la Justicia.
De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

Colegio de Abogados de Murcia
Lunes a viernes desde las 9:00 hasta las 12:00 horas en la primera planta del Palacio de Justicia de Murcia. Ronda de Garay, 5.

Ceimigra
Valencia: Las fichas para acceder a la consulta se reparten a las 8:45 y 15:45 horas de lunes a jueves. La sede se encuentra en la calle Gran Vía de Fernando el Católico, 78.
Alicante: cita previa en el teléfono 965 146 768.

Aculco
Valencia: Asesoría personalizada de 18:00 a 20:00 horas en la calle Peña Golosa, 5.
Alicante: cita previa en el teléfono 966 592 411

AMICS
Teléfono: 902 515 010.

AYUDA-T EXTRANJERIA
Primera consulta gratuita: http://www.ayudatextranjeria.com


INMIGRAMADRID
El Portal de la Consejería de Inmigración y Cooperación dispone de un servicio de asesoría jurídica, para realizar una consulta, es necesario registrarse, hacer click AQUÍ - https://gestiona.madrid.org/inmi_pub/run/j/Registro.icm?accion=Registro

APROSERS (Asociación de promoción de servicios sociales)
Necesario cita previa.
Horario lunes, martes y miércoles de 9’30 a 13’30 h.
Avd. Portugal 109-111 28011 Madrid (metro: Plaza del Ángel o Alto de Extremadura)
Telf. 91 547 66 96

ASISI (Asociación solidaria para la Integración Sociolaboral del inmigrante)
De lunes a viernes de 9’30 a14 y de 16 a 19 h.
C/ Gran Vía, 80 planta 9 despacho 911
Madrid 28013
Tlno: 91 222 25 29

ASTI (ASOCIACIÓN SOLIDARIDAD CON TRABAJADORES INMIGRANTES)
Lunes, martes, jueves y viernes de 9 h. a 13 h. de la mañana, con cita previa en el
C/Cava Alta, nº 25, 3º Izq. 28005 - Madrid. (metro: La Latina)
Tel: 91 365.65.18 / 91 365.64.48

ATIME (Asociación de trabajadores inmigrantes marroquíes en España)
C/ Canillas, 56 28002 Madrid
Tlno: 91.744.00.70

CENTRO DE ACCION SOCIAL: SAN RAFAEL
C/ Isla de Saipán, 35 Madrid (metro: Ilustración)
Tel: 91 316 69 72/91 316 17 44

CENTRO DE INFORMACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS. (CITE) CC.OO.
Cita previa telf. 91 536 53 20
C/ Lope de Vega, nº 38, 1º (metro: Banco de España - Atocha)
Tel: 91 536 53 20

CENTRO DE ATENCIÓN A TRABAJADORES INMIGRANTES (UGT)
C/Maldonado, 53 28006 Madrid (metro: Diego de León-Núñez de Balboa)
Tel. 91 745.45.30

FUNDACIÓN IBEROAMÉRICA-EUROPA
C/ Hermanos Bécquer, 6 1º C Madrid
Tel: 91 532 28 28
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57 Comentarios on “ESPAÑA - Asesoria gratuita en materia de Extranjería”

  • Carlos Rito
    14 July, 2009, 20:40

    Muy buena recopialcion… graciass….

  • vanesa
    15 July, 2009, 13:19

    hola
    quisiera saber si mi hija de 16 años estando un año fuera de españa teniendo la tarjeta de regimen conmunitari puede entrar a españa sin problema la tarjeta se le caduca el 2012 igual se puede caducar ,o ya no la dejaran entrar ella esta en ecuador q es su pais de origen

    muchas gracias.

  • 15 July, 2009, 19:36

    Vanesa, si puede entrar, los problemas se pueden presentar al momento de la renovación. Un saludo

  • 16 July, 2009, 17:57

    Hola.. me gustaria saber si por ser nieto de Espanõles podria tener alguna facilidad para conseguir la ciudadania Española… me quiero ir a vivir a españa.

  • 16 July, 2009, 18:24

    Edgar, si podrias, te recomiendo que leas estos dos post que podran ayudarte:

    1- “Solicitud de la nacionalidad española por la Ley 52/2007 - Ley de la memoria histórica
    2- ” Ley 52/2007 - Ley de la memoria histórica

    Un saludo y mucha suerte.

  • ruben
    17 July, 2009, 16:21

    hola que que tal un saludo desde valencia y gracias por atenderme ..queria preguntar una ves aprobada la renovacion de mi permiso (eso sucedio en el mes de mayo)me quedo si trabajo y no pude pagar las tasas por lo que el tramite lo tengo parado ,en este momento sigo rabajando me quieren hacer contrato pero no se que pasa con la targeta ¿se puede seguir el tramite’??..era esa la consulta gracias

  • 17 July, 2009, 16:39

    Ruben, realemente yo creo que deberias de consultarlo en Extranjeria directamente si te permiten continuar con el tramite o deberas de presentar una nuevo.
    La renovacion solo se puede iniciar 60 dias antes del vencimiento. Te recomendaria que leyeras tambien el post de ” Renovacion de la tarjeta de residencia ” que quizas algo pueda ayudarte. Suerte y un saludo

  • 22 July, 2009, 12:56

    IMPORTANTE: A partir de hoy se unido a la Web Anna Sáez Quevedo, Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y directora de Bufete ASQ Abogados de la ciudad de Barcelona.

    Nos acompañara con columnas semanales en la resolución de dudas y asesoramiento legal respecto a temas de extranjería y asesoramiento en otros asuntos legales de actualidad e interés para todos los Uruguayos que residimos en España.

    Visiten el siguiente post y sugieran temas para tratar en la web: http://losyoruguas.com/nueva-incorporacion-al-equipo-de-losyoruguascom/

  • JOHANNA CANALES
    3 August, 2009, 19:10

    hola, antes agradesco la ayuda que me puedan prestar. mi tarjeta de residencia se a caducado hace cuatro meses, y estoy optando por el arraigo pero no tengo trabajo, entonces, ¿puedo demostrar que vivo de los ingresos de mi pareja, sin estar casada?. y puedo tramitar la nacionalidad si cumplo con todos los requisitos, excepto con la tarjeta de residencia que esta caducada.

  • 3 August, 2009, 20:47

    Johanna te recomiendo que consultes en algunos de estos lugares que recomendamos para que te asesoren ya que tu planteo no es nada facil, por tener la tarjeta ya vencida y por tu planteo sobre los ingresos de tu pareja.
    Suerte y un saludo.

  • maria julia
    23 August, 2009, 18:58

    HOLA QUISIERA HACERLES UNA CONSULTA TENIENDO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA PUEDO ACOGERME AL PARO ACUMULADO AL MOMENTO DE IRME A MI PAIS DEFINITIVO A URUGUAY.GRACIAS.LES HAGO ESTA PREGUNTA ANTES DE TOMAR UNA DECISION PORQUE ME LLEGO LA CARTA PARA LA NACIONALIDAD Y QUISIERA SABER SI LA ADQUIERO O NO PORQUE CONSIDERO QUE MI PARO LO TRABAJE Y ME PERTENECE AL MOMENTO DE IRME GRACIAS

  • 24 August, 2009, 8:11

    Maria,el abono acumulado de la prestación por desempleo solo es para lo no comunitarios. Un saludo.

  • Julián socorro
    26 August, 2009, 18:11

    Buenos días! quería saber si ya se ha modificado la Ley Orgánica del Estado español en relación al tiempo que pudiera quedar confinado en un CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros), un extranjero que llegara, por ejemplo al aeroopuerto de El Prat (barcelona). Siendo que el oficial de inmoigraciónconsidera que no cumple los requisitos para entrar al país, y que el juez dictamina la deportación.
    Hasta hace poco el tiempo máximo de privación de libertad era de 40 días. Pero tengo entendido que este tiempo se amplió recientemente.

    Me interesaría saber, si efectivamente hubo una modificación, de cuántos días estamos hablando ahora.

    Y también me gustaría saber qué artículo de la Ley Organica del Estado dictamina esto.
    Muchas gracias por su valiosa asistencia.

  • 27 August, 2009, 17:27

    Julián, la Ley a tenido una modificación, Aqui podes verla: Real Decreto 1162/2009. Pero aun no se ha establecido sobre los Centros de Internamiento. Se supone que en breve cambiara y si pasara de 40 dias a 60.
    Un saludo

  • 4 September, 2009, 20:00

    HOLA BUENAS TARDES,MI CONSULTA ES URGENTE YA QUE TENGO LA CARTA PARA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA,PERO ME PARECE QUE NO LA VOY A ACEPTAR PORQUE ME PIENSO VOLVER A URUGUAY Y CON LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA NO ME PUEDO ACOGER AL PARO ACUMULADO Y NOSOTROS QUISIERAMOS LLEVARNOS ESE DINERO QUE NOS REPRESENTARIA UNA AYUDA MUY IMPORTANTE EN NUESTRO PAIS,MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE PARA TOMAR UNA DECISION.USTEDES PIENSAN QUE UN FUTURO PUEDAN RETIRAR LO QUE ES EL PAGO ACUMULADO DEL PARO? O ESTO SEGUIRA VIGENTE.LES AGRADECERIA ME CONTESTARAN RAPIDAMENTE.MUCHAS GRACIAS

  • 4 September, 2009, 20:12

    Maria Julia, yo realmente nose si esa carta a la que haces referencia, podes negarte y llegado el caso si tiene alguna consecuencia.
    En cuanto a la Ley esta vigente pero es imposible saber si durara para siempre. En todo caso poder ver la información completa y acceder a los textos ofiaciales aqui: http://losyoruguas.com/abono-acumulado-y-de-forma-anticipada-de-la-prestacion-contributiva-por-desempleo-a-trabajadores-extranjeros-no-comunitarios-que-retornen-voluntariamente-a-sus-paises-de-origen/
    Un saludo y mucha suerte.

  • paqui m. pérez
    5 September, 2009, 16:52

    hola nicolás. Mi pareja fue deportada hace pocos días, el 29 de agosto. Fuimos de visita a urugyay y al vuelta su tarjeta estaba caducada y aunque él tiene tres hijos acá, no se la renovaron y con el resguardo no lo dejaron entrar puesto que saltaba en el ordenador de la policía que el proceso de renovación estaba parado.

    El caso es que ahora nos vamos a casar por poderes para que el pueda venir lo antes posible pero no sabemos si con la deportación él tendrá prohibida la entrada. Si puede entrar por otro país como Portugal por ejemplo? tendría problemas. Además va a hacerse un nuevo pasaporte para no tener sellos. La situación es de terror, nos arrepentimos de no habernos asesorado antes pero el caso es que ahora la situación está así. Los dos estamos dispuestos a ha cer los uqe sea por poder estar juntos. Si pudieras ayudarnos te agradecería de corazón.

  • paqui m. pérez
    5 September, 2009, 16:55

    por cierto, yo soy española

  • 5 September, 2009, 19:31

    Paqui, es un tema delicado ya que lo que hicieron fue una locura, Les recomendaria que miraran este post de la Abogada Anna Saez “ESPAÑA - Órdenes de Expulsión” y en todo caso pueden preguntarle ahi mismo a ella, ya que este caso es importante estar bien asesorados y por una profesional.
    Mucha suerte, no bajen los brazos… Un saludo… fuerza !!!

  • maria
    1 October, 2009, 20:46

    hola acabo de obtener mi permiso de residencia , tengo dos hijos menores de edad viviendo aqui en españa puedo solicitar permiso para que ellos esten legales tambien? donde debo dirigirme ? gracias .

  • Tino
    2 October, 2009, 17:44

    Hola, la pregunta que les voy a hacer tiene que ver con los hijos. Yo no tengo, aclaro, pero hace poco vi en la tv el caso de una ciudadana boliviana a la que se le dictó orden de expulsión pese a tener una hija española. La mujer, si mal no recuerdo, apeló en la Suprema Corte y creo que pudo permanecer en territorio español. La pregunta que les planteo es la siguiente: Qué tanto influye entonces ser padre de un hijo español? Es mentira eso que se suele decir en cuanto a que si uno tiene un hijo en España eso lo coloca en una situación de legalidad o regularidad en forma casi instantánea? Espero haber sido claro y no muy aburrido.
    Un abrazo a todos quienes hacen esta web.

  • 2 October, 2009, 21:24

    Maria, debes de dirigirte a la Oficina de Extranjería donde te podras indicar los pasos a seguir o puedes contactar con algunos de los telefonos que se describen en este post para contactar a especialistas que te asesoraran sobre el tema de forma gratuita. Un saludo

  • Tino
    3 October, 2009, 6:40

    Hola Nicolás, no se si es a vos o a la profesional a quien debo dirigir mi pregunta, pero agradecería que me evacuen esta duda como tan bien lo hacen ustedes.
    Un abrazo.

  • 3 October, 2009, 22:02

    Tino, yo no soy profesional te recomendaria que las consultas si son especificas la hagas a ellos, seria mas recomendable.
    Lo que no dices es cual es tu duda…. :-(
    Un saludo

  • Tino
    4 October, 2009, 6:53

    Hola Nicolás, me refería a la pregunta que posteé más arriba, con fecha 2 de octubre.

  • 4 October, 2009, 15:35

    Tino perdon , pero entre tanto trabajo se traspapelo…. haber lo de los hijos hace tiempo si era asi, pero ahora mismo solo apelando y particularmente que yo conozca solo lo han conseguido unas 10 personas, asi que imaginate , aparete que siempre haciendolo con abogados particulares, porque con uno de oficio lo veo muuy difiicill … pero si claro que podes apelar como salen esos casos en tv, pero no es ninguna garantia , lo dilatan mucho en el tiempo y siempre dependera de muchos factores.
    Un saludo y perdon por la demora.

  • 4 October, 2009, 15:36

    Gladys, si la tarjeta esta vigente si le permitiran entrar. Un saludo

  • Tino
    4 October, 2009, 18:35

    Gracias Nicolás, y disculpá por la impaciencia, pero la verdad es que ustedes son los únicos con los que cuento para sacarme las dudas en cuanto a extranjería.
    Impecable como siempre la respuesta.
    Un abrazo.

  • Tino
    16 October, 2009, 21:03

    Hola Nicolás, lo que olvidé incluir en mi pregunta es: si se tiene un hijo español con uno de los padres también español. Eso influye en algo aunque no estén casados? Ayudaría en algo al extranjero irregular, o es lo mismo?
    Muchas gracias como siempre, y disculpá la molestia.
    Un abrazo.

  • 16 October, 2009, 21:17

    Tino, antes si influia ahora mismo no cambia en nada. Un abrazo

  • Tino
    16 October, 2009, 21:21

    Impecable como de costumbre, muchas gracias Nicolás.
    Un abrazo.

  • dario lopez
    20 October, 2009, 19:22

    hola q tal ?mi consulta era la siguiente:yo llevo en españa desde el 4 de febrero del 2008 entre con visa de turista por lo cual en este momento estoy ilegal igualmente estoy empadronado aproximadamente el 9 del mismo mes estoy trabajando en 1 bar de camarero hace año y medio hay alguna posibilidad de hacer algun tramite como para poder regularisarme desde aqui sin tener q viajar?bueno desde ya muchas gracias!

  • 20 October, 2009, 20:08

    Dario, lamentablemente hasta los tres años de estar aqui no podras hacer nada. Fuerza .. un saludo

  • dario lopez
    20 October, 2009, 21:08

    bueno muchas gracias de todas maneras haber q pasa

  • javier
    31 October, 2009, 1:03

    hola ,mi esposa y yo somos victimas del todos pagan por pecadores,y me explico,nos hemos casado por la iglesia con amor y con deseo de formar una familia con toda la ilusion del mundo,como un español mas ,con los mismos derechos de elegir con quien deseas casarte como cualquier español mas,de la libertad de elegir donde vivir,entonces porque se nos niega la inscripcion de matrimonio en el dichoso consulado español de bogota,que delito hemos cometido para que se pasen por ….. los derechos humanos,porque destrosan matrimonios al antojo y pesima cualificacion de lo que hacen, porque no reforman o enseñan al personal de los consulados educacion en cuanto a atencion a los que acuden alli,porque no se les enseña a diferenciar un matrimonio de verdad de uno falso, porque tienen a miles de matrimonios verdaderos separados por la distancia,haciendoles la vida imposible y tratando de cansarnos con el siga usted esperando,porque cuando se hace todo legal es cuando mas inconvenientes te ponen,porque en vez de endurecer los tramites migratorios no enseñan a los responsables ha hacerlo bien,porque no les hacen cursos a los consules y funcionarios de como se diferencia una cosa falsa de otra verdadera,la reforma de ley de extranjeria solo ha servido para meternos a todos en el mismo saco y los mas perjudicados somos nosotros ,los que siempre hemos ido por lo legal,ahora nos invitan ,nos incitan ,en nuestro desespero a hacer y buscar la trampa para poder estar junto a nuestras esposas y esposos,reforma si ,pero de paso tambien reformen a quienes tienen que en su mano el futuro de una familia. No es justo todo esto, y somos mucho los que padecemos de forma silenciosa e ignorada esta injusticia,se nos tilda de matrimonio de conveniencia y se nos bota a la papelera como una basura,recurres a la justicia y te lo vuelven a negar,remueves Roma con Santiago y se apiadan de ti por fin puedes reunirte con tu esposa despues de dos o tres años si tienes suerte,yo sigo esperando en mi desespero,pensando mas en lo ilegal que en lo legal todo por las reformas mal hechas que nos meten a todos en el mismo saquito,asi tambien hago yo reformas,todos somos culpables,espero que en la policia no hagan tambien estas mismas reformas no sea que nos metan a todos en la carcel….

  • AIDA
    3 November, 2009, 19:31

    Hola!, les agradecería mucho si me pudieran apoyar en lo siguiente:
    Mi esposo y yo somos mexicanos, y vamos a ir a estudiar una maestria en la UAB, el problema es que la de el comienza en Febrero del 2010 y la mia en Abril del mismo año. Y de acuerdo a la información que hemos obtenido en el consulado, no se puede aplicar antes de 3 meses de que inice el curso, por lo que yo tendria que aplicar hasta Enero, para que me la den hasta Marzo, pero yo tengo que volar a Barcelona desde Febrero!
    Puedo inscribirme en un curso para que me amplien mi visa el tiempo en que yo lo necesito?
    O puedo solicitar una visa como su esposa y despues solicitar permiso para estudiar alla?
    En realidad les agradezco su apoyo. Saludos.

  • 3 November, 2009, 20:10

    Aida, el tema del visado lo debes de tratar en el Consulado y con la UAB para que estudien tu caso. Un saludo

  • carla
    4 November, 2009, 9:39

    Hola el 16/11 tengo que renovar el paro por 3º vez y el 15 se vence mi tarjeta comunitaria,para la cual el 02/11 ya entregue los papeles y me dieron el resguardo de renovacion a la espera de la carta que me mandaran.Puedo seguir renovando el paro por internet??? tengo que llevar este resguardo personalmente a la olficina ??? puede ir mi marido por mi?? lo digo porque tengo una niña pequeña y la espera en las oficinas son terribles.Gracias

  • 4 November, 2009, 14:12

    Carla, tendras que esperar la carta con la resolucion, para luego ir personalmente a la oficina. Un saludo

  • cesr
    6 November, 2009, 18:28

    soy paraguayo y tengo un hijo en españa con una paraguaya los dos no tenemos papeles y mi pregunta por medio de mi hijo puedo presentar mi papeles en el ayuntamiento de mi barrio o es mentira eso grasias

  • 6 November, 2009, 18:37

    Cesr, no termino de entender muy bien tu caso y tu pregunta….. haber.
    Si tanto tu como tu hijo estan sin documentación, debes de tramitar el ” Arraigo“, nose a que papeles te refieres para presentar en el Ayuntamiento, ya que todo se tramite en Extranjería. Y por medio de tu hijo… supongo que podes referirte a la “Reagrupación Familiar“, en este caso solo se permite reagrupar a mayores de 65 años que nose si es tu caso. Espero que me aclares un poco mas la situación para poder brindarte una opinion mas clara. Un saludo.

  • valeria
    6 November, 2009, 18:45

    hola soy uruguaya y estoy aca en españa van a hacer en este mes 3 años , estoy trabajando desde hace un año y medio cuidando a unos ancianos , cocinando limpiando de todo ahora la hija es la que me llevo a trabajar alli y desde hace unos meses me esta haciendo la vida insoportable desde que le dije que me diera aumento de sueldo o sino que me hiciera el contrato para hacer los papeles por arraigo y me hace la vida imposible me dijo que de aumento ni papeles nada y que los feriados no me los paga y que tengo que trabajarlos porque ella dice “que yo no tengo ningun derecho porque no tengo papeles” necesito que me ayuden y me digan como tengo que hacer para denunciarla no solo por lo del sueldo y documentos . sino por como me trata que de no ser que tengo dos niñas pequeñas con mi marido ya nos hubieramos vuelto a uruguay . gracias

  • 6 November, 2009, 18:51

    Valeria, lamento la desagradable situación. Por lo delicado te aconsejo que cuanto antes contactes con abogados profesionales que te sepan aseosrar en los pasos a seguir. En este mismo post tienen varios telefonos donde podran asesorarte telefonicamente o concretar una cita personal para presentarles tu caso. Espero que se solucione todo,… mucha fuerza un gran saludo.

  • Eduardo Rosales
    9 November, 2009, 8:54

    Hola soy peruano, mi pregunta es la siguiente:  Tengo la tarjeta de residencia y trabajo que caduca en el mes de agosto del 2010, cuantos dias puedo estar fuera de españa, es que se me termino el paro y mi jefe me a dicho que para el mes de marzo del 2010 se puede mejorar la empresa y poder regresar a trabajar, quiero saber si es 3meses o 6 meses la estancia fuera de españa, mi tarjeta es de segunda renovación.
    Gracias a la respuesta que me puedan brindar.
     

  • 9 November, 2009, 13:34

    Eduardo estar afuera, podrias estar el tiempo que quieras, el problema llega a la hora de renovar. Si estas fuera no aportas a la Seguridad Social y por ende te pueden denegar la renovacion de tu tarjeta. Te recomendaria que lo evaluaras, ya que arriesgas mucho. Un saludo

  • Eduardo
    17 November, 2009, 21:13

    Hola: soy Eduardo de Uruguay, desde hace cuatro meses resido en España, me gustaría saber que pasos debo seguir para empezar a arreglar papeles para mi residencia, ya que me gustaria quedarme a quí, un saludo y gracias.

  • 17 November, 2009, 21:20

    Eduardo, la situación no es facil, ahora mismo y como estan las cosas hay tres vias de las que tenes que ver cual se te adecua, segun los tiempos y requisitos que piden. Ellas son:
    1- Arraigo Laboral
    2- Arraigo Social
    3- Nacionalidad Española - Ley de la Memoria Historica
    Suerte, un saludo

  • Eduardo
    17 November, 2009, 21:38

    hola soy Eduardo, gracias por contestar, yo entre a España por Francia, estoy visado en Francia que necesitaria para sacarme los documentos en francia.

  • 17 November, 2009, 22:00

    Eduardo si estas de forma irregular en España, los papeles que necesitas unicamente son de España y Uruguay en su defecto de Francia no precisaras nada. Un saludo.

  • Irene
    11 December, 2009, 14:37

    Hola chicos, a ver si alguien me puede responder esta pregunta. Tengo mi certificado de antecedentes penales para legalizar en Madrid, ya tengo los sellos de Uruguay, pero me falta este último sello para presentarlo a la trabajadora social para tramitar el arraigo social. La cuestion es que no se cómo hacerlo legalizar, he entrado a la página del MAEC donde se pide la cita previa, pero además dice “Además de la opción de la Cita Previa, Vd. puede legalizar sus documentos enviándolos por correo certificado a la siguiente dirección:
    Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Sección de Legalizaciones.
    C/ Juan de Mena, Nº 4. 28071 ? MADRID. ” Esto es que no necesito pedir cita previa? Sólo enviando mi documento por correo certificado ya lo legalizan?? Claro está que esto me ayudaría mucho ya que vivo en un pueblo de Gerona y no puedo viajar hasta Madrid… Bueno, agradezco la respuesta chicos! Saludos a todos!

  • 11 December, 2009, 19:33

    Irene, yo creo que si, lo envias lo legalizan y te lo vuelven a enviar. Consulta por telefono antes por las dudas.Un saludo.

  • yosairy
    27 February, 2010, 16:37

    hola me gusta ucho la manera en que explicas las situaciones, espero que con migo sea igual. haber en abril tendre los 3 años y cuento con la persona que me hara un contrato discontinuo por un año. pero el problema es que la persona no tiene delaracion de renta por que entro en la enfermedad del alzaime. y lo que me ha solicitado es un certificado de banco de solvencia y quiero saber si con eso es suficientepara que yo puedapresentar los papeles por arraio.

    espeo su pronra respuesta

  • 28 February, 2010, 22:08

    Yosairy, el contrato no puede ser discontinuo, ademas la sitaución que expones es algo extraña, por lo cual lo mejor seria que lo consultes en Extranjería directamente ya que no se como puede ser volarado tu caso. Un saludo

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