Nov 5
Trabajadores extranjeros en el sector – Construcción
CONTRATO DE TRABAJO Y SALARIO
• Siempre por escrito y exige una copia firmada.
• Comprueba que las condiciones recogidas son las pactadas.
• Exige tu nómina y compruébala.
COTIZACIONES
• Son aportaciones a la Seguridad Social ingresadas por el empresario, que descuenta de tu salario y que deben aparecer en tu nómina.
• Imprescindibles para las prestaciones de paro y baja por enfermedad.
• Son necesarias para renovar tus autorizaciones de residencia y trabajo.
JORNADA
• No podrá exceder de las 40 horas semanales ni podrán superar las 9 horas diarias,
salvo que por convenio colectivo se establezca otra distribución.
HORAS EXTRA
• No pueden realizarse más de 80 horas al año.
• No pueden realizarse durante el periodo nocturno salvo en actividades expresamente autorizadas.
• Se abonan económicamente o se compensan por descanso.
• Comprueba que el pago o la compensación se ajusta a tu convenio.
PERMISOS RETRIBUIDOS
• Son días en los que el trabajador por motivos públicos o personales puede ausentarse de su trabajo y no te descuentan de la nómina.
• El tiempo y motivo de cada permiso se incluyen en el convenio colectivo.
• Exigen aviso previo y justificación posterior a la empresa.
• Estos permisos incluyen el tiempo imprescindible para la tramitación y renovación
de tus autorizaciones de trabajo y residencia.
VACACIONES
• Se establecen en forma individual o colectiva y por un periodo nunca inferior a 30
días naturales por año trabajado y son retribuidas.
• No se pueden sustituir por salario salvo que la extinción del contrato imposibilite su disfrute.
DESPIDO, FINIQUITO Y LIQUIDACIÓN
• Es el acto del empresario que pone fin a la relación laboral entre la empresa y el
trabajador y sus causas y efectos están regulados por la ley.
• En caso de despido puedes solicitar la presencia de un representante legal de los
trabajadores
• Comprueba el finiquito bien antes de firmarlo y, en caso de duda, escribe siempre
junto a la firma “No conforme”.
CONVENIO COLECTIVO
• Es el acuerdo en el que se recogen tus condiciones laborales.
• Se aplica a todos los empleados de la empresa.
• Comprueba que tus condiciones de trabajo se ajustan al convenio.
LIBERTAD SINDICAL
• Puedes elegir y ser elegido representante y tienes el derecho a afiliarte al sindicato de tu elección.
LOS RIESGOS MÁS DESTACADOS PARA LOS TRABAJADORES SON:
SOBREESFUERZO Y FATIGA: La manipulación incorrecta de cargas y el exceso de peso dañan la salud. Hay que moderar el ritmo de trabajo y pedir ayuda al manipular cargas pesadas.
MÁQUINAS: Las máquinas deben tener marcado CE y un manual de instrucciones a disposición del trabajador. Exige formación específica antes de usarlas y un mantenimiento adecuado de las mismas.
CAÍDAS A DISTINTO NIVEL: Exige una adecuada colocación de las barandillas, arneses y redes para evitarlas.
CAÍDAS AL MISMO NIVEL: Una señalización y mantenimiento correcto de las instalaciones permitirá la realización de un trabajo sin caídas.
RUIDO: Deberá aislarse adecuadamente la fuente que lo produce, dotando al trabajador de protectores auditivos y formación sobre su uso.
GOLPES Y CORTES: Exige las medidas de protección adecuadas y formación sobre el uso de las mismas. Las medidas colectivas evitan los riesgos de todos, las individuales completan tu seguridad.
VIBRACIONES: Los equipos de protección individual amortiguan los efectos negativos de las vibraciones.
CONTACTO ELÉCTRICO: Cualquier instalación eléctrica deberá contar siempre y en todo caso con toma de tierra y diferencial, además de contar con un mantenimiento adecuado que garantice un trabajo seguro y sin riesgos.
PRODUCTOS TÓXICOS O NOCIVOS: Los productos tóxicos o nocivos deben ser etiquetados, disponer de ficha de seguridad y se ha de proporcionar formación para su correcta manipulación.
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO: La coordinación de las tareas en el mismo espacio de trabajo requiere un análisis preventivo previo para desempeñarlas de forma segura.
SUBCONTRATAS: Toda subcontrata está obligada a tener su propio Plan de Prevención y coordinarlo con el de la empresa principal.
El 19 de abril de 2007 entra en vigor la Ley Reguladora de la Subcontratación
en la Construcción. La nueva ley obligará a todas las empresas que operan en el sector a emplear un porcentaje mínimo de personal fijo. Establece límites claros en la cadena de subcontratación y determina que, en cada obra se disponga de un libro de subcontratación en el que figuren todas y cada una de las empresas que han intervenido o intervienen en ellas, así como el objeto de cada contrato, la identificación de la persona que ejerce las facultades de organización y dirección de cada subcontratista y sus planes concretos de seguridad.
ES TU VIDA, PROTÉGELA CÓMO HAY QUE ACTUAR EN CASO DE ACCIDENTE
En caso de accidente grave o mortal debes:
Mantener la calma en todo momento.
Paralizar de inmediato la actividad que se está desarrollando y avisar de inmediato a los servicios sanitarios.
Ponerlo en conocimiento de los responsables de la empresa y de los representantes sindicales.
Los representantes sindicales deben avisar al sindicato.
Ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo.
Procurar que el escenario del accidente permanezca intacto hasta la intervención de los profesionales que investiguen las causas del mismo.
Convocar urgentemente al Comité de Seguridad y Salud para la investigación del accidente.
Colaborar en la investigación del accidente: entrevistas con los técnicos de prevención, etc.
LO EXIGE LA LEY, ES TU DERECHO
La ley en materia de Salud Laboral establece:
FORMACIÓN E INFORMACIÓN
• Tienes derecho a recibir información comprensible sobre los riesgos de tu trabajo desde el mismo momento de incorporarte al puesto.
• Tienes derecho a recibir información y formación en salud laboral. Es esencial para garantizar tu protección y seguridad y la de tus compañeros.
• La formación recibida debe ser teórica y práctica, adaptada a los riesgos existentes en tu empresa e impartida durante la jornada de trabajo.
• Esta formación e información debe garantizarse ante toda modificación de las condiciones de trabajo.
CONSULTA Y PARTICIPA
• Consulta a través de los delegados de prevención.
• Participa a través de los sindicatos, de los delegados de personal y de los comités de empresa.
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
• El empresario tiene obligación de proporcionarte los Equipos de Protección Individual (EPIS) adecuados para que tus tareas se desarrollen con la seguridad que requieren. La formación e información debe incorporar la correcta colocación y uso de los Equipos de Protección.
VIGILANCIA DE LA SALUD
• Los reconocimientos médicos deben ajustarse a los riesgos del puesto de trabajo.
• Los reconocimientos deben realizarse como norma general con el consentimiento
del trabajador y siempre respetando su intimidad.
• Los resultados son confidenciales y sólo son accesibles para el trabajador y el personal médico. El empresario debe conocer las conclusiones generales que se obtengan pero nunca los estados de salud de los trabajadores individualmente considerados.
UN trabajo digno es el primer factor de integración de cualquier trabajador, y el que le va a proporcionar estabilidad en el mercado laboral así como calidad de vida. La Unión General de Trabajadores suscribe el compromiso de la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo de “reforzar la dimensión social de la globalización y promover un trabajo digno para todos conforme a la estrategia de la Organización Internacional del Trabajo en este ámbito”. Y por ello desde MCA-UGT trabajamos para:
• Prevenir la discriminación y promover la igualdad de trato en el ámbito laboral.
• Asesorar a todos los delegados y delegadas en materia de extranjería y laboral, especialmente sobre las discriminaciones directas e indirectas.
• Prestar una información básica a los trabajadores extranjeros contratados en origen con destino al sector de la construcción y del metal, previamente a su llegada a España (derechos y deberes de los trabajadores, Convenios Colectivos, normativa y obligaciones especificas en materia de prevención de riesgos, exigencias de la regulación del sector, etc).
• Poner en marcha un mecanismo de seguimiento para asegurar una adecuada integración, así como una estabilidad laboral y administrativa, de estos trabajadores que se incorporan al mercado de trabajo.
• Detectar situaciones de abuso y explotación laboral.
• Trasladar a la negociación colectiva cláusulas que permitan hacer realidad el principio de igualdad de trato. Acude a Metal, Construcción y Afines de UGT y solicita el convenio que se te aplica.
Consulta la sede más cercana de MCA-UGT
Extraído de: U.G.T. - Union General de Trabajadores





























