Nov 5

La Vivenda

El problema de dónde vivir suele ser uno de los más importantes cuando uno llega a España. El desconocimiento del medio y la falta de garantías y/o avales, pueden acelerar situaciones que a veces resultan poco satisfactorias.

 

Lo primero que tenes que saber es que los inmigrantes, por lo general, pasan por dos etapas básicas: hostal y piso compartido, hasta lograr con el paso del tiempo alquilar su propio piso o bien, alquilar un piso junto a amigos y/o conocidos.

 

Hostales los hay de distintas categorías y precios, aunque los más baratos rondan entre los 12 y 18 euros por día de alojamiento. Suelen ser grandes casonas cuyos dueños han decidido alquilar algunas habitaciones, y el precio suele incluir la utilización de la ducha (por lo general los baños son compartidos entre todos los que habitan la casa) y la limpieza diaria de la habitación. Sin embargo, presentan en la mayoría de los casos el grave inconveniente de que en ellos no se puede cocinar ni utilizar la heladera o lavar la ropa, lo que obliga a realizar todas estas cosas fuera, con el consecuente aumento de los gastos.

 

Mucho más accesible resultan los pisos compartidos. Se denomina así a la posibilidad de alquilar una habitación de un piso (que puede ser familiar o estar ocupada por personas que no guardan parentesco alguno entre sí) aunque con el derecho a utilizar todos los servicios disponibles en el hogar: baño, cocina, lavadero, living son espacios comunes a todos.

 

En este caso los precios son variables, aunque en la comunidad de Madrid pueden oscilar entre los 150 y los 350 ó 400 euros, haciéndose más económico en la medida en que la vivienda se encuentre en uno de los barrios más periféricos o, en su defecto, en las por nosotros llamadas “ciudades dormitorio” o “satélite” (Leganés, Móstoles, Fuenlabrada, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardóz, etc.)

 

La tercera opción es la de alquilar un piso propio, y es allí donde surgen los mayores inconvenientes, en especial para aquellos inmigrantes que no poseen su documentación en regla, aunque también es dificultosa la empresa para los que sí tienen su situación regularizada.

 

Además, a diferencia de nuestro país, aquí se utiliza otra terminología para definir a los distintos tipos de pisos. Así, el recién llegado debe tener en cuenta que se llama:

 

Estudio: Departamento de 1 ambiente (monoambiente).

Apartamento: Departamento de 2 ambientes (una sola habitación).

Piso: Departamento de 3 o más ambientes (dos habitaciones o más).

Ático: Departamento en un último piso.

 

El valor de los pisos es muy variable, pero lo cierto es que, se ha dado un fenómeno de “burbuja inmobiliaria” que ha disparado los precios de alquiler hasta 3 veces más de lo que los especialistas consideran deberían ser.

Y al igual que los pisos compartidos, los precios variarán acorde a la ubicación, así los barrios periféricos de Madrid (Carabanchel, Tetuán, Pueblo Nuevo, Legazpi, etc.) y las ciudades dormitorio del sur de la comunidad (Villaverde Alto y Bajo, Móstoles, Fuenlabrada, Alcorcón, Leganés, Zarzaquemada, Pinto, Parla, etc.) suelen presentar las mejores ofertas.

 

Es muy importante a la hora de decidir la ubicación, tener presente el estar cerca de una estación de Metro

 

Se podría decir que el alquiler de un apartamento con cocina, comedor, baño y una habitación no bajará de los 600 ó 700 euros mensuales, aunque por lo general se cuenta con la ventaja de que los pisos vienen  equipados en su totalidad o, en su defecto, con los elementos básicos: cocina, lavarropas (lavadora) y heladera (nevera o frigorífico), una mesa y sillas, y la cama.

Además el precio suele incluir las expensas (gastos de comunidad).

 

Para alquilar se exige una de las siguientes condiciones o la combinación de dos de ellas:

 

* Un aval bancario: consiste en que un Banco responde ante el arrendador por el pago del alquiler en caso de impago del inquilino. Para lograr que el Banco se comprometa a este pago frente al propietario, es necesario depositar -ingresar en el Banco avalador- el importe de 6 meses mínimo de arrendamiento, sin posibilidad de realizar con ese dinero ninguna clase de movimiento. Este monto tiene que permanecer inmóvil en tanto esté vigente el contrato de arrendamiento. Es importante aclarar que el arrendamiento no se va pagando con el dinero retenido en dicho depósito -no se descuenta mensualmente- sino que el inquilino deberá pagar aparte el alquiler cada mes. También es importante saber que dicho aval bancario posee unos costes financieros trimestrales.

 

* Una nómina (recibo de sueldo)

 

* Uno o dos meses de garantía (fianza) y el primer mes por adelantado.

 

Dónde buscar

 

Si bien hay diversas publicaciones donde buscar departamentos, lo aconsejable es que una vez que decidas el barrio donde querés vivir, te hagas una caminata por el mismo prestando atención a las entradas de los edificios dado que allí los dueños ponen avisos de “Se alquila - Razón Portería” (quiere decir que deberás consultar al portero o encargado del edificio, quien seguramente te mostrará el departamento, te dirá lo que piden por el alquiler y te dará los datos para contactar al dueño) .

 

Y fundamentalmente hay dos situaciones a evitar:

Nunca busques apartamentos en la Web de Segundamano (el diario de ofertas y demandas de todo tipo y rubro) dado que allí para obtener el teléfono del propietario tendrás que llamar a un teléfono 803 y el coste es carísimo!.

Tampoco aceptes pagar en supuestas agencias de búsqueda de vivienda que están cobrando entre 120 y 250 euros por anticipado, por un servicio que en el 90 por ciento de los casos es infructuoso y de nada te sirve.

 

NOTA:

 

Es conveniente leer con atención todas las condiciones del contrato y no firmar nada si se tienen dudas, en cuyo caso sería adecuado acudir a los servicios de asesoramiento en los Ayuntamientos correspondientes o a asociaciones de consumidores para aclararlas.

 

Los extranjeros residentes tienen derecho a acceder al sistema público de ayudas en materia de vivienda en las mismas condiciones que los españoles.

 

Las Comunidades cuentan con diversos servicios destinados a facilitar el acceso a la primera vivienda: promoción de viviendas protegidas (venta y alquiler), promoción de viviendas de integración social (alquiler), ayudas económicas para la compra o alquiler de una vivienda protegida, compra o alquiler de viviendas de promoción pública.

 

Extraído de: Casa Uruguay en Madrid

 

Extraído de: Guía de Primeros Pasos de Inmigrantes

 

Comunidad de Madrid

No Comments

Leave a comment

You must be logged in to post a comment.