Oct 21
Solicitar la autorización de Residencia y Trabajo
¿Quién puede solicitarla?
La autorización la puede solicitar una empresa / familia, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
• Que el trabajador o la trabajadora no se encuentre en situación irregular en el país. Se puede presentar mientras esté vigente su visado o período de estancia y si la aprueban tendría que regresar a su país a tramitar visado de residencia y trabajo. También es posible que sea residente legal en España pero sin autorización para trabajar, caso en el que tampoco tiene que retornar a su país. O, por último, puede no encontrarse en situación irregular porque aún está en su país de origen. Para verificar que es así, en algunas provincias, se solicita una copia completa del pasaporte, debidamente compulsada por el consulado español en país de origen o de residencia legal. En otras provincias no es así.
• Se debe demostrar que no existen demandantes de empleo para el trabajo que se ofrece presentando una oferta en una ocupación de que se encuentre en el catálogo de “DIFÍCIL COBERTURA” - Puedes Consultarlo actualizado AQUI. elaborado cada tres meses por el Servicio de Empleo. Si no es así se necesitará certificado del Servicio Público de Empleo. Puedes acceder al catálogo que se aplica en tu provincia a través de la página web del INEM (www.inem.es, sección de publicaciones). Esto no sería de aplicación ni a ciudadanos chilenos ni peruanos ni a las personas que estén incluidas en algunos de los supuestos del artículo 40 de la Ley de Extranjería.
¿Cuál es el procedimiento a seguir para hacer una solicitud?
1. La empresa / familia entrega en la oficina de extranjería correspondiente o Subdelegación del Gobierno, la solicitud de la autorización de residencia y trabajo (modelo ex 01) junto con la siguiente documentación:
• Fotocopia del NIF/CIF.
• Fotocopia de la inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
• Copia del documento público que otorgue representación legal empresarial en favor de la persona física que formula la solicitud (escrituras habitualmente).
• Oferta de trabajo (formulario EX-06).
¿Cómo se solicita la autorización inicial de residencia y trabajo?
• Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
• En algunos casos (como servicio doméstico) acreditar medios económicos, materiales para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato.
• Si la ocupación no está dentro del catálogo, habrá que presentar certificado negativo del Servicio Público de Empleo.
De esta documentación, hay que llevar original y copia, devolviéndose los originales en el mismo acto.
Por parte del trabajador extranjero hay que presentar:
• Fotocopia del pasaporte en vigor, (todas las hojas).
• Acreditación de poseer la titulación exigida, homologada, cuando proceda.
2. El Ministerio de Trabajo concede la Autorización de Residencia y Trabajo y se lo notifica por carta a la empresa/familia. El plazo legal para resolver el expediente es de tres meses, aunque puede ser mayor dependiendo del volumen de trabajo de la oficina en la que se presente. En este momento se les pedirá también el pago de las tasas.
3. La empresa/familia debe enviar la resolución a el/la trabajador/a a su país de origen, ya que en el plazo de UN MES desde la notificación de la resolución, el/la trabajador/a debe solicitar el VISADO DE TRABAJO en el Consulado Español más cercano a su domicilio entregando la siguiente documentación:
• Certificado de antecedentes penales.
• Certificado médico.
• Pasaporte con una vigencia mínima de cuatro meses.
• Resolución que han debido enviar desde España.
• Dos fotografías.
4. El Consulado Español concede el VISADO, el trabajador lo recoge en el plazo de UN MES y debe entrar en España durante la vigencia establecida en el mismo.
5. Una vez en España se hace un contrato, se da el alta en la Seguridad Social y se comienza a trabajar; teniendo en cuenta que la autorización concedida estará limitada a la provincia de la oferta de trabajo y al sector de actividad de la oferta.
Si te encuentras dentro de las situaciones contempladas dentro del artículo 40 de la Ley de extranjería, la oferta de trabajo podrá ser de cualquier sector de actividad y la autorización concedida no tendrá limitación alguna.
¿Cómo se solicita la autorización inicial de residencia y trabajo?
6. En UN MES desde la llegada se pide la Tarjeta de Residencia y Trabajo en la Comisaría de Policía, Oficina de Extranjeros de la Subdelegación o Delegación del Gobierno según la provincia.
¿Qué duración tiene la autorización?
La autorización de residencia y trabajo inicial tendrá una duración de un año que será renovable si cumples con los requisitos establecidos.
2. ¿Cómo se solicita la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia?
Si lo que quieres es trabajar por tu cuenta y no resides de forma regular en España, deberás acudir al consulado español en tu país de origen o en el país donde tuvieses residencia legal a solicitar el visado de residencia y trabajo por cuenta propia adjuntando la siguiente documentación:
• Solicitud oficial por duplicado.
• Copia del pasaporte.
• Certificado de antecedentes penales.
• Certificado médico.
• Acreditación de la inversión prevista en tu negocio.
• Proyecto de establecimiento indicando la inversión prevista, la rentabilidad y los puestos de trabajo a crear.
• Acreditación de que dispones de las autorizaciones o licencias exigidas para instalar ese negocio.
• Previsión de que desde el primer año la actividad va a producir recursos económicos suficientes para tu manutención y alojamiento, una vez deducidos los gastos relativos a la actividad.
• Acreditación de titulación o capacidad requerida para esa actividad si fuese exigible.
Si, por el contrario, residieses de forma regular en España podrías solicitarlo directamente ante la Oficina de Extranjeros de tu provincia sin necesidad, por supuesto, de visado.
Extraído de: Migrar.org





























