Aug 15
Nacionalidad española a nietos de españoles
El Gobierno modifica el Código Civil para extender la nacionalidad española a nietos de emigrantes
* ATENCION … ESTA SIN APROBARSE ESTA LEY AUN ! *
El Consejo de Ministros aprobó una modificación el Código Civil (artículos 20.1.B y 22.2.F) para extender el derecho a acceder a la nacionalidad española a los nietos de los emigrantes, es decir a aquellas personas extranjeras cuyo abuelo o abuela fueron originariamente españoles.
Según informó el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el Gobierno no puede cuantificar cuántas personas se verán beneficiadas de esta modificación legal.
No obstante, ve “muy previsible que serán muchos los que tienen la esperanza de recuperar este vínculo de pertenencia a la patria de sus abuelos”, en el régimen de doble nacionalidad, especialmente en los países iberoamericanos.
“Un país se prestigia por el modo con el que vela y mima por los derechos de sus ciudadanos estén dentro o fuera de sus fronteras, y por la manera con la que trata a los extranjeros”, destacó el titular de Justicia, en su última rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, antes de presentar su candidatura a los comicios autonómicos canarios.
MODIFICACIÓN LEGAL.
La modificación fue aprobada a través de una disposición adicional al Anteproyecto de Ley de Adopción internacional. Con los cambios se permitirá que los nietos de españoles nacidos en el extranjero puedan adquirir la nacionalidad española y que los hijos de españoles que no nacieron en España, pues sus padres y abuelos emigraron del país en el pasado, puedan llegar a adquirir igualmente esta nacionalidad.
El Código Civil aún vigente exige, para optar a la nacionalidad española, que el padre o madre de quien la solicite haya sido originariamente español y, además, que haya nacido en España. Con esta exigencia los nietos de emigrantes españoles cuyos padres no hayan nacido en España no pueden acceder a la nacionalidad española.
La reforma del Código Civil pretende, por tanto, eliminar el requisito del nacimiento en territorio español de los padres, con lo cual se permite que sus hijos, nietos del español que emigró, puedan acceder a la nacionalidad española.
De esta manera, el Gobierno da cumplimiento al mandato de la Ley de 16 de diciembre de 2006, por la que se reguló el Estatuto de los Derechos de los españoles en el extranjero.
* RECOMENDAMOS LEER LA NOTICIA DEL 25/10/2007 *
Extraído de: Nacionalidad.com






























