Sep 1

Canje del Permiso de Conducción de Países Con Convenio

Es el canje de la licencia nacional de conductor de Uruguay por el permiso correspondiente de España.

Este canje fue establecido en el acuerdo signado en noviembre de 2003, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y las autoridades españolas.

El procedimiento funcionó con relativa normalidad hasta noviembre de 2005, en que comienzan a señalarse entorpecimientos o negativas de canje. Para eliminar el entorpecimiento del trámite, en enero de 2006 se aceptó una flexibilización de los términos del acuerdo, permitiendo que las Direcciones Generales de Tráfico de cada provincia española, se dirija directamente a cada Intendencia de Uruguay, emisora de la Licencia.

Esta consulta, tiene por finalidad la certificación de la habilitación para conducir, pero no la certificación de la autenticidad de la licencia ya que la D.G.T. de España envía solo una fotocopia del documento.

EL PROCEDIMIENTO A PARTIR DE ENERO DE 2006

1) El interesado debe presentarse en la repartición encargada del canje de permisos de conducir de la Dirección General de Tráfico de su Provincia (vea www.dgt.es ), con el original de la Licencia Nacional de Conductor uruguaya y solicita el canje

2) La Dirección General de Tráfico española cursa una comunicación directa (generalmente un fax) a la Intendencia que emitiera la Licencia, solicitando la certificación de su autenticidad

3) La intendencia respectiva certifica la validez de la habilitación para conducir, pero no la autenticidad del documento ya que solo recibe una fotocopia. La Intendencia destinataria, debe responder obligatoriamente al Jefe de la Dirección de Tráfico que lo ha solicitado desde el No. de Fax o mail al que fue remitido. En algunos casos, las autoridades españolas han solicitado también la intervención del Congreso de Intendentes, por lo cual también debe enviar copia de lo actuado, para que también lo confirme el Congreso de Intendentes.

4) Con dicha respuesta, la D.G.T. española estaría en condiciones de realizar el canje.

NOTA:

En la práctica, pudo comprobarse que este trámite no obtenía resultados, salvo que el interesado designara un representante en Uruguay que se encargara del mismo.

ESTE REPRESENTANTE DEBERÁ REALIZAR LAS SIGUIENTES GESTIONES:

1) Promover en la Intendencia que otorgó la Licencia la emisión del certificado y su envío al Congreso de Intendentes
2) Promover en el Congreso de Intendentes (vea www.ci.gub.uy ) la emisión de la correspondiente constancia

IMPORTANTE:

Con el documento así procesado, el interesado deberá presentarse en el Consulado uruguayo (en España) de su jurisdicción.
Este agregara una providencia y enviará la documentación por correo a la Dirección General de Tráfico (de España) que corresponda.
Recibido este documento, la mencionada Dirección española estará en condiciones de realizar el canje.

Extraído de Consulado General de Uruguay en Barcelona

 

http://www.consuladouy-bcn.org

EL TRÁMITE EN D.G.T – Dirección General de Tráfico

No se canjean los permisos obtenidos con fecha posterior a la firma del convenio siendo residente legal en España. Debe solicitarse en la jefatura de tráfico de la provincia de su domicilio legal mediante cita previa en el teléfono 902.300.175

DOCUMENTACIÓN

1º. Solicitud: en impreso oficial disponible en las jefaturas de tráfico y en www.dgt.es

2º. Tasa II.3: 17´80 € - ( Octubre 2007 ).

3º. DNI: original en vigor.

? Autorización de residencia o documento de identidad de Uruguay o pasaporte junto con el NIE para extranjeros comunitarios: original en vigor.

? Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.

4º. Informe Médico: expedido por un centro de reconocimiento para conductores de la provincia de la jefatura donde se dirija la solicitud.

5º. Permiso de Conducción: original en vigor y fotocopia.

6º. Fotografía: una original de 32 x 25 mm.

7º. Talón foto: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.

SUPUESTOS ESPECIALES

Representación: Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aportar su DNI original y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito.

PRUEBAS A REALIZAR

PERMISOS A1, A Y B: CANJE SIN PRUEBAS

PERMISO C1: PRUEBA TEÓRICA ESPECÍFICA

PERMISOS C Y C+E: PRUEBA TEÓRICA ESPECÍFICA Y DE CIRCULACIÓN

PERMISO D1: CANJE SIN PRUEBAS

PERMISO D: PRUEBA DE CIRCULACIÓN


Extraído de D.G.T. – Dirección General de Tráfico

 

Setiembre de 2007

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