Sep 2

Doble Nacionalidad

Category: Nacionalidad

  • Los Españoles en Iberoamérica y los Iberoamericanos en España, podrán ejercer el derecho de adquirir la doble nacionalidad cuando hayan estado domiciliados en el territorio que le interese por un plazo no menor de 2 años.
  • Se entiende por domicilio, el constituido en el momento del empadronamiento.
  • Estableciendo así la residencia habitual. Esta condición será requisito indispensable para solicitar la doble nacionalidad.
  • Los Españoles y los Iberoamericanos que no hubiesen solicitado la doble nacionalidad y solo hubiesen solicitado una nacionalidad renunciando previamente a la de origen, podrán recuperar su nacionalidad mediante una solicitud después de 2 años de haber estado domiciliado en el país que le interese nacionalizarse.

DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR:

  • Certificado de empadronamiento (original)
  • Certificado de nacimiento (original y copia)
  • Certificado de matrimonio solo si es casado con español/a y nacimiento literal del cónyuge
  • Certificado de antecedentes penales c/ Manzana 2 Metro. Noviciado
  • Certificado de la dirección general de Policía referida al tiempo de residencia en España c/ General Pardiñas, 90
  • Certificación de antecedentes penales de su país o de conducta en su consulado e España. Así como su situación Militar
  • Documentos acreditativos de medios de vida con que cuenta para residir en España.

    Trabajadores por cuenta ajena:


• Contrato de trabajo y 3 últimas nóminas
Los empleados de hogar:
• Original y copia del contrato de trabajo y 3 últimos cupones de pago a la Seguridad Social.
• Certificado de vida laboral
• Fotocopias del DNI del empleador.
• Fotocopia de la tarjeta de residencia
• Fotocopia de todo el pasaporte
• Solicitud dirigida al Excmo. Sr. Ministro de Justicia (Esta solicitud es recomendable sea redactada por un Abogado, si careces de recursos económicos suficientes diríjase a: ASTI Diosesanos: 91 365 65 18
Comisión Católica: 91 532 74 78

La solicitud es un escrito solicitando la doble nacionalidad por residencia o por matrimonio detallando:

  1. Nombre, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad actual y la de sus padres.
    Su estado civil.
  2. Nombre, lugar y fecha de nacimiento del solicitante, si tiene la capacidad exigida al efecto por la Ley española y nacionalidad actual y anteriores de éste y de sus padres.
  3. Su estado civil; Nombre, lugar y fecha de nacimiento del cónyuge y de los hijos sujetos a la patria potestad. Si hubiese contraído anteriores matrimonios, menciónela.
  4. Si esta procesado o tiene antecedentes penales. Si ha cumplido el servicio militar o presentación equivalente, exigimos por las leyes de su país, o situación al respecto.
  5. La residencia en territorio español, con precisión de fechas y lugares y las circunstancias excepcionales que invoca para la obtención de la carta o de habilitación.
  6. Las circunstancia que reducen el tiempo exigido; si habla castellano u otra lengua española; cualquier circunstancia de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles, como estudios, actividades benéficas o sociales y las demás que estime conveniente.
  7. Si se propone residir permanentemente en España y medios de vida con que cuenta.
  8. En su caso, el compromiso de renunciar a la nacionalidad anterior y prestar juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.
  9. Los Iberoamericanos no tienen la obligación de renunciar a su nacionalidad de origen porque se les otorgan la doble nacionalidad, pero hay que mencionarla y asegúrese de ello.

 

Extraído de: Casa Uruguay en Madrid

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