Oct 22
Un fallo judicial dejó sin privilegios a Uruguayos en España
Varias cortes de las autonomías de España han reconocido el acuerdo y fallado a favor de los uruguayos, pero en 2006 el Tribunal Supremo revocó una de esas decisiones y dejó sujetos a los compatriotas a disposiciones de ley de Extranjería
El Tribunal Supremo español resolvió el 22 de octubre de 2006 que los uruguayos no pueden ser equiparados como ciudadanos de la UE, porque deberán estar sujetos a la ley de Extranjería española. La decisión del organismo -de rango equivalente a la Suprema Corte de Justicia de Uruguay - supone que los compatriotas estarán sujetos al mismo régimen que se aplica a los demás extranjeros.
La decisión adoptada por el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad Valenciana de 2004, que establecía que los uruguayos podían recibir los beneficios de los ciudadanos de la UE, sin que estuvieran sujetos a la ley de Extranjería.
Pero, además del fallo de Valencia, hay otras 20 decisiones judiciales en otras comunidades españolas que fallaron a favor de los uruguayos en sus respectivos juicios. Por ejemplo en las Islas Baleares la Justicia apoya el permiso de residencia y trabajo, al considerar vigente el Tratado de 1870, basándose en que la resolución otorgó pie de igualdad a ciudadanos españoles y uruguayos y que, por eso mismo, no se les puede aplicar la reciente Ley de Extranjería.
El Tribunal Supremo consideró que el acuerdo de 1870 es “incompatible” con el tratado aprobado en 1992 entre los mismos países. “Ahora son las facilidades para el ejercicio de las actividades y no el derecho a ejercer lo que se pacta”, constituyó el organismo judicial. Por eso, los uruguayos “ni quedan equiparados a los ciudadanos de la UE, ni dejan de estar sujetos” a la ley de Extranjería.
El fallo se adoptó después que se admitiera un recurso de casación contra la sentencia del tribunal valenciano. Ahora, desde Uruguay se presentó la apelación para revocar la decisión del supremo sobre el fallo de Valencia.
Extraído de: Diario El Observador - Uruguay





























